TRAUTMANN/SAN FELIPE S.A.
Rol
O-8277-2023
Fecha
6 de mayo de 2024
Materia
Despido indirecto, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 1 al 11, 66 y siguientes, 73, 162, 171, 446, 453, 454, 456, 459 del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge la demanda por despido nulo, despido indirecto y cobro de prestaciones interpuesta por don CARLOS FELIPE TRAUTMANN TRAUTMANN en contra de SAN FELIPE S.A. declarando justificado el despido indirecto ejercido con fecha 01 de diciembre de 2023, declarando que el despido ha sido nulo y condenando al pago de las siguientes prestaciones e indemnizaciones: a. Indemnización sustitutiva de aviso previo por $1.252.083.- b. Indemnización por años de servicio $10.016.664.- c. Recargo del 50% en conformidad a lo establecido en el artículo 171 del Código del Trabajo, en relación al artículo 168 por $5.008.332.- d. Remuneraciones pendientes de agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2023 por $3.797.985.- e. Feriados adeudados por $707.426.- f. Remuneraciones y demás prestaciones laborales que se devenguen desde la separación del trabajador acaecidas con fecha 01 de diciembre de 2023 hasta la declaración de liquidación concursal de la parte demandada 16 de abril de 2024, sobre la base de una remuneración mensual de $1.252.083 (un millón doscientos cincuenta y dos mil ochenta y tres pesos) g. Que la demandada deberá pagar las cotizaciones previsionales de ISAPRE BANMEDICA, FONASA y AFC, correspondiente a los meses de agosto a diciembre de 2023. Para tales efectos deberá comunicarse por la vía más expedita en la etapa ejecutiva de dicho organismo con la finalidad que inicien el cobro de tales conceptos. II. Que la suma antes mencionada deberán ser pagadas con los reajustes e intereses que establecen los artículos 63 y 173 de Código del Trabajo. III. Que no se condena en costas a la demandada al encontrarse en liquidación concursal. Regístrese y notifíquense en virtud de lo dispuesto en el artículo 457 del Código del Trabajo, dese copia autorizada a la parte de quien lo requiere y archívese los antecedentes en su oportunidad, rem
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1 al 11, 66 y siguientes, 73, 162, 171, 446, 453, 454, 456, 459 del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge la demanda por despido nulo, despido indirecto y cobro de prestaciones interpuesta por don CARLOS FELIPE TRAUTMANN TRAUTMANN en contra de SAN FELIPE S.A. declarando justificado el despido indirecto ejercido con fecha 01 de diciembre de 2023, declarando que el despido ha sido nulo y condenando al pago de las siguientes prestaciones e indemnizaciones: a. Indemnización sustitutiva de aviso previo por $1.252.083.- b. Indemnización por años de servicio $10.016.664.- c. Recargo del 50% en conformidad a lo establecido en el artículo 171 del Código del Trabajo, en relación al artículo 168 por $5.008.332.- d. Remuneraciones pendientes de agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2023 por $3.797.985.- e. Feriados adeudados por $707.426.- f. Remuneraciones y demás prestaciones laborales que se devenguen desde la separación del trabajador acaecidas con fecha 01 de diciembre de 2023 hasta la declaración de liquidación concursal de la parte demandada 16 de abril de 2024, sobre la base de una remuneración mensual de $1.252.083 (un millón doscientos cincuenta y dos mil ochenta y tres pesos) g. Que la demandada deberá pagar las cotizaciones previsionales de ISAPRE BANMEDICA, FONASA y AFC, correspondiente a los meses de agosto a diciembre de 2023. Para tales efectos deberá comunicarse por la vía más expedita en la e
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 06 de mayo de 2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO SALA 13 RUC 23-4-0532583-7 RIT O-8277-2023 MAGISTRADO DANIEL RICARDI MAC EVOY ADMINISTRATIVO DE ACTAS ERNESTO PIDERIT FERNÁNDEZ HORA DE INICIO 12:33 HORAS HORA DE TERMINO 12:59 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2340532583-7-1349-240506-00 PARTE DEMAN
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