14º Juzgado Civil de Santiago

FRATELLITESTA SPA/I MUNICIPALIDAD DE RECOLETA

Rol

C-10737-2023

Fecha

20 de febrero de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece Cristóbal Nicolás González Miranda, chileno, abogado, domiciliado en Francisco Bilbao Nº 1129, oficina 307, Osorno, en representación de FRATELLITESTA SpA, sociedad de giro comercial, representada legalmente por don Marcos Javier Cabeza Espinoza, empresario, ambos domiciliados en Duke de Kent Nº 0959, comuna de Recoleta, Región Metropolitana, quien deduce demanda de prescripción extintiva de acciones y derechos en juicio ordinario en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE RECOLETA, persona jurídica de derecho público, representada legalmente por su Alcalde don Daniel Jadue Jadue, Arquitecto y Sociólogo, ambos domiciliados en Avenida Recoleta Nº2774, piso 6, Edificio Consistorial, comuna de Recoleta, en virtud de las consideraciones de hecho y derecho que expone. Los Hechos. Señala que en registros del Departamento de Tesorería de la Ilustre Municipalidad de Recoleta, existe una deuda respecto de la patente Comercial Definitiva registrada bajo el Rol 2-758462, conforme lo indica certificado que acompaña como documento al primer otrosí de la presente acción. La deuda por derecho de Patente Comercial asciende a la suma de $12.631.536.- Esta deuda comprende el periodo correspondiente del año 2015 Código: XCXLXLLWVVW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ROL C-10737-2023 Fojas 2 al año 2023 respecto del Rol 1730-15 precedentemente individualizado (sic), según consta en el “Certificado de deuda” emanado por el Departamento de Tesorería Municipal de la Ilustre Municipalidad de Recoleta. El Derecho. El artículo 1.567 del Código Civil establece que, entre otros modos, “las obligaciones se extinguen en todo o parte: (...) 10° por la prescripción “. Además, el artículo 2.492 del mismo cuerpo legal señala que “la prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derecho duran

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Cristóbal Nicolás González Miranda, en representación judicial de Fratellitesta SpA, interponiendo demanda de prescripción extintiva de acción para el cobro de Patentes Municipales –aunque en el petitorio señala que se trata de derechos de aseo-, en contra de la I. Municipalidad de Recoleta, respecto a periodo comprendido entre el año 2015 al año 2020, ambos inclusive; fundándose para ello en los antecedentes de hecho y de derecho expuestos en su libelo de demanda los que han sido precedentemente reseñados en lo expositivo de esta sentencia. SEGUNDO: Que legalmente notificada, la parte demandada I. Municipalidad de Recoleta comparece a estrados indicando que se encuentra en efecto prescrita la acción de la Municipalidad para cobrar a la demandante aquel período adeudado y comprendido entre el segundo semestre del 2016 y el segundo semestre del 2020; de conformidad a lo señalado en lo expositivo de esta sentencia. TERCERO: Que la parte demandante acompaña como prueba documental, no objetada de contrario, la siguiente: 1.- Copia digital de documento denominado Informe de Deuda con membrete Ilustre Municipalidad de Recoleta – Dirección de Administración y Finanzas – de fecha 19 de junio de 2023, a nombre de Fratellitesta SpA, RUT 76.343.330-7; Rol 2-758462. Código: XCXLXLLWVVW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ROL C-10737-2023 Fojas 7 Da cuenta de 16 folios adeudados por Patente Comercial Definitiva, con fechas de vencimiento entre el 31 de julio de 2015 al 31 de enero de 2023. Total Deuda $12.631.536.- incluye monto neto, reajuste e intereses. 2.- Copia digital Escritura Pública de Mandato Judicial, de Fratellitesta SpA a don Cristóbal Nicolás González Miranda, otorgada ante Notario Suplente de la 27ª Notaría Pública de Santiago, de fecha 20 de febrero de 2019 (Repertorio N° 4123-2019). CUARTO: Que la parte demandada de Ilustre Municipalidad de Recoleta acompaña como prueba documental, la siguiente, no objetada de contrario: 1.- Copia digital Decreto Exento n° 1036 de Ilustre Municipalidad de Recoleta, fechado 28 de junio de 2021, en que don Oscar Daniel Jadue Jadue asume el cargo de Alcalde Titular. 2.- Copia digital Decreto Exento n° 1776 de Ilustre Municipalidad de Recoleta, fechado 25 de octubre de 2022, en que se delegan atribuciones a Catherine Soto Gajardo, Abogado de la Dirección de Asesoría Jurídica. 3.- Copia digital de Informe de Deuda N° 192 emanado de Ilustre Municipalidad de Recoleta – Dirección de Administración y Finanzas –, firmado por Tesorero Municipal con firma electrónica avanzada, con fecha 26 de julio de 2023; a nombre de Fratellitesta SpA, RUT 76.343.330-7; Rol 2- 758462. Da cuenta de 17 folios adeudados por Patente Comercial Definitiva, con fechas de vencimiento entre el 31 de julio de 2015 al 31 de julio de 2023. Total Deuda $13.443.920.- incluye monto neto, reajuste e intereses. QUINTO: Que la prescripci

Fallo

En mérito de lo expuesto, solicita se declare la prescripción de la acción de cobro de pagos por concepto de Pago de Patente Comercial, a nombre de su representada, Fratellitesta SpA, quien conforme al certificado emitido por la Dirección de Administración y Finanzas, Departamento de Tesorería Municipal de Recoleta, deudas que comprende el periodo del año 2015 al año 2020 por un total de $8.907.416.- En virtud de lo dispuesto en el Artículo 2515 del Código Civil y los Artículos 254 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, solicita tener por interpuesta demanda de prescripción de acción en juicio ordinario, en contra de la Ilustre Municipalidad de Recoleta, representada legalmente por su Alcalde don Daniel Jadue Jadue, ambos ya individualizados, acogerla a tramitación y declarar la prescripción de la acción de cobro de las deudas por Derecho de Aseo (sic), correspondientes al periodo del año 2015 al año 2020 por un total de $8.907.416.-, con costas en caso de oposición. A folio 7, acta de 26 de julio de 2023, consta certificación de Ministro de Fe de haber notificado la demanda a don Daniel Jadue Jadue, en representación de Ilustre Municipalidad de Recoleta, de conformidad a lo establecido en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil. Da cuenta de haber efectuado la anotación en el libro respectivo. A folio 8, presentación de 27 de julio de 2023, comparece Catherine Soto Gajardo, abogada de la Dirección de Asesoría Jurídica de la Ilustre Municipalidad de Recole

Texto Completo (Preview)

ROL C-10737-2023 Fojas 1 NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia JUZGADO : 14º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-10737-2023 CARATULADO : FRATELLITESTA SpA / ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE RECOLETA En Santiago, a veinte días del mes de febrero del año dos mil veinticuatro. VISTOS: Comparece Cristóbal Nicolás González Miranda, chileno, abogado, domiciliado en Francisco Bilbao Nº 1129, oficina 307, Osorno,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica