CONGREGACIÓN INSTITUTO HIJAS DE MARÍA AUXILIADORA/INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO MAIPÚ
Rol
I-741-2023
Fecha
6 de mayo de 2024
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece CAMILO CORTÉS BOSQUES, abogado, en representación de CONGREGACIÓN INSTITUTO HIJAS DE MARÍA AUXILIADORA, RUT Nº70.083.600-2, ambos domiciliados para estos efectos en Av. Los Militares Nº 5885, oficina 802, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago y deduce reclamación en contra de Resolución de Multa N° 4353/23/75 de fecha 21 de noviembre de 2023, dictada por la Inspección Comunal del Trabajo de Maipú, representada por el Sr. Inspector Comunal don Javier Cuevas Ojeda, ignoro profesión u oficio, ambos domiciliados en Avenida Pajaritos Nº 3271, LOCALES 2, 3 y 4, comuna de Maipú, en virtud de los siguientes antecedentes de hecho y de derecho: Explica que la Resolución 4353/23/75, aplicó a la reclamante dos multas administrativas, ascendente a 60 UTM cada una, monto equivalente a $3.837.600.- cada una. Señala que por esta presentación solo se reclama la Multa signada con el Nº4353/23/75-2. Por los siguientes hechos: “NO INDICAR EN EL AVISO DE TÉRMINO DE CONTRATO ENVIADO A LA TRABAJADOR(A) DOÑA PAULA ANDREA CARREÑO VALLEJOS, RUT10024070-K SI SE OTORGARÁ Y PAGARÁ EL FINIQUITO EN FORMA PRESENCIAL O ELÉCTRONICA, QUE ES VOLUNTARIO PARA EL TRABAJADOR ACEPTAR, FIRMAR Y RECIBIR EL PAGO EN FORMA ELECTRÓNICA Y QUE SIEMPRE PODRÁ OPTAR POR LA ACTUACIÓN PRESENCIAL ANTE UN MINISTRO DE FE E INFORMAR AL TRABAJADOR QUE, AL MOMENTO DE SUSCRIBIR EL FINIQUITO, SI LO ESTIMA NECESARIO PODRÁ FORMULAR RESERVA DE DERECHOS. Alega que la fiscalización se da en el contexto de un reclamo administrativo presentado por la trabajadora doña Paula Andrea Carreño Vallejos, por “despido injustificado e indemnización hasta febrero 2024”. Señala que se requirieron una serie de documentos laborales, dentro de los cuales está la carta de aviso de despido y sus formalidades. La carta de aviso señala textual: “La presente tiene como finalidad comunicarle que su Contrato de Trabajo vigente con nuestra Institución desde el 02 de marzo de 2023, caduca el día de hoy 02 de Noviembre de 2023. La decisión anterior se fundamenta en la causal prevista en el inciso primero del art. 161 Inciso 1 del Código del Trabajo, esto es, Por necesidades de la empresa, Reestructuración del área Personal, distribuyendo sus funciones en Casa Salesiana Laura Vicuña, sin realizar contrataciones nuevas. Al momento de suscribir el finiquito se le pagará su Indemnización sustitutiva de aviso previo $930.000-., además del valor equivalente a sus vacaciones proporcionales año 2023, a $413.890.- Descontando el valor respectivo según certificado emitido por AFC (Administradora de Fondos de Cesantía). Por otra parte y de conformidad con lo dispuesto en el citado art. 162 del Código del Trabajo, informo a usted que sus imposiciones previsionales se encuentran al día según certificado de que se adjunta. El Finiquito será firmado el día y hora que se convenga en la Notaría o Inspección del Trabajo para lo cual deberá concurrir con su cédula de identidad”. Sostiene que el fiscalizador in
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además lo dispuesto en los artículos 162, 503, 505-A, 506 y siguientes del Código del Trabajo, Decreto con Fuerza de Ley N°2 de 1967 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y demás normas pertinentes, SE DECLARA: I.- Que SE RECHAZA el reclamo judicial interpuesto por el abogado CAMILO CORTES BOSQUES, en representación de CONGREGACION INSTITUTO HIJAS DE MARIA AUXILIADORA, RUT N°70.083.600-2 en contra de la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE MAIPU representada por Javier Cuevas Ojeda, en contra de la Resolución de multa N°4353/23/75-2 de 21 de noviembre de 2023 y se declara que la parte infraccional de dicha multa se mantiene y confirma, con declaración que su monto se rebaja a 3 UTM. II.- Que cada parte pagará sus costas. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase con lo señalado en el artículo 462 del Código del Trabajo, si fuere pertinente, regístrese, notifíquese, devuélvase la custodia a sola petición verbal a las partes y archívese en su oportunidad RIT I-741-2023. RUC 23-4-0536437-9 Dictada por doña Maritza Vásquez Díaz, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
Texto Completo (Preview)
Santiago, seis de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece CAMILO CORTÉS BOSQUES, abogado, en representación de CONGREGACIÓN INSTITUTO HIJAS DE MARÍA AUXILIADORA, RUT Nº70.083.600-2, ambos domiciliados para estos efectos en Av. Los Militares Nº 5885, oficina 802, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago y deduce reclamación en contra de Resolución de Multa N° 43
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