ORELLANA/
Rol
V-122-2020
Fecha
19 de febrero de 2024
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, con fecha 7 de septiembre de 2020, se presentan MARIA LEONEOR ROJAS FARIAS, casada, Dueña de Casa, FIDEL AGUSTIN MAURICIO CONTRERAS ROJAS, soltero, Independiente; MARIA TERESA VALDERRAMA PEREDO, soltera, Labores de Casa; FRANCISCA TEGUALDA LEON DE LA BARRA ORELLANA, casada, Labores de Casa; y ROSALINDA DEL CARMEN ORELLANA GOMEZ, casada, Labores de Casa, todos domiciliados para estos efectos en Pelarco, señalando – en síntesis – que doña MARÍA LEONEOR ROJAS FARÍAS, es dueña del resto conservado de una propiedad ubicada en Cabrería, comuna de Pelarco, provincia de Talca, cuyo plano deja archivado bajo el número 1964, al final del Registro de Propiedad del año 2009, con una superficie de 7,64 hectáreas aproximadamente y deslinda: Norte; con JUAN OLAVE y lote C; Sur, con lote D y camino público a Pelarco de por medio; Oriente, con otro propietario y lote A,B,C, y camino de servidumbre de por medio; Poniente, con JUAN OLAVE. Agrega, que dicho bien raíz según notas marginales a su título ha sido objeto de una Código: XFJXXLVRMMW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 subdivisión predial, lotes generados que han sido enajenados a favor de quienes suscriben, pues bien, doña MARÍA LEONOR ROJAS FARÍAS, en calidad de propietaria de la propiedad antes singularizada, procedió a subdividir la propiedad con el propósito de trasferir parte de ella, es así que se da origen al lote E, según plano que se encuentra archivado bajo el numero 4024 al final del Registro de Propiedad del año 2012 en el Conservador de Bienes Raíces de Talca y tienen los siguientes deslindes: Norte; en línea irregular con JUAN OLAVE hoy lote F; Sur, con resto de la propiedad; oriente, con lote C; Poniente, con JUAN OLAVE; Que, en el año 2016 doña MARÍA LEONEOR ROJAS FARÍAS, procedió a subdividir nuevamente el resto de propiedad creando los lotes F, H, G, según plano que se encuentra protocolizado bajo el número 1203-2016, en l
Fundamentos
fundamentos expuestos, sin perjuicio de demás documentos e informes que el tribunal. consideré agregar, y en virtud de preceptuado artículo 817 y siguientes del código de procedimiento civil, y Código: XFJXXLVRMMW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 dispuesto por las normas pertinentes del reglamento del registro conservatorio de bienes raíces, y demás normas legales pertinentes, y solicita que se sirva disponer que al margen del título inscrito a favor de doña MARÍA LEONEOR ROJAS FARÍAS, a fojas 14102, N° 5803, del registro de propiedad de Talca del año 2016, se practique una anotación marginal que exprese: que tiene una superficie de dos coma veintiséis hectáreas y los siguientes deslindes: norte, en 185,32 metros con lote F; Sur, en 104,39 con lote G y en 68,99 metros con lote H; oriente, en 127,03 metros con estero pangue que lo separa de otros propietarios; este, en 123,05 metros camino de servidumbre que lo separa en parte del lote A y en parte con lote trasferido anteriormente FIDEL AGUSTÍN MAURICIO CONTRERAS ROJAS, a fojas 4976, N° 4774, del Registro de Propiedad de Talca del año 2016, se practique una anotación marginal que exprese que los deslindes son: Norte, en línea quebrada de 98,77 metros con lote E y en 104,45 metros con lote C; Sur, en 185,32 metros con resto de la propiedad; Oriente, en 86,89 metros con estero pangue que lo separa de JUAN OLAVE; Oeste, en 90,37 metros con camino de servidumbre que lo separa en parte del lote B y en parte del lote A.- doña MARÍA TERESA VALDERRAMA PEREDO, a fojas 4975, n°4773, del registro de propiedad de Talca del año 2016, se practique una anotación marginal que exprese que los deslindes son: norte, en 68,99 metros con resto de la propiedad; sur, en 97,45 metros, en 56,34 metros con ruta K-399 que lo separa del lote D; oriente, en 70,84 metros con lote G; este, línea quebrada en 36,71 metros y 33,06 metros con camino de Código: XFJXXLVRMMW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 servidumbre que lo separa con lote trasferido anteriormente doña FRANCISCA TEGUALDA LEON DE LA BARRA ORELLANA y doña ROSALINDA DEL CARMEN ORELLANA GÓMEZ, a fojas 4979, N°4775, del registro de propiedad de Talca del año 2016, se practique una anotación marginal que exprese que los deslindes son: Norte, en 104,39 metros con resto de la propiedad; Sur, en 134,75 metros en línea quebrada con ruta k-399 que lo separa del lote D y en parte con estero pangue que lo separa de otro propietario; Este, en 70,84 metros con lote H. Con fecha 7 de septiembre de 2020, rolan certificados de dominio vigentes, certificados de avaluó fiscal y planos. Que, con fecha 25 de septiembre de 2020, rola información sumaria de testigos con los dichos de doña NATALIA DE LOS ÁNGELES CONTRERAS ROJAS, soltera, asistente de transporte, domiciliada en sector cabrería s/n de Pelarco, doña BÁRBARA ABIGAIL CONTRER
Fallo
por lo expuesto y para efectos de certeza jurídica que es imprescindible rectificar inscripción de dominio individualizadas más arriba, respecto a los lotes E, F, H Y G, solo en cuanto a los deslindes, debido a que la superficie del predio es la misma señalados y contenidos en plano en cual se gráfica, y con la posesión ejercida por quienes suscribimos la presente solicitud. En cuanto a lote denominado resto de la propiedad y para efectos de certeza jurídica que es imprescindible rectificar inscripción de dominio individualizada más arriba en cuanto a la superficie y deslindes, debido a que la superficie del predio es menor a la señalada en el plano y en su título de dominio vigente. En atención a fundamentos expuestos, sin perjuicio de demás documentos e informes que el tribunal. consideré agregar, y en virtud de preceptuado artículo 817 y siguientes del código de procedimiento civil, y Código: XFJXXLVRMMW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 dispuesto por las normas pertinentes del reglamento del registro conservatorio de bienes raíces, y demás normas legales pertinentes, y solicita que se sirva disponer que al margen del título inscrito a favor de doña MARÍA LEONEOR ROJAS FARÍAS, a fojas 14102, N° 5803, del registro de propiedad de Talca del año 2016, se practique una anotación marginal que exprese: que tiene una superficie de dos coma veintiséis hectáreas y los siguientes deslindes: norte, en 185,32
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 47 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de Talcaº CAUSA ROL : V-122-2020 CARATULADO : ORELLANA/ Talca, diecinueve de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS: Que, con fecha 7 de septiembre de 2020, se presentan MARIA LEONEOR ROJAS FARIAS, casada, Dueña de Casa, FIDEL AGUSTIN MAURICIO CONTRERAS ROJAS, soltero, Independiente; MARIA TERESA VALDERRAMA PERE
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