PEÑA/CONSTRUCTORA COSAL SOCIEDAD ANONIMA
Rol
O-223-2023
Fecha
6 de mayo de 2024
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia de juicio en procedimiento de aplicación general en los antecedentes Rit N° O-223-2023, compareciendo don Claudio Arturo Bravo López, abogado, en representación de don CHRISTIAN ANDRES ZÚÑIGA PEREIRA, Ingeniero Constructor, domiciliado en Padre Las Casas, calle Manuel Ladino Curiqueo N°1334; EDGARDO RUDECINDO RIQUELME MUÑOZ, Administrativo, domiciliado en Temuco, Avenida Valparaíso N°98; GERMÁN ALEXIS HERMOSILLA HERNANDEZ, Ingeniero constructor, domiciliado calle Coquimbo N°536, Comuna de Temuco; y MARÍA ISABEL PEÑA FERNÁNDEZ, Ayudante Jefe Terreno, domiciliada en Carrera N°252, comuna de Angol, todos asesorados en juicio el mismo letrado; la demandada principal CONSTRUCTORA COSAL S.A., persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente por don Ariel Moisés Levy Muñoz, y don Henry Jonathan Levy Muñoz, todos domiciliados en Avenida Del Parque 4160, Torre A, Piso 2, Sala A, Huechuraba, Región Metropolitana, quien no compareció a audiencia alguna celebrada en estos antecedentes; y la demandada solidaria o subsidiaria SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE LA REGIÓN DE LOS RÍOS, representada por su Director Regional, don Rodrigo Sepúlveda Espinoza, ambos domiciliados en Avenida Alemania 799, Valdivia, Región de Los Ríos, asistida en audiencia por los abogados doña Marcela Fernanda Guzmán Belmar.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Claudio Arturo Bravo López, abogado, en representación de don Christian Andrés Zúñiga Pereira, Edgardo Rudecindo Riquelme Muñoz, Germán Alexis Hermosilla Hernández, y María Isabel Peña Fernández interpuso demanda en procedimiento de aplicación general en contra de Constructora Cosal S.A., representada legalmente por don Ariel Moisés Levy Muñoz, y don Henry Jonathan Levy Muñoz, y en forma solidaria o subsidiaria en contra de Servicio de Vivienda y Urbanismo de La Región De Los Ríos, representada por su Director Regional, don Rodrigo Sepúlveda Espinoza, solicitando acogerla a tramitación, y en definitiva, declarar: A.- Que el despido de que fueron objeto el 20 de julio de 2023, es injustificado. B.- Que se condene a las demandadas al pago solidario, o en forma subsidiaria, a las siguientes prestaciones: 1.- Christian Andrés Zúñiga Pereira: a) Indemnización sustitutiva de aviso previo, la suma de $2.259.684.- b) Indemnización por 7 años de servicios, la suma de $15.817.788.- c) Feriado legal años 2021 a 2022 $1.581.779; y proporcional $1.054.192.- d) Remuneración mes de junio 2023, la suma de $2.259.684.- e) Remuneración 20 días mes de julio de 2023, la suma de $1.506.456.- f) Incremento de la letra a) art. 168 del 30%, la suma de $4.745.336.- 2.- Edgardo Rudecindo Riquelme Muñoz: a) Indemnización sustitutiva de aviso previo, la suma de $1.719.720.- b) Indemnización por tope 11 años de servicios, la suma de $18.916.920.- c) Feriado legal 2021 a 2022 $1.203.804.- y proporcional de $1.003.170.- d) Remuneración mes de junio 2023, la suma de $1.719.720.- e) Remuneración 20 días mes de julio de 2023, la suma de $1.146.480.- f) Incremento de la letra a) art. 168 del 30%, la suma de $5.675.076.- 3.- Germán Alexis Hermosilla Hernández: a) Indemnización sustitutiva de aviso previo, la suma de $3.095.570.- b) Indemnización por 8 años de servicios, la suma de $24.764.560.- c) Feriado legal 2021 a 2022 $2.166.899.- y proporcional de $1.896.037.- d) Remuneración mes de junio 2023, la suma de $3.095.570.- e) remuneración 20 días mes de julio de 2023, la suma de $2.039.713.- f) Incremento de la letra a) art. 168 del 30%, la suma de $7.429.368.- 4.- María Isabel Peña Fernández: a) Indemnización sustitutiva de aviso previo, la suma de $1.760.602.- b) Indemnización por un año de servicios, la suma de $1.760.602.- c) Feriado legal 2022 a 2023 $1.232.421.- y proporcional de $256.755.- d) Remuneración mes de junio 2023, la suma de $1.760.602.- e) remuneración 20 días mes de julio de 2023, la suma de $1.173.735.- f) Incremento de la letra a) art. 168 del 30%, la suma de $528.181.- C.- Reajustes, intereses y costas. Indica que don Christian Andrés Zúñiga Pereira, comenzó a prestar servicios bajo subordinación y dependencia para la demandada principal con fecha 01 de noviembre el año 2016, por contrato de obra o faena, y a partir del 07 de mayo del año 2018, paso a ser contrato de duración indefinida, siendo su último cargo desempeñado el c
Fallo
por tanto, no debe prestación alguna a los demandantes. En caso de estimarse que existe responsabilidad de su representada en relación a alguna prestación concreta, ésta sea de manera subsidiaria a la de la demandada principal. Indica que su representada, en caso de ser condenada solidaria o subsidiariamente a alguna prestación en esta causa, su responsabilidad NUNCA podrá extenderse por más tiempo del que realmente la empresa COSAL S.A. y sus trabajadores prestaron servicios en la obra “Mejoramiento avenida San Luis – Valdivia”, en adelante también “la Obra”. Por Resolución Afecta N° 5, SERVIU Los Ríos, de fecha 18 de noviembre del año 2020, se adjudica licitación pública correspondiente a la obra “mejoramiento avenida San Luis – Valdivia” y contrata la constructora COSAL S.A., aprueba aclaración N° 1, adiciones N° 1 al N° 4 y sanciona informe de evaluación. A través del “Acta de Entrega de Terreno” de fecha 26 de febrero del año 2021, SERVIU Región de Los Ríos procede a entregar el terreno a la constructora COSAL S.A. para la ejecución de la Obra. No se puede entender iniciado cualquier tipo de trabajo por COSAL S.A. y sus trabajadores, respecto de la Obra, sino después de esta fecha. El Último Estado de Pago a COSAL S.A. fue el N° 31, de fecha 5 de julio de 2023, respecto de pagos al 30 de junio del año 2023, mediante Orden de Pagar N° 167/2023. El día 3 de julio del año 2023, el Asesor Técnico de Obras (ATO), don Armando Salgado Toledo, informa que al recorrer el sit
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Valdivia, seis de mayo dos mil veinticuatro. VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia de juicio en procedimiento de aplicación general en los antecedentes Rit N° O-223-2023, compareciendo don Claudio Arturo Bravo López, abogado, en representación de don CHRISTIAN ANDRES ZÚÑIGA PEREIRA, Ingeniero Constructor, domiciliado en Padre Las Casas, calle Manuel Ladino Curiqueo N°1334; EDG
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