17º Juzgado Civil de Santiago

SCOTIABANK CHILE S. A./DÍAZ

Rol

C-18883-2023

Fecha

16 de febrero de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que con fecha 13 de noviembre de 2023, rectificada en lo pertinente, a folio 4, mediante presentaci n ingresada a trav s de la oficina judicialó é virtual, comparece don Roberto Grant Del Rio, abogado, mandatario judicial y en representaci n convencional de ó SCOTIABANK CHILE, sociedad an nima bancaria, cuyo Gerente General es don Diego Patricioó Masola, domiciliados en Avenida Costanera Sur N 2.710, Torre A, piso 23,º Comuna de Las Condes, Regi n Metropolitana, deduciendo demandaó ejecutiva en contra de don FRANCO DAVID D AZ CALDER NÍ Ó , ignora profesi n, c dula de identidad n mero 19.684.291-8, con domicilioó é ú en Los Carpinteros N 1632, comuna de u oa, Regi n Metropolitana,º Ñ ñ ó solicitando se despache en su contra mandamiento de ejecuci n y embargoó por la cantidad de $19.351.110, m s intereses y costas.á Se ala en primer lugar, que Scotiabank es acreedor del ejecutado,ñ seg n consta de los siguientes pagar s:ú é Código: PVWTXLGXKMV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-18883-2023 Foja: 1 1.- Pagar en cuotas, N 710136549461, por la suma de $12.123.952.-,é ° por concepto de capital, que ha recibido en pr stamo en dinero efectivo y aé su entera satisfacci n, la que devengar un inter s del 1,64% mensual, queó á é se oblig a pagar en 48 cuotas mensuales y sucesivas. Las primeras 47ó cuotas por un valor de $372.764.- cada una, y la ltima por un valor deú $349.274.-, siendo el primer vencimiento el 28 de febrero de 2023, y los restantes los d as 28 de cada mes, o del ltimo mes del respectivo per odo.í ú í Agrega que se pact que en caso de mora o simple retardo en el pagoó de todo o parte de una cualquiera de las cuotas de este pagar , el Bancoé cobrar a la tasa de inter s m xima convencional fijada por la autoridad a laí é á fecha de suscripci n del pagar , a menos que la que rigiera durante la moraó é o retardo sea superior, en cuyo caso se cobrar a esta ltima; acord ndoseí ú á asimismo qu

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Scotiabank Chile deduce demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de don Franco David D az Calder n, a fin deé í ó que pague la suma de $19.351.110.- correspondiente al saldo insoluto de cuatro pagar s, guardados en custodia n mero 12309-2023, los que noé ú fueron pagados en las fechas se aladas anteriormente, raz n por la que señ ó ha interpuesto la acci n ejecutiva en su contra para obtener el entero yó cumplido pago de las sumas que se adeudan, con intereses y costas. SEGUNDO: Que el demandado, debidamente representado, se opuso a la ejecuci n a trav s de las excepciones contempladas en los numerales 2,ó é 11 y 7 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, de acuerdo a losí ó antecedentes que fueron latamente rese ados en la parte expositiva de esteñ fallo. TERCERO: Que, respecto a la primera de las excepciones en an lisis,á consistente en la falta de capacidad del demandante o de personer a oí representaci n legal de quien comparezca en su nombre, fundada en que laó Código: PVWTXLGXKMV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-18883-2023 Foja: 1 abogado compareciente, carecer a de representaci n de la ejecutada, puesí ó no se habr a acompa ado la vigencia del instrumento donde constan lasí ñ facultades de quienes le entregaron la representaci n, corresponde indicaró que conforme la copia autorizada de la escritura p blica de fecha 29 deú noviembre de 2019, repertorio N 23.887-2.019, correspondiente al° Mandato Judicial entregado por Scotiabank Chile, consta que la ejecutante entreg a entre otros- don Roberto Grant del R o mandato judicialó – í especial para representar a la ejecutante ante todos los Tribunales de la Rep blica, con las facultades del inciso primero del art culo 7 del C digo deú í ó Procedimiento Civil. Es en virtud de dicho mandato judicial es que el compareciente deduce la acci n de autos y en su calidad de abogado habilitado es queó asume el patrocinio y poder, el que se constituy cumpli ndose todos losó é requisitos establecidos en el art culo 1 de la Ley N 18.120, pues el libeloí ° aparece patrocinado por abogado y contiene la firma, nombre y domicilio de los mismos. CUARTO: Que, asimismo, la exigencia contenida en el art culo 6 delí º C digo de Procedimiento Civil, se satisface con la sola exhibici n del t tuloó ó í en el cual consta la representaci n que se invoca, carga procesal que seó cumpli al momento de proveer la demanda de autos y autorizar el poderó en stos, de manera que no es necesaria, ni adem s procedente, acreditaré á otras circunstancias que dicho instrumento contiene, atendido el principio dispuesto en el art culo 1700 del C digo Civil.í ó Código: PVWTXLGXKMV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-18883-2023 Foja: 1 QUINTO: Que, as , el argumento de la ejecutada deber serí á desestimado, por cuanto, atendido lo expuesto en el considerando

Fallo

se declararonó admisibles las excepciones opuestas y se recibi la causa a prueba,ó resoluci n que fue notificada a las partes.ó El d a í 8 de febrero de 2024, a folio 20 se cit a las partes a o ró í sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Scotiabank Chile deduce demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de don Franco David D az Calder n, a fin deé í ó que pague la suma de $19.351.110.- correspondiente al saldo insoluto de cuatro pagar s, guardados en custodia n mero 12309-2023, los que noé ú fueron pagados en las fechas se aladas anteriormente, raz n por la que señ ó ha interpuesto la acci n ejecutiva en su contra para obtener el entero yó cumplido pago de las sumas que se adeudan, con intereses y costas. SEGUNDO: Que el demandado, debidamente representado, se opuso a la ejecuci n a trav s de las excepciones contempladas en los numerales 2,ó é 11 y 7 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, de acuerdo a losí ó antecedentes que fueron latamente rese ados en la parte expositiva de esteñ fallo. TERCERO: Que, respecto a la primera de las excepciones en an lisis,á consistente en la falta de capacidad del demandante o de personer a oí representaci n legal de quien comparezca en su nombre, fundada en que laó Código: PVWTXLGXKMV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-18883-2023 Foja: 1 abogado compareciente, carecer a de representaci n de la ejecutada, puesí ó no se habr a acompa ado la vigencia del inst

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C-18883-2023 Foja: 1 FOJA: 19 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-18883-2023 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./D AZÍ Santiago, diecis is de Febrero de dos mil veinticuatroé VISTOS: Que con fecha 13 de noviembre de 2023, rectificada en lo pertinente, a folio 4, mediante presentaci n ingresada a trav s de la oficina judicialó é virtual, compa

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