PÉREZ/
Rol
V-127-2023
Fecha
15 de febrero de 2024
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 4 de mayo de 2023, comparece doña Carla Macarena Pérez Piña, soltera, técnico en odontología mención higienista dental, cédula nacional de identidad 20.269.167-6, domiciliada para estos efectos en Huérfanos 1117, oficina 1118, Santiago, quien solicita se autorice el cambio de su nombre registral, quedando, en definitiva, como “Carla Macarena Ferrada Piña”. Expresa que consta en su certificado de nacimiento de la circunscripción de Curicó, bajo el número de inscripción 1809, Registro S, del año 1999, que fue inscrita con el nombre ahí indicado, no obstante, señala que con su padre biológico no mantiene vínculo alguno, por lo que no se siente identificada con su apellido paterno, por ello hace más de 10 años ha sido conocida en el ámbito familiar, social y educacional como “Carla Macarena Ferrada Piña”. Finaliza, previas citas legales, fundando en las causales de la letra b) de la Ley 17.344, solicitando ordenar la rectificación de su partida, en la forma indicada. Acompaña a su presentación su certificado de nacimiento. SEGUNDO: Que el artículo 1° de la Ley 17.344, establece el derecho de toda persona a usar los nombres y apellidos con que haya sido individualizada en su respectiva partida de nacimiento, salvo en aquellos casos en que se vea afectada su dignidad, o desenvolvimiento en la vida en sociedad, estableciendo los casos específicos al efecto. En el caso de marras se ha impetrado la presente solicitud, al alero de la causal establecida en la letra b) del citado artículo, esto es, b) Cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por
Fundamentos
motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferente de los propios. TERCERO: Que a fin de acreditar sus dichos, la solicitante acompaña la documental señalada. De igual forma, con fecha 15 de junio de 2023, consta haberse efectuado la publicación legal respecto de la solicitud, no constando oposición al respecto. A folio 12 de autos, consta la rendición de información sumaria, en la cual comparecen doña Sofía Catalina Manríquez Olivares, cédula nacional de identidad Código: CLEWXLXXCZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 20.376.354-9, y don Matías Francisco Guajardo Herrera, cédula nacional de identidad 19.300.370-2, quienes están contestes en señalar que conocen a la solicitante, quien hace más de 5 años es conocida como Carla Macarena Ferrada Piña. CUARTO: Que a folio 9 se recibe informe emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, el cual señala que consta en sus registros la inscripción de nacimiento de la solicitante, tal y como expresó en la demanda, consta únicamente subinscripción de acta de reconocimiento otorgada por el padre ante el Oficial Civil Curicó, con fecha 25 de noviembre de 1999, y rectificación administrativa por Orden del Servicio 1466 de 1986, ambas practicadas con fecha 2 de octubre de 1990. Además, menciona que la peticionaria de autos no registra anotaciones en el Registro General de Condenas. Asimismo, constan acompañados informes emitidos por Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones y Ministerio público, quienes informan que la persona solicitante no se encuentra actualmente procesada o formalizada, ni con condenas pendientes, ni existen a su respecto órdenes de arresto o detención pendientes y tampoco se encuentra sujeta a otras medidas cautelares personales. QUINTO: Que analizados y ponderados los documentos y actuaciones señaladas en los motivos que preceden, han permitido comprobar que efectivamente la solicitante ha sido conocida por un lapso superior a los 5 años con el nombre de “Carla Macarena Ferrada Piña”, configurándose la causal de la letra b) del artículo 1° de la Ley 17.344, por lo cual se accederá a lo pedido.
Fallo
Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1° y siguientes de la Ley 17.344 y artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: Que ha lugar a la solicitud de autos, en consecuencia, se ordena la rectificación de la partida de nacimiento N°1809, Registro S, del año 1999, perteneciente a la Circunscripción de Curicó, correspondiente a Carla Macarena Pérez Piña, en el sentido de establecer que el nombre inscrito es Carla Macarena Ferrada Piña, RUN N°20.269.167-6. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Dictada por doña Lidia Ferrada Valdebenito, Jueza Suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, quince de Febrero de dos mil veinticuatro Código: CLEWXLXXCZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: CLEWXLXXCZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-02-15T19:10:38-0300
Texto Completo (Preview)
FOJA: 29 .- veintinueve.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-127-2023 CARATULADO : P REZ/É Santiago, quince de Febrero de dos mil veinticuatro VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 4 de mayo de 2023, comparece doña Carla Macarena Pérez Piña, soltera, técnico en odontología mención higienista dental, cédula nacional de identidad 20.269
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