CORTÉS/
Rol
V-553-2021
Fecha
16 de febrero de 2024
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que con fecha 26 de agosto de 2021, comparece doña Ana Rojas Sandoval, abogada, cédula de identidad N° 15.692.042-8, domiciliada en calle Latorre N° 2425, primer piso, de la comuna de Antofagasta, quien actúa en representación de doña María José Cortés Labbé, cédula de identidad N° 18.235.442-2, chilena, soltera, labores de casa, con domicilio en calle Irarrázaval N° 671, departamento A-42 de la ciudad de Antofagasta, quien viene en solicitar el cambio apellido materno en virtud de los siguientes
Fundamentos
fundamentos: Expresa que según consta en certificación de nacimiento, la solicitante se encuentra inscrita con el nombre de María José Cortés Labbé, sin embargo, desde aproximadamente el año 2010 es conocida con el nombre de María José Cortés Canibilo. Añade que cuando la solicitante nace, a solo días de nacida, su madre biológica se la entrega a doña Juana Luisa Canibilo Pastén, quien no tenía parentesco alguno con la madre, pero en quien confió para otorgar el cuidado de su hija recién nacida. Comenta, que desde el nacimiento, doña María José no ha tenido mayor vinculación con su madre biológica, nunca han vivido juntas y es recién a la edad de 20 años de la solicitante, que se comunican, momento que marca la separación definitiva. Indica, que la poca relación se vio influenciada por las circunstancias que rodearon la vida de la madre biológica de la solicitante, debido a que en el año 2004, doña Drina Labbé Rojas, madre biológica de doña María José Cortés Labbé, fue condenada a 3 años de presidio menor en su grado mínimo por el delito de tráfico ilícito de drogas, a la edad de 51 años, tan sólo 10 años después de haber entregado los cuidados de la, en ese entonces, menor a doña Juana Canibilo. Agrega, que la ausencia de una figura materna supo ser subsanada por doña Juana Canibilo, quien decidió ser madre de la solicitante desde sus primeros días de vida, convirtiéndose doña María José en la hija menor, ya que doña Juana es madre de 5 hijos, que siempre quisieron y cuidaron a la solicitante, quienes dentro del círculo familiar no generaron diferencias, Código: XJJGXLXZGLV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl hecho que se mantiene hasta el día de hoy, manteniendo una excelente relación entre hermanos. A los 21 años, doña María José se convierte en madre de una niña llamada Monserrat Francisca Ramos Cortés, de actuales 7 años, quien es querida y reconocida como nieta y sobrina de su actual familia. Así, expresa que desde que tiene conocimiento, su figura materna es doña Juana Luisa Canibilo Pastén, quien no solo ha entregado afecto y protección a la solicitante, sino que además supo entregarle una familia con la que actualmente se identifica plenamente. Comenta que ha experimentado un grave perjuicio emocional, ya que no tiene y nunca ha tenido ningún apego con el apellido Labbé, siendo su único vínculo el sanguínea, pero no ello no representa la vida que la solicitante ha mantenido, siendo conocida por sus amigos, vecinos y familiares por más de 5 años como María José Cortés Canibilo, lo anterior con el objeto de lograr su identidad y con el deseo profundo de poder algún día compartir los mismos apellidos con quien ella considera sus hermanos y reconocer a doña Juana Canibilo Pastén su labor de madre. Solicita en definitiva, tener por interpuesta la solicitud de cambio de nombre, en el sentido de modificar la inscripción de nacimiento N° 1102 del año 1993 de la Circunscripci
Fallo
Por estas consideraciones y Vistos, además lo dispuesto en los artículos 1 inciso 2° letras a) y b), 2 y 3 de la Ley 17.344; y 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil: SE DECLARA QUE: Código: XJJGXLXZGLV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- SE ACOGE la solicitud interpuesta en lo principal con fecha 26 de agosto de 2021 y, en consecuencia, se autoriza el cambio de apellido de doña María José Cortés Labbé, quedando en definitiva como MARÍA JOSÉ CORTÉS CANIBILO. II.- Déjese constancia de lo resuelto en la respectiva inscripción de nacimiento N° 1.102, Registro S, del año 1993, de la Circunscripción de la ciudad de Antofagasta. III.- SE ACOGE la solicitud interpuesta al primer otrosí con fecha 26 de agosto de 2021 y, en consecuencia, se autoriza a la modificación de la inscripción de nacimiento de su hija doña Monserrat Francisca Ramos Cortés, en el sentido de establecer en el rubro correspondiente a la madre a doña María José Cortés Canibilo. IV.- Déjese constancia de lo resuelto en la respectiva inscripción de nacimiento N° 148, Registro S, del año 2014, de la Circunscripción de la ciudad de Copiapó. V.- Comuníquese la presente sentencia a la oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación que corresponda. VI.- Se faculta al solicitante a fin de que mediante copia autorizada de esta sentencia, obtenida de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 inciso final de la Ley 20.886, ejer
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : V-553-2021 CARATULADO : CORTÉS/ Antofagasta, dieciséis de Febrero de dos mil veinticuatro VISTOS: PRIMERO: Que con fecha 26 de agosto de 2021, comparece doña Ana Rojas Sandoval, abogada, cédula de identidad N° 15.692.042-8, domiciliada en calle Latorre N° 2425, primer piso, de la comuna de Antofagasta,
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