17º Juzgado Civil de Santiago

ACEPTA.COM SPA/TRANSYTEC SPA

Rol

C-6229-2023

Fecha

14 de febrero de 2024

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que con fecha 17 de abril de 2023, por presentaci n ingresada aó trav s de la oficina judicial virtual, comparece don Francisco Ignacio Pulgaré Rojas, abogado, en representaci n judicial de ó ACEPTA.COM SpA., del giro prestadores de servicio certificaci n, ventas software, soluci n facturasó ó electr nicas, representada legalmente por don Tiago Oliveira Abreu,ó economista, y do a Marisol Arregoitia Sarabia, economista, todos conñ domicilio para estos efectos en calle Compa a N 1390, oficina 806,ñí ° comuna de Santiago, quien deduce demanda de cobro de pesos en procedimiento de menor cuant a en contraí de TRANSYTEC SpA, representada legalmente por don lvaro Antonio Vallejo Molina, ignoraÁ profesi n u oficio, ambos con domicilio en Irarr zaval N 2821, oficina 606,ó á ° comuna de u oa y Avenida Pr ncipe de Gales N 35921, oficina 905,Ñ ñ í ° comuna de La Reina. Funda su demanda en que la deuda sub lite tuvo su origen en cinco compraventas de productos que se documentaron a trav s de igual n meroé ú de facturas que individualiza. La primera factura electr nica N ó ° 1004999, de fecha 31/03/2022 por un valor total de $2.284.239.-, con vencimiento 30/04/2022; la segunda N ° 1006463, de fecha 30/04/2022 por un valor total de $2.316.546.-, con vencimiento 30/05/2022; la tercera N ° 1065115, de fecha 31/08/2022 por un valor total de $2.436.060.-, con vencimiento 30/09/2022; la cuarta N ° 1066688, de fecha 30/09/2022 por un valor total de $2.466.421.-, con vencimiento 30/10/2022 y; la quinta N ° 1067101, de fecha 31/10/2022 por un valor total de $2.491.052.-, con vencimiento 30/11/2022. Aduce que dichas facturas fueron entregadas y recibidas por la deudora sin que stas hayan sido devueltas o su contenido impugnado ené conformidad a lo se alado ñ en el art culo 3 yí siguientes de la Ley 19.983, quedando por tanto irrevocablemente aceptadas. En cuanto a los

Fundamentos

fundamentos de Derecho, sostiene que la fuente de la obligaci n es la compraventa de los productos, los cuales fueron recibidosó por la demandada pero que sta no pag el precio en forma ntegra,é ó í correspondi ndole acreditarlo conforme a lo dispuesto en el art culo 119 delé í C digo de Comercio. ó Luego, tras citar los art culos 1545, 1546, 1551 y 1559 todos delí C digo Civil postula que todo contrato es una ley para los contratantes,ó Código: HHRKXLSMSDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 debiendo ser ejecutado de buena fe y cuya infracci n genera responsabilidadó contractual para la demandada, encontr ndose obligada a pagar laá correspondiente indemnizaci n de perjuicios una vez constituido en mora. ó Por ltimo, afirma que en virtud de mandato judicial que acompa a aú ñ la demanda, su representada lo facult para actuar a su nombre yó demandar el pago de la suma adeudada, en atenci n a que lasó compraventas no fueron pagadas. Previas citas legales, pide tener por interpuesta demanda de cobro de pesos en juicio ordinario de menor cuant a en contra de la sociedadí TRANSYTEC SpA., representada por don lvaro Antonio Vallejo Molina,Á ya individualizados, acogerla a tramitaci n y en definitiva condenarle aló pago de la suma de $11.994.318.- (once millones novecientos noventa y cuatro mil trescientos dieciocho pesos), m s reajustes y al pago deá las costas de la causa. Con fecha 14 de septiembre de 2023, folio 13, consta haberse notificado la demanda a la parte demandada, de conformidad a lo prescrito en el art culo 44 inciso 2 del C digo de Procedimiento Civil. í ° ó Por resoluci n de fecha 03 de octubre de 2023, folio 17, se tuvo poró contestada la demanda en rebeld a. í Con fecha 22 de noviembre de 2023, a folio 26, consta haberse llevado a cabo la audiencia de conciliaci n decretada en autos, a la que soloó asisti el apoderado de la parte demandante, de manera que se tuvo poró frustrada la diligencia. Por resoluci n de 23 de noviembre de 2023, a folio 27, se recibi laó ó causa a prueba por el t rmino legal.é Con fecha 18 de enero de 2024, a folio 34, se cit a las partes a o ró í sentencia. CONSIDERANDO PRIMERO: Que en estos autos comparece la empresa ACEPTA.COM SpA, debidamente representada, quien interpone demanda, en procedimiento ordinario de menor cuant a, deí cobro de pesos en contra de TRANSYTEC SpA, debidamente representada, a fin de que se condene a esta ltima al pago de la suma total de ú $11.994.318.-, m s reajustes yá costas, por concepto de no pago del precio de cinco compraventas de productos propios de su giro y que dar an cuenta las cinco facturas queí acompa a. ñ SEGUNDO: Que se tuvo por contestada la demanda en rebeld a deí la parte demandada. Código: HHRKXLSMSDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 TERCERO: Que, la acci n ordinaria que se ha sometido aló conocimient

Fallo

por tanto irrevocablemente aceptadas. En cuanto a los fundamentos de Derecho, sostiene que la fuente de la obligaci n es la compraventa de los productos, los cuales fueron recibidosó por la demandada pero que sta no pag el precio en forma ntegra,é ó í correspondi ndole acreditarlo conforme a lo dispuesto en el art culo 119 delé í C digo de Comercio. ó Luego, tras citar los art culos 1545, 1546, 1551 y 1559 todos delí C digo Civil postula que todo contrato es una ley para los contratantes,ó Código: HHRKXLSMSDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 debiendo ser ejecutado de buena fe y cuya infracci n genera responsabilidadó contractual para la demandada, encontr ndose obligada a pagar laá correspondiente indemnizaci n de perjuicios una vez constituido en mora. ó Por ltimo, afirma que en virtud de mandato judicial que acompa a aú ñ la demanda, su representada lo facult para actuar a su nombre yó demandar el pago de la suma adeudada, en atenci n a que lasó compraventas no fueron pagadas. Previas citas legales, pide tener por interpuesta demanda de cobro de pesos en juicio ordinario de menor cuant a en contra de la sociedadí TRANSYTEC SpA., representada por don lvaro Antonio Vallejo Molina,Á ya individualizados, acogerla a tramitaci n y en definitiva condenarle aló pago de la suma de $11.994.318.- (once millones novecientos noventa y cuatro mil trescientos dieciocho pesos), m s reajustes y al pago deá

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 25 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6229-2023 CARATULADO : ACEPTA.COM SPA/TRANSYTEC SPA Santiago, catorce de Febrero de dos mil veinticuatro VISTOS: Que con fecha 17 de abril de 2023, por presentaci n ingresada aó trav s de la oficina judicial virtual, comparece don Francisco Ignacio Pulgaré Rojas, abogado, en represen

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