Juzgado de Letras y Gar.de Pucón

OLIVA/I. MUNICIPALIDAD DE PUCÓN

Rol

C-686-2022

Fecha

13 de febrero de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, comparece don RICARDO DEL CARMEN OLIVA MART NEZ, Í c dula nacional de identidad N 10.473.182-1, empleado, domiciliado ené º Pasaje Victoria N 1.800 de la comuna de Puc n, quien viene en interponer demanda deº ó alegaci n de prescripci n extintiva, en contra de ó ó ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUC NÓ , persona jur dica de Derecho P blico, R.U.T. N 69.191.600-6, representadaí ú º legalmente por don CARLOS REINALDO BARRA MATAMALA, empresario, c dula nacional de identidad N 4.127.304-6, en su calidad de Alcalde, ambosé º domiciliados en Avenida Bernardo O Higgins N 483 de la comuna de Puc n, en raz n´ º ó ó de las siguientes consideraciones de hecho y de derecho que pasa a exponer: I. RELACIONES CIRCUNSTANCIADAS DE HECHOS. Arguye que actualmente es propietario del inmueble ubicado en Calle del Pill n Lote B 9, de la comuna deá Puc n, cuya inscripci n de dominio rola a folio 1.628, N 1.095 del a o 1998 deló ó º ñ Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Puc n. Conforme al Estadoí ó de Cuenta Corriente de Derechos de Aseo Domiciliario, emitido por el Departamento de Aseo que integra la Unidad de Ingresos de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUC NÓ , el inmueble antes individualizado adeuda por concepto de derechos de aseo domiciliario desde el 31 de mayo de 2008 hasta el 30 de noviembre de 2021 un monto ascendiente a $1.327.611.- (un mill n trecientos veintisiete mil seiscientos once pesos).ó Dentro de dicho periodo ha prescrito la acci n que emana del derecho personal queó tiene el acreedor para cobrar lo adeudado desde el 31 de mayo de 2008 hasta el 30 de noviembre de 2014, esto es, una suma de $946.527.- (novecientos cuarenta y seis mil quinientos veintisiete pesos), debido a que el titular no ejerci sus derechos o acciones enó su contra durante el lapso de tiempo determinado por la ley. II. EL DERECHO. Se ala queñ como cuesti n previa, se debe indicar que nuestro ordenamiento jur dicoó í recoge a la prescripci n como instituci n jur dica que

Fundamentos

fundamentos expuestos, lo dispuesto por el art culo 2.492, 2.514, y dem s pertinentes delí á C digo Civil, art culos 254, 703 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil;ó í ó RUEGO A U.S., se sirva tener por interpuesta demanda de alegaci n de prescripci nó ó extintiva, contra la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUC NÓ , representada por el Alcalde don CARLOS REINALDO BARRA MATAMALA, ambos ya individualizados, acogerla a tramitaci n, y en definitiva declarar prescrita la acci n queó ó emana del derecho personal que tiene el acreedor para cobrar la deuda que asciende a $946.527.- (novecientos cuarenta y seis mil quinientos veintisiete pesos), desde el 31 de mayo de 2008 hasta el 30 de noviembre de 2014. A folio 6, rola notificaci n legal de la demanda a la demandada de autos.ó A folio 10, rola contestaci n de la demanda en rebeld a.ó í A folio 20, consta audiencia de conciliaci n, la cual no se produce.ó A folio 23, se recibe la causa a prueba. A folio 39, se cita a las partes a o r sentencia.í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la controversia ha sido latamente referida en la parte expositiva de este

Fallo

POR TANTO; De acuerdo a los fundamentos expuestos, lo dispuesto por el art culo 2.492, 2.514, y dem s pertinentes delí á C digo Civil, art culos 254, 703 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil;ó í ó RUEGO A U.S., se sirva tener por interpuesta demanda de alegaci n de prescripci nó ó extintiva, contra la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUC NÓ , representada por el Alcalde don CARLOS REINALDO BARRA MATAMALA, ambos ya individualizados, acogerla a tramitaci n, y en definitiva declarar prescrita la acci n queó ó emana del derecho personal que tiene el acreedor para cobrar la deuda que asciende a $946.527.- (novecientos cuarenta y seis mil quinientos veintisiete pesos), desde el 31 de mayo de 2008 hasta el 30 de noviembre de 2014. A folio 6, rola notificaci n legal de la demanda a la demandada de autos.ó A folio 10, rola contestaci n de la demanda en rebeld a.ó í A folio 20, consta audiencia de conciliaci n, la cual no se produce.ó A folio 23, se recibe la causa a prueba. A folio 39, se cita a las partes a o r sentencia.í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la controversia ha sido latamente referida en la parte expositiva de este fallo teni ndose por ntegramente reproducida en esta parte.é í SEGUNDO: Que, a fin de acreditar sus dichos, la parte demandante, a folio 1 acompa la siguiente prueba: 1. Copia de dominio vigente del inmueble inscrito a folioñó 1.628, N 1.095 del a o 1998 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienesº ñ Ra ces de Puc n, a nombre de í ó RICARDO DEL CARMEN O

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Puc nó CAUSA ROL : C-686-2022 CARATULADO : OLIVA/I. MUNICIPALIDAD DE PUC NÓ Pucon, trece de Febrero de dos mil veinticuatro VISTOS: A folio 1, comparece don RICARDO DEL CARMEN OLIVA MART NEZ, Í c dula nacional de identidad N 10.473.182-1, empleado, domiciliado ené º Pasaje Victoria N 1.800 de la comuna de Puc n, quien viene en in

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