CARINAO/MENDOZA
Rol
C-288-2023
Fecha
13 de febrero de 2024
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
No especificado
Hechos
antecedentes de hecho y
Fundamentos
fundamentos de derecho, que pasa a exponer: refiere que su representada es due a de la propiedad SITIO ONCE, rural ubicada en Calle Quelhueñ S/N, Esquina Renahue, Villa Trancura, Puc n, de una superficie total de 356, 25ó metros cuadrados cuyos deslindes son NORTE: Propiedad Rol 231-120, ORIENTE: pasaje Renahue; SUR: pasaje Quelhue, PONIENTE: propiedad Rol 231-137, seg nú consta en el Registro de Propiedad n mero 1121, que certificada por la Secretariaú Regional Ministerial de Bienes Ra ces, IX Regi n Araucan a, expediente administrativoí ó í n mero 140465, inscripci n practicada conforme a las disposiciones del Decreto Leyú ó 2695 de 1979, y su reglamento constituyendo al beneficiario en poseedor regular. La declaraci n de dominio en virtud del art culo 700 inciso 2 del C digo Civil. Que, enó í ó juicio de Oposici n de regularizaci n en causa ROL C-70-2022 ante este juzgado seó ó resolvi ó Con el m rito de lo declarado precedentemente, se ordena la inscripci n“ é ó materia de la solicitud que se encuentra en folio 1 y siguientes, cuyos deslindes, superficie y ubicaci n del inmueble se encuentran en el expediente administrativo N 140465, en eló Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Puc n en favor deí ó CARMEN GUILLERMINA CARINAO AYELEF, ya individualizados en la forma se alada en el art culo 14 del Decreto Ley N 2.695ñ í ”. Que apelada dicha resoluci n conó fecha 9 de noviembre de 2022 se confirma en causa Civil-1407-2022. Por mera tolerancia de su representada indica, y sin que haya habido previo contrato de ninguna especie, ocupa previamente al juicio se alado y actualmente dicho inmueble do a Susanañ ñ Ivonne Mendoza Mondaca. Se ala que, es el deseo de la demandante que la demandadañ y todos los que dependan de ellas, le restituyan la mencionada propiedad, por lo que interpongo la presente demanda en su nombre.
Fallo
POR TANTO, De acuerdo a lo dispuesto en los arts. 2195 del C digo Civil y 680 y siguientes del C digo deó ó Procedimiento Civil, RUEGO A US., se sirva tener por presentada demanda de precario en contra de do a Susana Ivonne Mendoza Mondaca, ya individualizada y, en definitiva,ñ condenarla a la devoluci n del predio indicado, dentro de tercero d a de ejecutoriada laó í sentencia; o en el plazo que US. se sirva fijar, bajo apercibimiento de lanzarle con la fuerza p blica, y lanzar as a todos los dem s ocupantes, con costas.ú í á 2.- A folio 8, rola contestaci n de la demanda comparece ó SUSANA MENDOZA MONDACA, chilena, c dula nacional de identidad n mero 11.233.337-1,é ú domiciliada en pasaje Quelhue s/n esquina Renahue, de la comuna de Puc n, quien, enó cuanto a los hechos refiere que, actualmente vive junto a su familia en el inmueble ubicado en pasaje Quelhue s/n con Runahue de la comuna de Puc n. Que, su familia laó compone su esposo Rafael Ortega S ez, Pastor Evang lico; su hija Ayline Bel n Ortegaá é é Mendoza, de 23 a os, fecha de nacimiento 02 de mayo del a o 2000, c dula deñ ñ é identidad n mero 20.452.479-3, quien se encuentra estudiando en la Universidadú Cat lica de Temuco; y el padre de su esposo, Rafael Tercero Ortega Contreras, c dulaó é de identidad n mero 4.123.674-4, fecha de nacimiento 07 de julio de 1936, de 87 a osú ñ de edad, quien se encuentra afecto a una demencia senil, por lo que depende absolutamente de nosotros, sus cuidadores. Indica, en cuanto a la
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Puc nó CAUSA ROL : C-288-2023 CARATULADO : CARINAO/MENDOZA Pucon, trece de Febrero de dos mil veinticuatro Vistos. 1.- A folio 1, comparece don LEN GALLEGUILLOS, abogado, con domicilio en San Antonio 31, Oficina 705, Santiago en representaci n de do aó ñ CARMEN GUILLERMINA CARINAO AYELEF, C.N.I.: 8.287.634-0, due a de casa, conñ
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