1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

PALACIO/MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIRECCION GENERAL DE AGUAS

Rol

T-1955-2022

Fecha

30 de abril de 2024

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 19 Nº 16 CPR. Libertad de Trabajo y su protección, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación, Costas, Daño moral, Otras Indemnizaciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS PRIMERO. Comparece Diego Vega Núñez, abogado, cédula nacional de identidad N°15.467.440-3, domiciliado para estos efectos en calle Enrique Foster Norte N°0115, comuna de Las Condes, en representación de KARLA PALACIO ASTUDILLO, bibliotecóloga, cédula de identidad N°15.376.361-5, chilena, divorciada, de su mismo domicilio, e interpone denuncia de vulneración de derechos fundamentales mediante procedimiento de tutela laboral en contra del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, FISCO DE CHILE, Rol Único Tributario N°61.202.000-0 representado judicialmente por el Consejo de Defensa del Estado, Procuraduría Fiscal Regional de Santiago, representada por Ruth Israel López, abogada, cédula de identidad N°9.772.243-9, con domicilio en Agustinas 1225, Piso 2, Santiago. Expone que su representada ingresó a prestar servicios el 2 de noviembre del 2009, por concurso público de selección de personal a la Dirección de Obras Hidráulicas, dependiente del Ministerio de Obras Públicas, por 9 años en forma ininterrumpida y los últimos 7 años en la Jefatura de la Unidad CIDOH, Centro de Información de la Dirección de Obras Hidráulicas; el 2 de enero de 2018, es contratada por la Dirección de Vialidad, cambio de servicio que fue a requerimiento de su representada e implicó para ella una importante oportunidad de crecimiento profesional y mejora en términos económicos. Así las cosas, cuenta que por Resolución Exenta N°2949 de fecha 9 de septiembre de 2019, fue designada, a contar del 2 de ese mismo mes y año, como Jefa del Departamento de Secretaría Técnica dependiente de la División de Gestión y Difusión de la Dirección de Vialidad. Continúa indicando que por Resolución Exenta N°3247 de 10 de octubre de 2019, se delegaron atribuciones como jefa del Departamento de Secretaría Técnica, con las funciones que detalla. Luego por resolución exenta N°1880, de 29 de julio de 2021, se estableció la estructura funcional del Departamento Secretaría Técnica, la que se definió en Área de Gestión Doc

Fundamentos

motivos que no respondieron a una evaluación técnica de su desempeño profesional, resultado de las gestiones ni del cumplimiento de los dos indicadores PMG y un indicador de tipo CDC, durante su desempeño como jefatura, con motivos inexistentes y claramente sospechosos. Señala que su representada presentó una solicitud de reconsideración el 24.3.2022, dirigido al Ministro de Obras Públicas y al Subsecretario de Obras Públicas, y a las jefas de Gabinete de ambas autoridades, de la que nunca obtuvo respuesta. Indica que a su juicio los motivos de su remoción fue que era una “operadora política, vinculada a la derecha y al último gobierno del expresidente Sebastián Piñera” y por un posible “maltrato laboral ejercido desde su jefatura". Asegura que a la época del cambio de gobierno, la nueva Jefa de Gabinete Marta Molina Ávila, comenzó una persecución y hostigamiento reiterado, sostenido en el tiempo, tendiente a generar situaciones que entorpecieron las oportunidades en el empleo y finalmente la desvinculación de su representada del Servicio, siendo aquella la que solicitó a la jefatura directa la desvinculación de su cargo, ocupando el lugar de su representada una persona que “trajo” Molina, la que provendría del Ministerio de Salud. Manifiesta que una vez “sustraído” el cargo de jefatura, y luego de volver su representada de una licencia médica psiquiátrica, la que se extendió del 6 de abril al 20 de julio, ambos del 2022 y como consecuencia de esa situación angustiante, solo instruyó sumario un administrativo. Relata que por la finalización de su licencia médica e inminente retorno a sus funciones, el 18 de julio del 2022, escribió un extenso correo electrónico a su jefatura, don Jaime Retamal Pinto, Director Nacional de Vialidad en ejercicio, que tenía, entre otros propósitos, solicitar retomar funciones como Encargada de Transformación Digital DV y en el mismo espacio físico que antes utilizaba. A lo que se le contestó “Hola Karla. Avanzaremos en la línea de lo que señalas. Te vamos contando. ¡Ánimo y muchas gracias por todo!!”. Que sin tener respuesta concreta, cuenta que su representada, vuelve escribir el 9 de agosto del 2022, indicando en la misiva, principalmente, lo siguiente: “no se le ha informado respecto de mis nuevas funciones, ni en lo concreto tampoco se me ha informado de alguna nueva asignación de equipo de trabajo, ni modalidad de trabajo (presencial, remota, semi presencial) y así mismo tampoco respecto de una ubicación física, siendo sólo en este último caso, que se me ha indicado de un posible puesto de trabajo, con lo cual no me encuentro del todo de acuerdo, dado que es un espacio que ni siquiera tiene luz natural (ventana) y porque, sostengo ahora con mayor tranquilidad, que no he hecho nada malo, en lo formal y conducente a algún tipo de sanción administrativa que me implique ser castigada, ni exiliada de a lo menos el espacio físico que habitaba (edificio) (…). (…) soy la principal afectada e interesada en resolve

Fallo

se resuelve: “ESTABLÉCESE, que la funcionaria KARLA DANIELA PALACIO ASTUDILLO, RUN N°15.376.361-5, Profesional en Grado 5 EUS, contrata, pasará a desempeñarse al Sub-Departamento de Maestranza dependiendo del departamento de Maquinarias de la Subdirección de Mantenimiento, a contar del 3 de octubre de 2022, con residencia en Santiago”, ubicada en la comuna de Cerrillos, sin definición de funciones específicas, realizando, en todo caso acciones muy diversas a las que por años había estado realizando, y por cierto, absolutamente ajenas en cuanto al grado de responsabilidad que tenía hasta marzo del 2022. Afirma lo descrito fue grave y lesivo para su representada, destruyó su ánimo y agudizó su angustia, pues, todas las acciones buscaban expulsarla del servicio y le dieron cualquier labor con tal de dar cumplimiento a sus requerimientos, pero de forma arbitraria, sin un análisis de las necesidades del servicio y faltando el respeto a sus labores anteriores, siendo relegada a funciones que no dicen relación alguna con su experiencia laboral y alejada del lugar en el que habitualmente se desempeñaba, todo debido al cambio de jefaturas, tras la asunción de nuevas autoridades, ubicando en el lugar de su representada, a “amigos” de la Jefa de Gabinete, sin ninguna consideración técnica. Dice que su representada ha debido soportar constantes ataques de la Sra. Molina, en la que se le denostó, al sostener que bajo su gestión se produjeron importantes atrasos en la respuesta a ciertos

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, treinta de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS PRIMERO. Comparece Diego Vega Núñez, abogado, cédula nacional de identidad N°15.467.440-3, domiciliado para estos efectos en calle Enrique Foster Norte N°0115, comuna de Las Condes, en representación de KARLA PALACIO ASTUDILLO, bibliotecóloga, cédula de identidad N°15.376.361-5, chilena, divorc

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica