ANONIMIZADO
Rol
O-26-2023
Fecha
30 de abril de 2024
Materia
Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, Costas, Daño moral, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
Ancud, treinta de abril de dos mil veinticuatro Vistos, oídos y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Comparecen Sebastián Andrés Avendaño Farfán y Daniela Francisca Cáceres Rodríguez, abogados, en representación de ELISA, enfermera, domiciliada en DIRECCION000, comuna de Ancud, quien interpone demanda laboral de indemnización de perjuicios por daño moral por enfermedad profesional, en contra del SERVICIO DE SALUD CHILOÉ, del giro de su denominación, representada legalmente por don JOSÉ CÁRDENAS BRUCE, ignora profesión u oficio, o por quienes detenten las facultades contempladas en el artículo 4° del Código del Trabajo, ambos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins Nº 504, comuna de...
Texto Completo (Preview)
Ancud, treinta de abril de dos mil veinticuatro Vistos, oídos y considerando: PRIMERO: Comparecen Sebastián Andrés Avendaño Farfán y Daniela Francisca Cáceres Rodríguez, abogados, en representación de ELISA, enfermera, domiciliada en DIRECCION000, comuna de Ancud, quien interpone demanda laboral de indemnización de perjuicios por daño moral por enfermedad profesional, en contra del SERVICIO DE SAL
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica