1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

BLUE STRIPES CHILE SPA/INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO ORIENTE

Rol

I-628-2023

Fecha

30 de abril de 2024

Materia

Costas, Otros Reclamos, Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que, comparece Joaquín Chandia Stehr, gerente general, cédula nacional de identidad N°13.953.495-6, en representación de BLUE STRIPES CHILE SpA, RUT 76.472.382-1, persona jurídica del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en Av. El Golf N°99, comuna de Las Condes, e interpone reclamación judicial en Procedimiento de Aplicación General en contra de la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO ORIENTE, representada por doña Sandra Mónica Ortiz Silva, Inspector/a Jefe/a, ambos domiciliados en Av. Vitacura N° 3900, comuna de Vitacura, en atención a que dicha institución por medio de la Resolución de Multa N° 8660/23/74 de fecha 01 de octubre de 2023, resolvió cursarle una multa, por la suma de 26,73 IMM ($7.925.740.-). Expone que la multa cursada, se fundamenta en las siguientes circunstancias: “1. No exhibir toda la documentación exigida que deriva de las relaciones de trabajo, necesaria para efectuar las labores de fiscalización, según el siguiente detalle: contrato de trabajo y anexos de los trabajadores de la muestra, registro control de asistencia de los trabajadores de la muestra periodo: 01/01/2023 al 05/09/2023, comprobante pago de remuneraciones de los trabajadores de la muestra, periodo: 01/01/2023 al 05/09/2023, comprobante de transferencia bancaria, periodo: 01/01/2023 al05/09/2023, certificado de cotizaciones previred o planillas de cotizaciones previsionales de los trabajadores de la muestra (afp, ips, mutual, ccaf). periodo: diciembre 2022 a julio 2023. Lo anterior, respecto de la trabajadora que a continuación se indican: Nicole Carolina Ponce Nanco.” La fiscalizadora cursó la citada multa, ya que entiende vulnerados los artículos 31 y 32 del D.F.L. N° 2 de 1967 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, artículo 8 de la ley N° 18.018 y D.S. N° 51 del Ministerio de Justicia. Sostiene, que la multa adolece de evidentes errores que determinan que deba ser dejada sin efecto o, en subsidio, rebajada al mínimo del

Fundamentos

fundamentos que permitan dejar sin efecto las sanciones ya indicadas o rebajarlas, todo lo anterior con expresa condena en costas. TERCERO: Que, llamadas las partes a conciliación, no se produce debido a la naturaleza infraccional del asunto. CUARTO: Que, se fijaron como hechos no controvertidos: 1. Que, con fecha primero de octubre del año 2023, producto de un proceso fiscalización fue dictada la resolución de multa número 8660/23/74, que aplicó una multa de un monto equivalente a 26.73 unidades tributarias mensuales. QUINTO: Que se establecieron como hechos controvertidos: 1. Efectividad de existir un error de hecho en la dictación de la resolución de multa 8660/23/74 de 1° de Octubre del año 2023. 2. Proporcionalidad de la multa impuesta. SEXTO: Que, en audiencia de juicio, las partes incorporaron los siguientes medios de prueba: -Parte Reclamante: Documental: 1. Copia de resolución de multa N° 8660/23/74 cursada por la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Oriente con fecha 01 de octubre de 2023. 2. Copia de correo electrónico enviado por nccictStgoOriente@dt.gob.cl bajo el asunto “Informa término de fiscalización N° 1322/2022/2357 con multa administrativa” con fecha 12 de octubre de 2023. 3. Copia de nómina de activos de Blue Stripes Chile SpA. 4. Copia de contrato de trabajo de fecha 16 de diciembre de 2021. 5. Copia de finiquito de contrato de trabajo de fecha 04 de enero del 2022. 6. Copia de comprobante de pago de cotizaciones previsionales Mutual de Seguridad CChC de Blue Stripes Chile SpA correspondiente al período diciembre 2021. 7. Copia de comprobante de pago de cotizaciones previsionales Mutual de Seguridad CChC de Blue Stripes Chile SpA correspondiente al período enero 2022. 8. Copia de cadena de correos electrónicos intercambiados bajo el asunto “RE: Notificación de Inicio de Procedimiento de Fiscalización N°1322.2022.2357”, entre Daniela Carrasco Vega y, Allison Riveros, el día 05 de septiembre de 2023. 9. Copia de cadena de correos electrónicos intercambiados bajo el asunto “Requerimiento de documentación en procedimiento de fiscalización N°1322.2022.2357”, entre Daniela Carrasco Vega y, Allison Riveros, el día 05 de septiembre de 2023. 10. Copia de cadena de correos electrónicos intercambiados bajo el asunto “Requerimiento de Documentación en Procedimiento de Fiscalización N°1322.2022.2357”, entre Daniela Carrasco Vega y, Allison Riveros, los días 05 y 06 de septiembre de 2023. El tribunal tiene por ofrecida la prueba documental, la que deberá ser incorporada en la respectiva audiencia de juicio. Oficios: 1. AFP Modelo Tener a la vista documentos electrónicos: 1. Percepción de cadena de correos electrónicos y datos adjuntos: correos electrónicos intercambiados bajo el asunto “RE: Notificación de Inicio De Procedimiento De Fiscalización N°1322.2022.2357”, entre Daniela Carrasco Vega y, Allison Fernandez Riveros, el día 05 de septiembre de 2023. 2. Percepción de cadena de correos electrónicos y datos adjuntos: c

Fallo

se declara: I.- Que se rechaza en todas sus partes la reclamación deducida, manteniéndose en consecuencia, la multa aplicada mediante resolución N° 8660/23/74 de fecha 01 de octubre de 2023 II.- Que se condena en costas a la reclamante, regulándose las personales en la suma de $300.000 (trescientos mil pesos). Regístrese y archívese, en su oportunidad. RIT : I-628-2023 RUC : 23- 4-0525043-8 Pronunciada por doña ANDREA LEONOR SILVA AHUMADA, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a treinta de abril de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, treinta de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS: PRIMERO: Que, comparece Joaquín Chandia Stehr, gerente general, cédula nacional de identidad N°13.953.495-6, en representación de BLUE STRIPES CHILE SpA, RUT 76.472.382-1, persona jurídica del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en Av. El Golf N°99, comuna de Las Con

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