1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

OBREGON/CENTRO DE ATENCIÓN ODONTOLOGICA KARINA VANESSA MEDRANA ALAVA EIRL

Rol

M-179-2024

Fecha

30 de abril de 2024

Materia

Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado legal, Feriado proporcional, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece doña JULEXY ELIANA OBREGON BRAVO, secretaria, domiciliada en Padre Tadeo N° 5416, Quinta Normal, Región Metropolitana, interpone demanda en procedimiento monitorio por cobro de prestaciones, en contra de su ex empleador CENTRO DE ATENCIÓN ODONTOLOGICA KARINA VANESSA MEDRANA ALAVA E.I.R.L., Rut 76.955.075-5, representada por don KARINA VANESSA MEDRANA ALAVA, C.I. 26.033.010-1, ignora profesión u oficio, ambos con domicilio en Roberto Espinoza N° 1371, Santiago, con el objeto de que se condene a la demandada al pago de las prestaciones que indica, en base a la relación circunstanciada de los hechos y fundamentos de derecho que expone. En síntesis, señala que comenzó a trabajar para su ex empleadora, en los términos del artículo 7° del Código del Trabajo, el día 01 de marzo de 2022, suscribiendo contrato de trabajo de carácter indefinido; su función era de secretaria, su jornada de trabajo era de 45 horas semanales distribuidas entre lunes a viernes de 10:00 a 19:00 horas, y su remuneración mensual asciende a $410.000.- En cuanto al término de la relación laboral, sostiene que trabajó hasta el 30 de agosto de 2023, ocasión en la que presentó su renuncia voluntaria. Sostiene que se le adeuda el pago del feriado legal y proporcional, así como también cotizaciones de seguridad social, AFP Modelo S.A., Fonasa y AFC Chile, de los meses de marzo a octubre de 2022 y marzo, abril, mayo, junio y agosto de 2023.

Fallo

Por tanto, en mérito de lo expuesto y de conformidad a lo establecido en los artículos 5, 41, 58, 63, 183-A, 425, 446, 496 y siguientes, del Código del Trabajo, y demás normas legales que se estime aplicar, solicita tener por interpuesta, dentro de plazo legal, demanda en procedimiento monitorio por cobro de prestaciones en contra de su ex empleadora CENTRO DE ATENCIÓN ODONTOLOGICA KARINA VANESSA MEDRANA ALAVA E.I.R.L., representada por doña KARINA VANESSA MEDRANA ALAVA, ya individualizados, dar tramitación a la misma y acogerla inmediatamente en consideración a los fundamentos expuestos y a los antecedentes acompañados, al estar suficientemente fundadas sus pretensiones, conforme lo dispone el inciso primero del artículo 500 del Código del Trabajo, declarando, en definitiva: 1. Que prestó servicios para la demandada, bajo subordinación y dependencia, en los términos de los artículos 7 y 8 del Código del Trabajo, entre el 01 de marzo de 2022 y hasta el 30 de agosto de 2023. 2. Que la demandada le adeuda las siguientes prestaciones: a) Compensación de feriado legal período 2022-2023 por 21 días corridos, equivalente a $287.000.- b) Compensación del feriado proporcional, acorde a los artículos 71 y 73 del Código del Trabajo, equivalente a 10,5 días corridos por $143.500.- c) Cotizaciones de seguridad social, adeudándose el mes de marzo a octubre de 2022 y marzo, abril, mayo, junio y agosto de 2023, debiendo oficiar a AFP Modelo S.A., FONASA y AFC Chile para que prosigan con su

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, treinta de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece doña JULEXY ELIANA OBREGON BRAVO, secretaria, domiciliada en Padre Tadeo N° 5416, Quinta Normal, Región Metropolitana, interpone demanda en procedimiento monitorio por cobro de prestaciones, en contra de su ex empleador CENTRO DE ATENCIÓN ODONTOLOGICA KA

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