18º Juzgado Civil de Santiago

BANCO SANTANDER -CHILE/COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS Y SERVICIOS NUTS PRO

Rol

C-5791-2023

Fecha

12 de febrero de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, con fecha 4 de abril de 2023, comparece Rodrigo Ramírez León, abogado, en representación judicial de BANCO SANTANDER CHILE, sociedad anónima bancaria, representada por su gerente general don Román Blanco Reinosa, ingeniero civil, todos domiciliados para estos efectos en Bandera Nº 140, comuna de Santiago, interponiendo demanda ejecutiva en contra de COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS Y SERVICIOS NUTSPRO LIMITADA, cuyo giro ignora, representada legalmente por don CARLOS JOSÉ TOCORNAL IZQUIERDO, ignora profesión u oficio, y en contra de este último, en calidad de aval, fiador y codeudor solidario, todos domiciliados en Camino Padre Hurtado N° 5715, comuna de Buin. Funda la demanda en que su representada es dueña y legítima tenedora del pagaré Corfo Inversión y Capital de Trabajo N° 420020767617, suscrito por la demandada con fecha 28 de octubre de 2020, por la suma de $110.719.138, pagadero en 5 cuotas, iguales y sucesivas, con vencimiento los días 27 de octubre de cada año, de $ 26.809.230.- cada una de ellas, venciendo la primera en octubre de 2021 y la última en octubre de 2025, más una cuota por $26.809.229 con vencimiento el 27 de octubre de 2026. Indica que se estipuló en el pagaré que la suma prestada devengaría un interés del 0,98 % mensual, calculado en base a meses de 30 días y por el número de días efectivamente transcurridos, y que en caso de mora o simple retardo en el pago de una cualquiera de las cuotas en que se divide la obligación, se devengaría un interés penal igual al interés máximo convencional permitido por la ley a la fecha de otorgamiento de dicho pagaré o a la época de la mora o retardo, cualquiera de los dos que sea el más alto, desde el momento del retardo y hasta el pago efectivo. Refiere que, según da cuenta el anexo de pagaré Corfo Inversión y Capital de trabajo asociado al Pagaré N° 420021355134, adherido al mismo, este se prorrogó, alteró y/o modificó con fecha 16 de diciembre de 2021, conviniéndose que el saldo del ca

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha 4 de abril de 2023, comparece Rodrigo Ramírez León, abogado, en representación judicial de Banco Santander Chile, sociedad anónima bancaria, representada por su gerente general don Román Blanco Reinosa, ingeniero civil, todos domiciliados para estos efectos en Bandera Nº 140, comuna de Santiago, interponiendo demanda ejecutiva en contra de Comercializadora de Productos y Servicios Nutspro Limitada, cuyo giro ignora, representada legalmente por don Carlos José Tocornal Izquierdo, ignora profesión u oficio, y en contra de este último, en calidad de aval, fiador y codeudor solidario, todos domiciliados en Camino Padre Hurtado N° 5715, comuna de Buin, en razón de los fundamentos de hecho y de derecho reseñados en lo expositivo de este fallo, solicitando en definitiva, se despache mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $110.719.138.- por concepto de saldo de capital, más los reajustes, intereses convenidos, compensatorios y moratorios, hasta la fecha de pago efectivo, de acuerdo a la forma señalada en el cuerpo de la demanda y disponer se siga adelante la ejecución hasta hacer entero y cumplido pago de las sumas adeudadas, con costas de la causa; SEGUNDO: Que la parte ejecutada opuso la excepción del artículo 464 N°17 del Código de Procedimiento Civil, consistente en “la prescripción de la deuda o sólo de la acción ejecutiva”. Argumenta respecto de aquella que, el suscriptor del pagaré incurrió en mora del pago de la obligación a partir de la cuota que venció el 13 de Junio de 2022, adeudando la suma de $110.719.138.-, haciendo efectiva la cláusula de aceleración contenida en el pagaré, demandando el total de la obligación por el no pago de la referida cuota de 13 de junio de 2022, lo que implicaría que se ha hecho exigible el total de la deuda desde la fecha indicada, esto es, desde la mora en el pago de dicha cuota, razón por la cual la acción ejecutiva se encontraría prescrita por haber transcurrido un año entre el vencimiento antes mencionado y la fecha en que fue notificada la demanda, acaecida el 14 de junio de 2023; TERCERO: Que, a folio 30, la parte ejecutante evacuó el traslado conferido señalando el rechazo de la excepción opuesta, explicando que la obligación adquirida por el deudor se encuentra plenamente vigente, habiéndose interrumpido la prescripción con la presentación de la demanda ejecutiva el día 5 de abril de 2023. En subsidio, para el caso de Código: RHNYXLXQXXT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5791-2023 que el tribunal desestime lo indicado, indica que la prescripción alegada solo afectaría parcialmente la obligación, beneficiándose únicamente la primera de las cuotas impagas y manteniéndose vigentes todas las demás; CUARTO: Que la prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y

Fallo

se declara admisible la excepción opuesta y se recibe la causa a prueba. A folio 35, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha 4 de abril de 2023, comparece Rodrigo Ramírez León, abogado, en representación judicial de Banco Santander Chile, sociedad anónima bancaria, representada por su gerente general don Román Blanco Reinosa, ingeniero civil, todos domiciliados para estos efectos en Bandera Nº 140, comuna de Santiago, interponiendo demanda ejecutiva en contra de Comercializadora de Productos y Servicios Nutspro Limitada, cuyo giro ignora, representada legalmente por don Carlos José Tocornal Izquierdo, ignora profesión u oficio, y en contra de este último, en calidad de aval, fiador y codeudor solidario, todos domiciliados en Camino Padre Hurtado N° 5715, comuna de Buin, en razón de los fundamentos de hecho y de derecho reseñados en lo expositivo de este fallo, solicitando en definitiva, se despache mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $110.719.138.- por concepto de saldo de capital, más los reajustes, intereses convenidos, compensatorios y moratorios, hasta la fecha de pago efectivo, de acuerdo a la forma señalada en el cuerpo de la demanda y disponer se siga adelante la ejecución hasta hacer entero y cumplido pago de las sumas adeudadas, con costas de la causa; SEGUNDO: Que la parte ejecutada opuso la excepción del artículo 464 N°17 del Código de Procedimiento Civil, consistente en “la prescripción de la deuda o s

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C-5791-2023 FOJA: 17 .- diecisiete.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-5791-2023 CARATULADO : BANCO SANTANDER -CHILE/COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS Y SERVICIOS NUTS PRO Santiago, doce de Febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS: A folio 1, con fecha 4 de abril de 2023, comparece Rodrigo Ramírez León, abogado, en representación judicial de BANCO SA

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