CULPEO MINING CHILE SPA/
Rol
V-566-2023
Fecha
13 de febrero de 2024
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Juan Francisco Varela Echaurren, chileno, casado, abogado, correo electrónico fvarela@bsvv.cl, cédula de identidad Nº 15.312.535-K, en representación de CULPEO MINING CHILE SpA, sociedad del giro de su denominación, RUT 76.247.509-K, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida El Golf N° 40, piso 13, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, presentó a folio 1 y con fecha 30 de agosto de 2023, pedimento minero a fin de constituir la concesión de exploración, denominada “FLORIDA 6” el que se tuvo por presentado al Tribunal con la mencionada fecha, y cuyo punto medio está determinado por las coordenadas U.T.M. NORTE 6.571.500,00 metros y ESTE: 302.500,00 metros, que encierra una superficie total de 200 hectáreas y corresponden a la forma de un rectángulo, cuyos lados orientados Norte-Sur- U.T.M. miden 1.000 metros y los lados orientados Este-Oeste U.T.M. 2.000 metros, ubicados en la Comuna de Combarbalá, Provincia de Limarí, Región de Coquimbo. SEGUNDO: Que, el pedimento se inscribió el 07 de septiembre de 2023, de Fs. 260 a Fs. 261 N° 203, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Combarbalá, correspondiente al año 2023, según consta a folio 4 de autos. TERCERO: Que, el pedimento así inscrito se publicó con fecha 14 de septiembre de 2023, en el Boletín Oficial de Minería, según consta a folio 4 de autos. CUARTO: Que con fecha 14 de noviembre de 2023, el peticionario, solicitó se dictara sentencia constitutiva, señalando que las coordenadas U.T.M., de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de exploración son las siguientes: VÉRTICE NORTE (Mts.) ESTE (Mts.) P.M. 6.571.500,00 302.500,00 V1 6.572.000,00 301.500,00 V2 6.572.000,00 303.500,00 V3 6.571.000,00 303.500,00 V4 6.571.000,00 301.500,00 QUINTO: Que mediante Ordinario Nº 4086/2023_, de fecha 11 de diciembre de 2023, el Servicio Nacional de Geología y Minería, informó que “los aspectos técnicos relacionados con la Solicitud y Plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes. La forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley y ésta queda comprendida dentro del terreno pedido”. SEXTO: Que del estudio de los antecedentes especificados, se desprende que no existen ilegalidades o faltas sobre las que el Tribunal deba pronunciarse, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 86 del Código de Minería, ni se ha incurrido en la tramitación en vicios procesales que resten valor al procedimiento, ni en caducidades que lo anulen. SÉPTIMO: Que en consecuencia, se ha cumplido con todos los trámites y actuaciones establecidas por la Ley Minera, tanto en tiempo como en forma, por lo que se acogerá el pedimento como se dirá. Y VISTO además lo dispuesto en los artículos 2, 26, 27, 28, 34 y siguientes, 55 56, 57, 58, y Código: LWPXXLQVXZS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que se declara constituida la concesión minera de exploración denominada “FLORIDA 6”, Rol Nacional, 04205-2534-6, con una superficie total de 200 hectáreas, ubicadas en la Comuna de Combarbalá, Provincia de Limarí, Cuarta Región, en favor de CULPEO MINING CHILE SPA, ya individualizada, siendo las coordenadas U.T.M. de los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración los indicados en el considerando 4º de la parte expositiva de la sentencia. II.- Que se aprueba el plano acompañado a folio 7. III.- Extráctese la presente sentencia constitutiva, por el Señor Secretario, en los términos establecidos en el artículo 90 del Código de Minería y publíquese. IV.- Inscríbase esta sentencia en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Combarbalá y archívese una copia del plano respectivo. V.- Remítase por el interesado, el plano original y copia de esta sentencia al Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese, notifíquese, dese las copias autorizadas que correspondan y, en su oportunidad, archívese. ROL Nº V-566-2023.- Dictada por doña MARÍA ALEJANDRA RÍOS TEILLIER, Jueza Titular del Primer Juzgado de Letras de Ovalle, subrogando legalmente en el Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Combarbalá. En Combarbalá, a trece de febrero de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario de hoy la sentencia que antecede. Código: LWPXXLQVXZS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado
Texto Completo (Preview)
ROL Nº : V-566-2023. MATERIA : Pedimento Minero “FLORIDA 6”.- SOLICITANTE : CULPEO MINING CHILE SpA. Combarbalá, a trece de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Juan Francisco Varela Echaurren, chileno, casado, abogado, correo electrónico fvarela@bsvv.cl, cédula de identidad Nº 15.312.535-K, en representación de CULPEO MINING CHILE SpA, sociedad del giro de s
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