SOTOMAYOR/FORD
Rol
C-241-2022
Fecha
12 de febrero de 2024
Materia
REIVINDICACIÓN
Resultado
No especificado
Hechos
hechos antes descritos.á Se acompa an en parte de prueba en otros , los planos antes se alados, los que demuestranñ í ñ lo siguiente: A.-Plano ORTOFOTOMOSAICO Esc. 1:500 que demuestra gr ficamenteá en l neas azules la forma de los terrenos seg n el plano de loteo y t tulos, como asimismoí ú í la servidumbre 5 que debi construir el Sr. Ford Valenzuela y en l neas color rojo, lasó í actuales y err neas delimitaciones de los predios y de la servidumbre. B.-Planoó digitalizado que muestra en lo que nos interesa, en l neas azules los lotes conforme a susí t tulos y planos y en l neas rojas como est n en la actualidad los predios colindantes yí í á vecinos. C.-Plano digitalizado y ortofoto mosaico que muestra toda el rea, incluyendoá los predios conflictuados y hasta los lotes 25 y 26, 3 y 4 los que tienen sus propias servidumbres en uso. Refiere que siempre se le ha hecho presente este hecho al Sr. Ford Valenzuela y en el anterior proceso civil quedo de estudiar sus t tulos y devolver la parte del predioí que no le pertenece. Transcurrido un tiempo m s que prudencial, y propuestas formasá de arreglo, stas no fructificaron y se debe reiniciar este pleito y con ello se debe iniciaré esta acci n a fin de que sea la justicia la que lo obligue a tomar sus deslindes y trasladeó sus construcciones a su propio predio y devuelva a su propietaria el total de su propiedad y que se demuestra conforme al t tulo de dominio de la Sra. Sotomayor Cuiti o.í ñ En cuanto al derecho. De acuerdo al art culo 889 del C digo Civil, laí ó “ reivindicaci n o acci n de dominio es la que tiene el due o de una cosa singular, de queó ó ñ no est en posesi n, para que el poseedor de ella misma sea condenado a restitu rselaá ó í ” (reivindicaci n de las voces latinas rei, cosa y vindicatio, el acto de cobrar con justiciaó aquello de que se desposey a alguno).ó Doctrina. Seg n se ala el profesor Arturo Alessandri Rodr guez, la acci nú ñ í ó reivindicatoria es la acci n destinada a proteger el dominio . E
Fundamentos
fundamentos de su demanda, el actor acompa la siguiente prueba: ñó Documental: A folio 1 a.- Copia certificada seg n n mero 83136C0218EC2 compuesta por 45 folios emanada delú ú Conservador de Bienes Ra ces de Puc n y que contiene la memoria explicativa deí ó deslindes del Loteo Trufulco y que rola inscrita en folio 0 n mero 1255 de losú documentos agregados al Registro de Propiedad del C.B.R. de Puc n del a o 1998, deló ñ cual por principio de econom a s lo se acompa ar n las ocho primeras p ginas donde seí ó ñ á á detallan los deslindes de los predios del conflicto. b.- Copia digitalizada de la inscripci nó de folio 1.576 N* 3.083 del Registro de Propiedad del C.B.R. de Puc n del a o 2017ó ñ que acredita el dominio del inmueble del lote UNO a nombre de la demandante de autos, do a Mar a Cristina Sotomayor Cuiti o; ñ í ñ c.- Copia digitalizada de la inscripci nó del contrato de compraventa de folio 1120 N* 674 del Registro de propiedad del C.B.R. de Puc n del a o 2006 que acredita el dominio del lote DOS a nombre del demandadoó ñ de autos, don Jorge Hern n Ford Valenzuela; á d.- Plano ORTOFOTOMOSAICO Esc. 1:500 que demuestra gr ficamente en l neas azules la forma de los terrenos seg n elá í ú plano de loteo y t tulos, como asimismo la servidumbre que debi construir el Sr. Fordí ó Valenzuela y en l neas color rojo, las actuales y err neas delimitaciones de los predios yí ó de la servidumbre; e.- Plano digitalizado que muestra en lo que nos interesa, en l neasí azules los lotes conforme a sus t tulos y planos y en l neas rojas como est n en laí í á actualidad los predios colindantes y vecinos; f.- Plano digitalizado y ortofoto mosaico que muestra toda el rea, incluyendo los predios conflictuados y hasta los lotes 25 y 26, 3 y 4á los que tienen sus propias servidumbres en uso; g.- Certificado de aval o del predio deú propiedad del demandante rol 160-1 de Puc n; ó h.- Certificado de aval o del predio deú propiedad del demandado rol 160-2 de Puc n. ó A folio 17, plano confeccionado por el Código: XBBTXLMVRYS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl perito geomensor Richard Calfuman que establece en uno de los planos las menciones del metraje de la superficie cercada por el Sr. Ford y que le pertenece a su representada y que se refieren a los 1.709 metros ocupados por el demandado. A folio 47, a.- Certificado de aval o actualizado emanado del S.I.I. referido al lote uno, Rol 161-1; ú b.- Certificado de aval o actualizado fiscal detallado del Lote uno, Rol 161-2ú ; c.- Certificado de aval o fiscal simple actualizado del lote dos, Rol 161-2; ú d.- Figura del plano del sector en litigio, obtenido mediante ampliaci n fotogr fica del mismo plano deó á subdivisi n predial del Loteo Trufulco. ó CUARTO: Que, a fin de acreditar sus dichos y los fundamentos de su alegaci n,ó la parte demandada acompa la siguiente prueba: ñó Documental: A folio 10, a.- Certificado del Administrador del loteo, don Raim
Fallo
Por tanto, de acuerdo a lo expuesto y a lo dispuesto en los art culos 889 yí siguientes del C digo Civil y 254 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil y dem só ó á atingentes a la materia debatida, solicita tener por interpuesta en la representaci nó invocada de Mar a Cristina Sotomayor Cuiti o demanda reivindicatoria en contra deí ñ don Jorge Hernan Ford Valenzuela, y en definitiva declarar: 1 Que el inmueble° singularizado como lote uno del loteo Trufulco con los deslindes que indica su titularidad y de 5.040 metros cuadrados de extensi n y que se se al en el cuerpo de esta demandaó ñ ó es de dominio y posesi n exclusiva de do a Mar a Cristina Sotomayor Cuiti o y eló ñ í ñ demandado don Jorge Hern n Fordá Valenzuela, no tiene derecho alguno de dominio, ocupaci n, tenencia o posesi n sobre el mismo; 2.- Que el demandado don Jorgeó ó Hern n Ford Valenzuela, debe restituir a Mar a Cristina Sotomayor Cuiti o el retazo deá í ñ terreno que est ocupando dentro de dicho predio, libre de toda construcci n a su costaá ó y en el plazo de tercero d a desde que quede ejecutoriada la sentencia definitiva que seí dicte en esta causa, bajo apercibimiento de lanzamiento incluyendo a todos los ocupantes del inmueble; 3.- Que el demandado debe restituir todos los frutos naturales y civiles de la cosa y todos los que la propietaria demandante hubiera podido obtener con mediana inteligencia y actividad, si hubiera tenido el bien ra z en su poder, desde el d a en queí í entr en posesi n l
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Puc nó CAUSA ROL : C-241-2022 CARATULADO : SOTOMAYOR/FORD Pucon, doce de Febrero de dos mil veinticuatro A folio 1, comparece Rafael Cortes Guzm n, abogado, en representaci n deá ó do a ñ MARIA CRISTINA SOTOMAYOR CUITI O, Ñ profesora de estado, domiciliada en Avenida Copiap , Atacama, quien deduce acci n de reivindicaci n deó ó ó
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