ELABORADORA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS QUIMEY LTDA./
Rol
V-88-2020
Fecha
12 de febrero de 2024
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que con fecha 02 de octubre de 2020, a folio 1, comparece don MARCO ANTONIO TAPIA BELTRAN, comerciante, en representaci n legal de la Sociedadó comercial ELABORADORA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS QUIMEY“ LTDA , ” ambos con domicilio en Avenida Las Quintas N 223, Artificio, comuna de La° Calera, quien viene en solicitar se sirva decretar la extensi n, y entrega de copiaó autorizada de escritura correspondiente a Repertorio N 2609-2010, del Sexto Bimestre° del protocolo de la Notar a de la Calera, cuyo titular es do a Lidia Mar a Chahu n Issa,í ñ í á de acuerdo a los antecedentes de hecho y derecho que pasa a exponer. Se ala que, cñ onsta del mismo instrumento, cuya copia se solicita, que con fecha diecisiete de diciembre del a o dos mil diez, y bajo el repertorio que se indica, que lañ sucesi n habida al fallecimiento de don ó LUIS ALBERTO VARGAS LOPEZ y su c nyuge do a ó ñ JULIA DEL CARMEN DONOSO VILLALOBOS, y conformada por do a Berta del Carmen Vargas Donoso, Julio Vargas Donoso, Beatriz del Carmenñ Vargas Donoso, Mario Luis Vargas Lillo, M nica Gloria Vargas Lillo, Arturo Ram nó ó Vargas Lillo, Juan Carlos Vargas S nchez, Mirka Evelyb Vargas Castro, Patriciaá Luminanda Vargas Castro, Julia Concepci n S nchez Vargas, Darwin Osvaldo S nchezó á á Vargas, Sergio Enrique S nchez Vargas, Luis Alejandro S nchez Vargas, Normaá á Elizabeth S nchez Vargas, Maricela Elena S nchez Vargas, Luc a Alicia Due asá á í ñ Gonz lez, Alejandra Roxana Due as Gonz lez, Daniel Alejandro Soto Gonz lez y doná ñ á á Mario Enrique Gonz lez Vargas, procedieron a suscribir este instrumento, como t tuloá í traslaticio de dominio, cuya naturaleza corresponde a una cesi n de derechos, cuyoó objeto son los derechos de Herencia de los cuales estas personas eran titulares, seg n seú especifica en la cl usula primera del mismo, y cuya titularidad hereditaria se acreditaá seg n las respectivas inscripciones en los Registros respectivos, especialmente del Registroú Civil e Identificaci n. Que, asi
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 comparece, MARCO ANTONIO TAPIA BELTRAN, en representaci n legal de la Sociedad comercial ó ELABORADORA DE“ PRODUCTOS ALIMENTICIOS QUIMEY LTDA”, ambos ya individualizados, quien viene en solicitar se sirva decretar la extensi n, y entrega de copia autorizada deó escritura correspondiente a Repertorio N 2609-2010, del Sexto Bimestre del protocolo° de la Notar a de la Calera, cuyo titular es do a Lidia Mar a Chahu n Issa, por losí ñ í á fundamentos ya indicados en lo expositivo del fallo. SEGUNDO: Que, la solicitante de autos acompa como antecedentesñó copia parcial de instrumento otorgado con fecha 17 de Diciembre del a o 2010, ante elñ Oficio de do a Lidia Mar a Chahu n Issa, por la Sucesi n de don Luis Alberto Vargasñ í á ó L pez y do a Julia del Carmen Donoso Villalobos, en calidad de Cedentes y la Sociedadó ñ comercial Elaboradora de Productos Alimenticios Quimey Ltda. , y copia de certificado“ ” de vigencia emitido por la Conservador de Comercio de La Calera. TERCERO: Que, se evac a informe por la Sra. Notario P blico de Laú ú Calera, do a Lidia Mar a Chahuan Issa, quien indica que es efectivo que cerr lañ í ó escritura repertorio N 2609-2010, de fecha 17 de diciembre del a o 2010, por falta de° ñ datos en la inscripci n conservatoria, siendo inoficioso haberla cerrado con los datosó faltantes, los cuales deben ser proporcionados por el abogado redactor. Agrega adem s, que el registro de la matriz permanece a su cargo, por loá cual si el tribunal lo ordena, podr a completar los datos faltantes y proceder al cierre deí la misma, sin perjuicio que a la fecha en que se evac o el informe no contaba dichaú notario con los datos que se deben agregar. CUARTO: Que con fecha 27 de julio de 2023, a folio 24, el abogado solicitante, se ala ñ los archivos, inscripciones y datos faltantes relacionados con la escritura p blica Repertorio N 2.609, suscrita con fecha 17 de Diciembre de 2010, queú ° deben ser complementados y llenados para la debida autorizaci n de la misma, poró parte de la Notario Titular de La Calera, a saber: Fojas 6.927 vuelta: l nea 18, despu s de í é fojas, insertar Setecientos noventa y“ ocho vuelta , y, despu s de palabra n mero insertar Seiscientos catorce, y en l nea 19,” é ú “ í despu s de palabra é a oñ , insertar mil novecientos noventa y tres. “ Fojas 6.928: l nea 10, despu s de frase í é copia archivada bajo el n mero ú se llena el blanco y complementa con el guarismo mil seiscientos sesenta y seis , y al“ ” comienzo de l nea doce se complementa con el guarismo Dos mil doce ; y en el l neaí “ ” í quince, despu s de Soto Gonz lezé á , se elimina dicho blanco hasta etc , inclusive.“ ” Fojas 6.928 vuelta: l nea 4, despu s de la palabra í é “Fojas se llena el blanco y” complementa con Dos mil noventa y nueve n mero mil ochocientos doce y despu s de“ ú ” é la palabra a o ñ se llena y complementa el blanco con Dos mil doce .“ ” QUINTO: Que el art culo 399 del C digo Org nico de Tribunales disp
Fallo
fallo y autorizar la Escritura P blica correspondiente alú Repertorio N 2609-2010, del Sexto Bimestre.° Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 817 y dem sí á pertinentes del C digo de Procedimiento Civil, art culos 13 y 18 y siguientes deló í Reglamento de Registro Conservatorio de Bienes Ra ces, se declara:í Que se Acoge la solicitud interpuesta por don MARCO ANTONIO TAPIA BELTRAN, comerciante, en representaci n legal de la Sociedad comercialó ELABORADORA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS QUIMEY LTDA“ ,” nicamente en cuanto se dispone que la Notario P blico de esta comuna deberú ú á proceder a completar los datos faltantes, de conformidad al considerando cuarto de este fallo y autorizar la Escritura P blica correspondiente al Repertorio N 2609-2010, delú ° Sexto Bimestre. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidadí í í Dictada por ANDREA PIZARRO PERALTA, Juez de este Juzgado de Letras de La Calera. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en La Calera, a doce de febrero de dos mil veinticuatro. Código: ELJSXLCWXYS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-02-12T15:48:01-0300
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COMPETENCIA : CIVIL PROCEDIMIENTO : VOLUNTARIO MATERIA : OTROS VOLUNTARIOS SOLICITANTE : ELABORADORA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS QUIMEY LTDA ROL : V-88-2020 FECHA DE INICIO : 02 DE OCTUBRE DE 2020 ___________________________________________________________________ ___ La Calera, doce de febrero de dos mil veinticuatro. VISTO: Que con fecha 02 de octubre de 2020, a folio 1, comparece don MARCO ANTONI
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