OLIVARES/I. MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA
Rol
C-1310-2022
Fecha
12 de febrero de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Con fecha veinte de octubre de dos mil veintid s comparece don DAVIDó ALEJANDRO OLIVARES OLIVARES, c dula de identidad N 13.332.097-0.-,é ° conductor profesional, domiciliado en Pasaje Nemesio Ant nez N 1764, El Sendero,ú ° Quillota, e interpone demanda, en procedimiento ordinario de mayor cuant a, deí prescripci n extintiva de acciones y de las correspondientes deudas u obligaci nes, poró ó concepto de cuotas insolutas de aseo que afectan al inmueble de su propiedad, ubicado en esta ciudad, Pasaje Pintor Guillermo N ez N 1602, Villa el Sendero, Quillota,úñ ° ROL AVAL O 838 10, en contra de la Ilustre Municipalidad de Quillota,Ú – corporaci n aut noma de Derecho P blico, representada por su alcalde don Oscaró ó ú Rodolfo Calder n S nchez, asistente social, ambos domiciliados en calle Maip N 330,ó á ú ° de esta ciudad, y solicita acogerla, en los t rminos descritos en el cuerpo de sué presentaci n, incluyendo toda y/o cualquiera otra posterior que, devengada y exigible,ó satisfaga las condiciones de la prescripci n liberatoria, a n durante la secuela del juicioó ú hasta la dictaci n de sentencia definitiva firme y ejecutoriada; y, en subsidio, declarar laó prescripci n respecto de las cuotas diversas que acorde al m rito del proceso y aló é Derecho correspondan. Con fecha quince de marzo de dos mil veintitr s, la demanda se notificaé expresamente de la demanda de inicio. Con fecha veinticuatro de marzo de dos mil veintitr s la demandada contest laé ó demanda, allan ndose a ella en forma total, en lo efectivamente alcanzado por laá prescripci n.ó Con fecha cinco de mayo de dos mil veintitr s el Tribunal tuvo por evacuado elé tr mite de la r plica, en rebeld a de la parte demandante.á é í Con fecha dieciocho de julio de dos mil veintitr s el Tribunal tuvo por evacuadoé el tr mite de la d plica, en rebeld a de la parte demandada.á ú í Con fecha once de octubre de dos mil veintitr s consta el llamado a las partes aé conciliaci n, la que no se produce, sin perjui
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha veinte de octubre de dos mil veintid s compareceó don DAVID ALEJANDRO OLIVARES OLIVARES, c dula de identidad Né ° 13.332.097-0.-, conductor profesional, domiciliado en Pasaje Nemesio Ant nez N 1764,ú ° El Sendero, Quillota, e interpone demanda, en procedimiento ordinario de mayor cuant a, de prescripci n extintiva de acciones y de las correspondientes deudas uí ó obligaci nes, por concepto de cuotas insolutas de aseo que afectan al inmueble de suó propiedad, ubicado en esta ciudad, Pasaje Pintor Guillermo N ez N 1602, Villa elúñ ° Sendero, Quillota, ROL AVAL O 838 10, en contra de la Ilustre Municipalidad deÚ – Quillota, corporaci n aut noma de Derecho P blico, representada por su alcalde donó ó ú Oscar Rodolfo Calder n S nchez, asistente social, ambos domiciliados en calle Maipó á ú N 330, de esta ciudad, y solicita acogerla, en los t rminos descritos en el cuerpo de su° é presentaci n, incluyendo toda y/o cualquiera otra posterior que, devengada y exigible,ó satisfaga las condiciones de la prescripci n liberatoria, a n durante la secuela del juicioó ú hasta la dictaci n de sentencia definitiva firme y ejecutoriada; y, en subsidio, declarar laó prescripci n respecto de las cuotas diversas que acorde al m rito del proceso y aló é Derecho correspondan. Funda su demanda diciendo que, en las n minas de cuotas de aseo de losó registros municipales de la corporaci n demandada, se registra deuda por tal concepto,ó que afecta al inmueble referido. Expresa que, en virtud de los art culos 1567 N 10, 2514 y 2515 del C digo Civilí ° ó los derechos y acciones de cobro se extinguen por la prescripci n, bajo condici n queó ó est cumplido el plazo previsto en la Ley y se la alegue, como en el presente caso. é Se ala que, trat ndose de acci n ordinaria rige el plazo de 5 a os desde que lañ á ó ñ obligaci n se hizo exigible y de acuerdo con el art culo 2497 del citado compendio lasó í reglas relativas a la prescripci n se aplican igualmente a favor y en contra de lasó municipalidades. Expone que, considerando que ha transcurrido con creces el plazo que la Ley franquea al acreedor para incoar el respectivo cobro, solicita se sirva declarar prescritas las acci n(es) y la(s) correspondiente(s) deuda(s) u obligaci n(es), por concepto de cuotasó ó insolutas de aseo domiciliario, respecto de las siguientes cuotas devengadas desde el a oñ 2016 y, en todo caso, desde la m s antigua registrada por la demandada (deá Código: XMMXXLEHFVS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl corresponder), hasta la CUOTA N 3 DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2017, sin perjuicio° de alegarla, adem s, respecto de toda y/o cualquiera otra posterior que, devengada yá exigible, satisfaga las condiciones de la prescripci n liberatoria, a n durante la secuelaó ú del juicio hasta la dictaci n de sentencia definitiva firme y ejecutoriada, considerando: 1.-ó Que la presentaci n de esta demanda y hasta la tram
Fallo
Por estas consideraciones, y visto adem s lo dispuesto en los art culos 1698, 2492,á í 2493, 2497, 2514, 2515 y 2518, 2521, del C digo Civil; 144, 160, 162, 170 y 313 deló C digo de Procedimiento Civil, ó se declara: I.- Que, NO SE HACE LUGAR a lo solicitado en la demanda de inicio, deducida por DAVID ALEJANDRO OLIVARES OLIVARES, en contra de la Ilustre Municipalidad de Quillota, todos ya individualizados. II.- Que cada parte soportar sus costas, por estimarse que han tenido motivoá plausible para litigar. An tese, reg strese, notif quese y arch vese, en su oportunidad.ó í í í Rol C-1310-2022. Dictada por don Sim n Saavedra Treueró , Juez Suplente del Primer Juzgado de Letras de Quillota. En Quillota, a doce de Febrero de dos mil veinticuatro , se notific por el estadoó diario, la resoluci n precedente.ó Código: XMMXXLEHFVS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-02-12T12:41:38-0300
Texto Completo (Preview)
FOJA: 45 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Quillotaº CAUSA ROL : C-1310-2022 CARATULADO : OLIVARES/I. MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA Quillota, doce de Febrero de dos mil veinticuatro VISTO: Con fecha veinte de octubre de dos mil veintid s comparece don DAVIDó ALEJANDRO OLIVARES OLIVARES, c dula de identidad N 13.332.097-0.-,é ° conductor profesional, domiciliado en
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