1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

VIDAL/SERVIPAG LTDA.

Rol

O-2313-2023

Fecha

30 de abril de 2024

Materia

Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos a probar la efectividad que se produjo la causal de incumplimiento grave de las obligaciones que le impone el contrato por parte de la demandante de autos, de conformidad a los hechos específicamente singularizados en la carta de despido enviada o entregada a la demandante; efectividad que la demandante tiene derecho a percibir remuneraciones por concepto de gratificación año 2022. Monto devengado en su favor, forma de cálculo, estipendios que la componen. Fecha en que devengo dicho derecho; efectividad que la demandante de autos mantiene una deuda con la demandada que deba ser compensada. Monto y origen de la misma. Fecha en que se hizo actualmente exigible; efectividad que la demandante de autos adeuda a la demandada la suma de $930.000 con ocasión de la prestación de servicio, origen de dicha deuda. Forma de cálculo, monto en que esta se devengó. No existe controversia acerca de la existencia de relación laboral entre las partes. Fecha de inicio el 01 de diciembre del 2011 y termino el 01 febrero del 2023; se puso término a la relación laboral invocando la parte demandada la causal prevista en el artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo, dando cumplimiento a las formalidades legales del despido; el cargo de la demandante de autos era operadora de servicios integral; el término de la relación laboral se produjo por operación ejecutada con error por la demandante de autos relativa al Banco Santander en torno a la suma de $930.000; la remuneración de la actora para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo ascendía a la suma de $933.787. QUINTO: Que la demandada ha incorporado documental consistente en Contrato de trabajo celebrado entre Raquel Vidal Retamal y Sociedad de Recaudación y Pagos de Servicio Ltda. de fecha 01 de diciembre de 2011, contrato de trabajo celebrado entre Raquel Vidal Retamal y Sociedad de Recaudación y Pagos de Servicio Ltda. de fecha 01 de junio de 2012; liquidaciones de remuneración de doña Raquel Vidal Retamal correspondiente

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ha comparecido ante este Primer juzgado de Letras del Trabajo de Santiago RAQUEL DANIELA VIDAL RETAMAL, cédula de identidad N° 13.258.657-8, domiciliada en Pasaje Sotavento N°343, Valle Grande, de la comuna de Lampa; interponiendo demanda en procedimiento de aplicación general en contra de SERVIPAG LIMITADA, Rut Nº78.053.790-6, , representada legalmente por doña Pilar Ugarte Uribe, , ambos domiciliados en Miraflores Nº383, piso 22, de la comuna de Santiago. Expone que comenzó a prestar servicios para la actora desde el 1 de diciembre de 2011 como “Operadora de Servicios integrales” que implicaba actuar como cajera en oficinas de la institución. Sostiene que fue despedida el 1 de febrero de 2023 por la causal del artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo. Relata que el día 5 de diciembre del pasado año 2022 se presentó a su caja un cliente quien realizó un depósito a una cuenta corriente del Banco Santander. Al revisar la boleta de depósito interpreta erróneamente dos de los números de la cuenta. Específicamente entendió que el número de la cuenta era el 63400440, no obstante, se trataba del número 63900949. Es decir, confundió el 4 con el 9. Sin embargo, conforme a los protocolos, advirtió el error al comprobar que el nombre del titular de la cuenta digitado no coincidía con el señalado en la papeleta de depósito. Todo lo cual se produce antes de finalizar la operación. Conforme a la diferencia entre el beneficiario de la cuenta corriente del número digitado con el error en el número ya señalado, procedió a cancelar la operación. No obstante, al proceder a realizar la operación de cancelación o cierre de la sesión, el sistema le arrojó un mensaje que indicaba que no era posible la cancelación por falla de una o más de las operaciones a reversar, indicándose que finalizara la transacción del cliente y reversara a través de un journal, pero al intentar reversar por ese procedimiento el sistema indicó "transacción rechazada". Se comunicó de inmediato con la mesa de ayuda y dio cuenta del problema que se le presentó en la transacción como del hecho de que no le fue posible reversar la transacción por el mismo sistema. El personal de la mesa de ayuda se conectó en forma remota con su estación y pudo comprobar la imposibilidad de anular o reversar la transacción desde su estación, y que ésta arrojó el mensaje señalado precedentemente. Como consecuencia de la atención de la mesa de ayuda se generó un reporte que sería enviado al área de ajustes, y le entregan el número del ticket correspondiente, indicándolee que debía informar el hecho a su jefatura, lo que realizó de inmediato ese mismo día, comunicándosee con la Sra. Valeria Salvo, quien tomó conocimiento de lo ocurrido, indicándole que insistiera en la reversa hasta las 14 horas, y que en caso de no ser posible la reversa antes de esa hora, declarara el dinero como Opl,"operación pendiente", lo que vería el área de ajustes. Añade que, no obstante que no se pudo reali

Fallo

se declara: I.- Que se acoge la demanda interpuesta RAQUEL DANIELA VIDAL RETAMAL, cédula de identidad N° 13.258.657-8, en contra de SERVIPAG LIMITADA, Rut Nº78.053.790-6 solo en cuanto: a) Se declara que el despido sufrido con fecha 1 de febrero de 2023 es improcedente y por ende la demandada deberá pagar las siguientes indemnizaciones por término de contrato: a) Indemnización sustitutiva de aviso previo por la suma de $933.787; b) Indemnización por años de servicios por $10.271.657; c) Recargo legal el 80% por $8.217.325; II.- Que además la demandada deberá pagar por concepto de feriado la suma de $1.061.127. III.- Que en todo lo demás se rechaza la demanda. IV.- Que se acoge la demandada reconvencional interpuesta por SERVIPAG LIMITADA en contra de RAQUEL DANIELA VIDAL RETAMAL por la suma de $930.000. V.- Que, a consecuencia, de lo anterior, se acoge la excepción de compensación por la misma suma precitada en el resuelvo anterior. VI.- Que las sumas ordenadas pagar más arriba devengarán los reajustes e intereses contemplados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. VII.- Que no se condena en costas a ninguna de las partes al no haber sido completamente vencidas en la litis. RIT O-2313-2023. RUC N° 23-4-0472279-4 Dictada por Eduardo Ramírez Urquiza, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

Texto Completo (Preview)

Santiago, treinta de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ha comparecido ante este Primer juzgado de Letras del Trabajo de Santiago RAQUEL DANIELA VIDAL RETAMAL, cédula de identidad N° 13.258.657-8, domiciliada en Pasaje Sotavento N°343, Valle Grande, de la comuna de Lampa; interponiendo demanda en procedimiento de aplicación general en contra de SERVIPAG LIMIT

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica