BARTSCH/PROPET SPA
Rol
O-6885-2023
Fecha
29 de abril de 2024
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos no controvertidos: 1. Existencia e inicio de la relación laboral el día 1 de junio de 2018 para Proceed International, antigüedad reconocida por la demandada Propet SpA. 2. Funciones de la trabajadora en calidad de gerente de ventas. 3. Remuneración de la actora por la suma de $2.293.559. Luego estimando la existencia de hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. El tribunal recibe la causa prueba fijando los siguientes puntos: 1. Remuneración de la trabajadora para los fines del proceso. Conceptos que la componen, monto y naturaleza de los mismos. 2. Efectividad del término de la relación laboral por despido indirecto, fecha en que ello ocurrió, formalidades al efecto, causal invocada y
Fundamentos
fundamentos de la misma carta, si ellos son efectivos y justifican la causal impuesta. 3. Estado de pago previsional de la actora. Fecha y monto de los pagos en su caso. 4. Efectividad de adeudarse el feriado legal y proporcional demandados. Periodos y montos adeudados y por compensar. 5. Procedencia de la acción indemnizatoria deducida por la demandada y efectividad de haber experimentado la demandante reconvencional perjuicios por actos atribuibles a la actora. Existencia de tales perjuicios, origen y relación de causalidad y extensión de los mismos. Cuarto. Incorporación de medios probatorios. Qué a la audiencia de juicio solamente compareció la parte demandante la que incorporó sus medios de prueba consistentes en: Documental. 1. Copia carta de despido enviada a la demandada de 2 de agosto del año 2023. 2. Comprobantes de envío de la carta de despido indirecto por correo certificado de Correos de Chile a la Inspección del Trabajo y la demandada. 3. Contrato de trabajo celebrado entre la actora y la demandada. 4. Liquidaciones de sueldo de diciembre de 2022 a mayo del 2023. 5. Certificado de cotizaciones de AFP Habitat. 6. Certificado de cotizaciones de AFC CHILE. Confesional. Llamado a absolver posiciones a la representante legal de la parte demandada, no comparece a la presente audiencia, sin causa justificada. La parte demandante solicita se le tenga por confeso al tenor de lo dispuesto en el artículo 454 N°3 del Código del Trabajo. Oficios. AFP Habita, AFC Chile, Correos de Chile. Exhibición de documentos. Solicita se haga efectivo lo dispuesto en el artículo 453N°5 del Código del Trabajo respecto de las liquidaciones de remuneración de los meses de junio, julio y agosto de 2023. Quinto. Hechos acreditados y valoración de la prueba. Que apreciada la prueba rendida de acuerdo a las normas de la sana critica, esto es, respetando las razones jurídicas y simplemente lógicas, técnicas o de experiencia, en cuya virtud se ha asignado valor o se las ha desestimado, se ha tomado en especial consideración la multiplicidad, gravedad, precisión en concordancia o conexión de las pruebas con que se han presentado en el proceso la cual resulta coherente y armónica en sí misma como en conjunto es dable tener por acreditado lo siguiente: 1.- Que con fecha 1 de enero de 2022 la demandante celebró un contrato de trabajo con la demandada Propet representada por don Pablo Julián Fuentealba Betancourt, mediante la cual la demandante se comprometió a ejecutar las labores de Gerente de Ventas, en el domicilio de la demandada ubicado en Alameda Bernardo O’Higgins 969, oficina 1201, comuna de Santiago. 2.- Que con fecha 2 de agosto de 2023 la actora envió carta certificada mediante correos de Chile al domicilio de la demandante, comunicando su decisión de poner término al contrato de trabajo por aplicación de la causal prevista en el artículo 160 N°7 del Código del Trabajo en relación al artículo 171 del citado texto normativo. 3.- Que las partes convinieron que la
Fallo
Por estas consideraciones y, visto además lo dispuesto en los artículos 160, 162, 168, 172, 173, 425, 453 y 454, 456, 459 y siguientes, del Código del Trabajo, y demás normas legales vigentes se resuelve: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por Lilian Bartsch Bulboa , cédula nacional de identidad 8.822.631-3, comuna de Las Condes en contra de Propet SpA, rol único tributario 77.492.226-1, representada legalmente por don Pablo Julián Fuentealba Betancourt, cedula nacional de identidad 10.738.872-9, todos previamente individualizados y se declara que el despido indirecto o autodespido impetrado por la actora con fecha 2 de agosto de 2023, fue justificado y en consecuencia se condena a la demandada a pagarle lo siguiente: 1. $ 2.293.559, por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. 2. $11.467.795, por concepto de indemnización por años de servicio. 3. $ 5.733.898, por concepto de recargo del 50% de la indemnización por años de servicio. 4. $3.340.339, por concepto de feriado legal. 5. $ 344.034, por concepto de feriado proporcional. II.- Que las sumas antes señaladas deberán ser pagadas con los intereses y reajustes que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que la demandada deberá enterar en AFP Habitat las cotizaciones desde el mes de marzo hasta el mes de agosto 2023 y en AFC Chile desde el mes enero hasta agosto de 2023, en base a una remuneración ascendente a $ 2.293.559. IV.- Que se declara la nulidad del despido y en consecuencia
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veintinueve de abril de dos mil veinticuatro. Vistos. Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a efecto audiencia de juicio en los autos RIT O-6885- 2023 por despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones. La demanda fue interpuesta por doña Lilian Bartsch Bulboa, cédula nacional de identida
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