MORALES/
Rol
V-6-2022
Fecha
8 de febrero de 2024
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que con fecha 6 de enero de 2022, ha comparecido don Juan Pablo Morales Barros, chileno, casado y separado totalmente de bienes, abogado, cédula nacional de identidad número 15.379.219 – 4, domiciliado para estos efectos en Avenida Andrés Bello N° 2.711.-, piso 16, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, solicitando la constitución de 285 concesiones mineras de explotación, de 1 hectárea cada una, denominadas “EL TRÉBOL I, 1 al 285”, cuyo punto de interés se ubica en la comuna de Huechuraba, provincia de Santiago, Región Metropolitana, bajo las coordenadas U.T.M. del punto de interés de la cara superior del terreno manifestado, referidas al Datum Provisorio La Canoa 1956, Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Zona o Huso 19, son las siguientes: Norte 6.308.850,00 metros; Este 346.850,00 metros. Además, el terreno manifestado tiene la forma de un rectángulo cuyos lados miden 1.500 metros en el sentido Norte – Sur U.T.M., por 1.900 metros en el sentido Este – oeste; U.T.M. y encierra un superficie de 285 hectáreas. Con fecha 19 de enero de 2022, se certificó por el Sr. Secretario del Tribunal, que la manifestación minera fue ingresada a tramitación el día 6 de enero de 2022, a las 15:16 horas, a través de la Oficina Judicial Virtual. Código: WQJBXLDNSVR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Con fecha 21 de enero de 2022, se ordenó inscribir en el Conservador de Minas de Santiago y publicar la solicitud en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial. Con fecha 13 de septiembre de 2022, se ordenó practicar la mensura de las 285 pertenencias manifestadas denominadas “El Trebol I, 1 al 285” y su respectiva publicación en el Boletín Oficial de Minería. Con fecha 5 de noviembre de 2022, se certificó por el Señor Secretario del Tribunal que la solicitud de mensura fue publicada en el Boletín Oficial de Minería de fecha 26 de septiembre de 2022. Con fecha 20 de enero de 2023,
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece en autos don Juan Pablo Morales Barros, ya individualizado, solicitando la constitución de 285 concesiones mineras de explotación de 1 hectárea cada una, denominadas “EL TREBOL I, 1 al 285”, sobre una superficie de 285 hectáreas ubicadas en la comuna de Huechuraba, provincia de Santiago, Región Metropolitana, cuyas coordenadas U.T.M. del punto de interés de la cara superior del terreno manifestado referidas al Datum Provisorio La Canoa 1956, Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Zona o Huso 19, son las siguientes: Norte 6.308.850,00 metros; Este: 346.850,00 metros, que tiene la forma de un rectángulo cuyos lados miden 1.500 metros en el sentido Norte – Sur U.T.M., por 1.900 metros en el sentido Este – oeste U.T.M. SEGUNDO: Que el peticionario acompañó a la solicitud los siguientes documentos: 1. Inscripción de manifestación minera, inscrita a fojas 122, número 45, correspondiente al Registro de Descubrimientos del año 2022, del Conservador de Minas de Santiago; 2. Comprobante de transacción y certificado de movimiento, correspondiente al pago de la tasa de manifestación, de fecha 9 de agosto de 2022, por Tesorería General de la República; Código: WQJBXLDNSVR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 3. Comprobante de pago y transacción correspondiente al pago de la patente proporcional, de fecha 12 de agosto de 2022, por Tesorería General de la República; 4. Plano de mensura de las pertenencias minera denominada “”El Trebol I, 1/285” confeccionado por el Ingeniero Geomensor, Jaime Molina Seibt; 5. Publicación de manifestación minera realizada el 17 de febrero de 2022, en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial. TERCERO: Que de conformidad al inciso primero del artículo 34 del Código de Minería “las concesiones mineras se constituyen por resolución judicial dictada en un procedimiento no contencioso, sin intervención decisoria alguna de otra autoridad o persona.” Luego, el artículo 37 del mismo texto legal indica que es competente para intervenir en la gestión de constitución de las concesiones el juez de letras en lo civil que tenga jurisdicción sobre el lugar en que esté ubicado el punto medio señalado en el pedimento, o el punto de interés indicado en la manifestación. CUARTO: Que se certificó el ingreso de la solicitud el día 6 de enero de 2022, a las 15:16 horas a través de la Oficina Judicial Virtual, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 47 del Código de Minería. QUINTO: Que consta a folio 8, que con fecha 9 de febrero de 2022, se inscribió a fojas 122, número 45, correspondiente al Registro de Descubrimientos del año 2022, del Conservador de Minas de Santiago, la manifestación minera. Asimismo, el día 17 de febrero de 2022, se publicó la manifestación minera en el Boletín Código: WQJBXLDNSVR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Oficial
Fallo
se resuelve: I. Que se hace lugar a la solicitud de 6 de enero de 2022 y, en consecuencia, se ordena tener por constituida la concesión de explotación sobre sustancias concesibles, denominada “EL TREBOL I, 1 al 240”, ya individualizada, a nombre de Juan Pablo Morales Barros, chileno, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número 15.379.219 – 4, domiciliado en Avenida Andrés Bello N° 2.711, piso 106, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; II. Que el terreno manifestado se ubica en la Región Metropolitana, Provincia de Santiago, comuna de Huechuraba, en el sector denominado Cordón de la Cruz; III. Que se tendrá por aprobado el Plano de Mensura de la concesión de explotación ya individualizada; IV. Que las coordenadas geográficas, U.T.M. y altura del hito de la mensura, son las siguientes: LATITUD (S) : 33°21’07,680 2 LONGITUD (W) : 70°39’17,059 8 NORTE (M) : 6.308.395,09 Código: WQJBXLDNSVR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 4 ESTE (M) : 346.022,900 ALTURA (M) : 521,404 V. Que las coordenadas U.T.M. del punto de interés corresponden a Norte 6.308.850,00 metros y Este 346.850,00 metros, Huso o Zona 19. VI. Que los 8 linderos vértices del perímetro de este grupo de pertenencias se individualizan por los números que le corresponden dentro de la numeración general de vértices, tanto del perímetro como interiores, y sus coordenadas U.T.M. son las siguientes: VÉRTI NORTE (me
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 38 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 30 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-6-2022 CARATULADO : MORALES/ Santiago, ocho de Febrero de dos mil veinticuatro VISTOS: Que con fecha 6 de enero de 2022, ha comparecido don Juan Pablo Morales Barros, chileno, casado y separado totalmente de bienes, abogado, cédula nacional de identidad número 15.379.219 – 4, domiciliado pa
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica