PELLEGRINI/
Rol
V-698-2022
Fecha
12 de febrero de 2024
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: PRIMERO: Que, ha comparecido ante este Tribunal don JUAN CRISTÓBAL PELLEGRINI MUNITA, abogado, chileno, casado, RUN 13.241.669-9, domiciliado para estos efectos en Isidora Goyenechea N° 2939, piso N° 5, Las Condes, Santiago, presentando con fecha 8 de julio de 2022, la manifestación de las pertenencias mineras denominadas “PACHA 1, 1 AL 60”, ubicada en la comuna de María Elena, Provincia de Tocopilla, Región de Antofagasta. El solicitante haciendo uso del derecho conferido por los artículos 41 y 114 del Código de Minería y artículos 15 y 18 de su Reglamento y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 44 Nº 5 del Código de Minería, expresa la circunstancia de que la manifestación se formula en base e invocando la concesión de exploración vigente denominada "PACHA 1", cuya sentencia constituida dictada por este mismo Tribunal con fecha 8 de julio de 2020, en causa ROL V-235- 2020, corre inscrita a fojas 902, bajo el Nº 894 del año 2020 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de María Elena. En consecuencia, ha de tenerse como fecha de presentación ante el Tribunal de la presente manifestación, el día 22 de enero de 2020, fecha que corresponde a la presentación del pedimento invocado. SEGUNDO: Que, la manifestación de autos se inscribió a nombre de Juan Cristóbal Pellegrini Munita, a fojas 901, bajo el Nº 861, del año 2022, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de María Elena, siendo publicada con fecha 1 de agosto de 2022 en el Boletín Oficial de Minería de la Región de Antofagasta. Asimismo, se acreditó el pago de la patente y tasa mediante los comprobantes respectivos, todo ello en tiempo y forma. TERCERO: Que, la solicitud de mensura, formulada dentro de plazo legal, se publicó el 6 de marzo de 2023, en el Boletín Oficial de Minería de Región de Antofagasta, sin que se haya deducido oposición a la misma, según certificación estampada en tal sentido por el Secretario Subrogante del Tribunal. CUARTO: Que, mediante O
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que, del análisis de los antecedentes que obran en estos autos, particularmente el mérito del informe técnico del Servicio Nacional de Geología y Minería, este Tribunal concluye que el procedimiento de constitución de concesión minera de explotación se encuentra ajustado a la Ley, por lo que es procedente acceder a lo solicitado. Y visto además, lo dispuesto en los artículos 41, 44 Nº 5, 81, 85, 87, 90, 114 y 239 del Código de Minería de 1983 y lo establecido en los artículos 15, 18, 42 y 94 de su Reglamento, Decreto Supremo Nº 1 de fecha 3 de enero de 1986 del Ministerio de Minería, publicado en el Diario Oficial, Edición Nº 32.709 de fecha 27 de febrero de 1987,
Fallo
SE DECLARA: Que, se aprueba el acta y plano de mensura de autos y se declara constituido el grupo de pertenencias mineras denominadas “PACHA 1, 1 AL 60”, con una superficie total de 296 hectáreas, ubicada en la Comuna de María Elena, Provincia de Tocopilla, Región de Antofagasta, en favor de JUAN CRISTÓBAL PELLEGRINI MUNITA, ya señalado. Extráctese la presente sentencia constitutiva al tenor de lo establecido en el artículo 90 del Código de Minería y publíquese éste en el Boletín Oficial de Minería de la Segunda Región. El interesado deberá obtener copia autorizada de la sentencia Código: RCXXXLXNXTR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl constitutiva, el original del plano y copia del acta de mensura para ser entregada por ésta o por quien la represente al Servicio Nacional de Geología y Minería. Inscríbase esta sentencia constitutiva y el acta de mensura en el Registro de Propiedad del Conservador de Minas de María Elena y remítase copia del plano al Conservador de Minas referido a fin de que proceda a su archivo en el Registro de Propiedad. Cumplida que sea la inscripción precedentemente ordenada, proceda el Conservador de Minas de María Elena a la anotación de aquélla al margen de la inscripción de la manifestación de autos respectiva, procediendo también al envío al Servicio Nacional de Geología y Minería de las copias que señala el artículo 106 del Código de Minería en la forma y tiempo establecidos en e
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Mar a Elenaí CAUSA ROL : V-698-2022 CARATULADO : PELLEGRINI/ María Elena, doce de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos: PRIMERO: Que, ha comparecido ante este Tribunal don JUAN CRISTÓBAL PELLEGRINI MUNITA, abogado, chileno, casado, RUN 13.241.669-9, domiciliado para estos efectos en Isidora Goyenechea N° 2939, piso N° 5, Las
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