1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

NAMUNCURA/FISCO DE CHILE - - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

Rol

O-1658-2023

Fecha

26 de abril de 2024

Materia

Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Comparece ante este tribunal doña BELEN ELIZABETH NAMUNCURA HUAIQUIFILO, cédula de identidad N° 18.531.923 - 7, Ejecutiva de Trazabilidad, domiciliada para estos efectos en Miraflores 113, oficina 51, comuna y ciudad de Santiago, y de conformidad a los artículos 3, 7, 8, 9, 162, 446 y siguientes del Código del Trabajo y demás aplicables en la especie, interpone demanda en procedimiento de aplicación general de despido injustificado y cobro de prestaciones laborales adeudadas, en contra del ex empleador FISCO DE CHILE, persona jurídica de derecho público, RUT 61.806.000-4, representado judicialmente por el Consejo de Defensa del Estado, RUT 61.006.000-5, representado a su turno por doña Ruth Israel López, abogada, cédula de identidad número 9.772.243-9, Abogada Procurador Fiscal de Santiago del Consejo de Defensa del Estado, o quien la subrogue para estos efectos, en su calidad de calidad de representantes legal del Servicio Regional Ministerial de Salud Metropolitano, subsecretaría que, al pertenecer a la administración centralizada del Estado, no goza de personalidad ni patrimonio propio, domiciliados para estos efectos en Agustinas número 1225, piso 4, comuna de Santiago. Funda su acción en los siguientes antecedentes de hecho y de derecho: Ingresó a prestar servicios para la demandada Seremi de Salud Metropolitana con fecha 09 de abril de 2021, cumpliendo funciones de “Ejecutiva de Trazabilidad”, percibiendo como última remuneración mensual para los efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, la suma de $1.324.000, según la última remuneración de sueldo. En cuanto a la jornada de trabajo era de lunes a viernes de 8:30 a 20:30 horas, con 01 hora de colación no imputable al horario laboral. Su contrato de trabajo era indefinido. El término de la relación laboral se produjo el 31 de diciembre 2022, al poner término a la relación laboral por vencimiento del plazo su ex empleadora. Cuestionó la causal de término señalando que su empleador le realizó cerc

Fundamentos

motivos plausibles para litigar; por lo que en definitiva solicita el rechazo de la demanda en todas sus partes con costas. Que, con fecha 12 de abril de 2023, se llevó a cabo la audiencia preparatoria de juicio, con la asistencia de todas las partes. Oportunidad que se fijaron los hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos a ser probados, se tuvo por frustrado el llamado a conciliación, fijándose día y hora para la audiencia de juicio. Que, con fecha 16 de octubre de 2023, se efectuó audiencia de juicio, con la asistencia de todas las partes, ocasión en que rindieron las pruebas ofrecidas, efectuándose las observaciones a la prueba y alegatos finales, quedando la causa en estado de dictarse sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en audiencia preparatoria de juicio, se fijaron los siguientes hechos no controvertidos: 1. Existencia de relación laboral entre las partes 2. Fecha de inicio el 9 abril de 2021 3. Que fue contratada como ejecutiva de trazabilidad 4. Que su remuneración era de $1.324.000 5. Que el día 31 de diciembre de 2022 fue despedida por causal del artículo 159 n° 4 del Código del Trabajo, esto es vencimiento del plazo SEGUNDO: Que, en audiencia preparatoria de juicio, se fijaron los siguientes hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos: 1. Contenido de la carta de despido, procedencia de la causal invocada 2. Naturaleza de él o los contratos o anexos celebrados entre las partes, continuidad de los servicios prestados por la actora 3. Efectividad que las partes suscribieron finiquito, contenido de él o de ellos 4. Efectividad de haberse otorgado o compensado el o los feriados que correspondieren TERCERO: Que, en audiencia de juicio, la parte demandada se valió de la siguiente prueba: Documental, legalmente incorporada y no objetada de contrario, consistente en: 1. Contrato de trabajo de 15 de abril y sus anexos. 2. Carta de aviso de término de contrato de trabajo de 30 de diciembre de 2022. 3. Finiquito de 30 de marzo de 2022, suscrito por ambas partes. 4. Comprobante de ingreso de carta de aviso de término de contrato de trabajo a la Dirección del Trabajo de 6 de enero de 2023. 5. Informe Hoja de Vida de la demandante. La parte demandada solicita incorporar prueba nueva. ( Finiquito suscrito por la demandante con fecha 21 de abril de 2023 (folio 37). Se da traslado a la demandante. El tribunal resuelve: se admite la incorporación. Testimonial La parte demandada se valió de la declaración del siguiente testigo, cuya individualización y declaración consta íntegramente en audio. 1. Camilo Ignacio Moya Castro, cédula de identidad N° 18.907.185-K, Encargado Estrategia Trazabilidad, domiciliado para estos efectos en Manuel Rodríguez Sur N°21, piso 2, Santiago. CUARTO: Que, en audiencia de juicio, la parte demandante se valió de la siguiente prueba: Documental, legalmente incorporada y no objetada de contrario, consistente en: 1. 2 contrato individual de trabajo de fecha 15 de abril de 2021 y 29 de noviembre de 2

Fallo

fallo sobre recurso de nulidad, causa Rol 34-2021 de fecha 14 de abril de 2021, y que se encuentra firme y ejecutoriado atendido el rechazo del recurso de unificación por inadmisibilidad de fecha 19 de octubre de 2021 en el rol 32.748-2021 de la Excelentísima Corte Suprema. Las partes suscribieron Contrato de Trabajo por Alerta Sanitaria con fecha 15 de abril de 2021, con vigencia desde el 9 de abril hasta el 31 de mayo, Prorrogado hasta el 30 de noviembre de 2021 por anexo de fecha 21 de septiembre, cuyo finiquito se encuentra leído, ratificado y firmado el día 20 de junio de 2022, sin reserva de derechos, ante la 35° Notaría de Santiago. Luego las partes según certificado de relación de servicio suscribieron un nuevo contrato de trabajo, en virtud del cual se inició su relación laboral el 1° de diciembre de 2021. Su vigencia fue pactada originalmente hasta el 31 de diciembre de 2021. Posteriormente, el demandante y esta Autoridad Sanitaria Regional suscribieron los siguientes anexos de contrato, por medio de los cuales las partes manifiestan su decisión de Prorrogar el contrato celebrado: - Anexo de fecha 3 de enero de 2022, donde se Prórroga el contrato hasta el 31 de marzo de 2022. - Anexo de fecha 31 de marzo de 2022, donde se Prórroga el contrato hasta el 30 de junio de 2022. - Anexo de fecha 1° de julio de 2022, donde se Prórroga el contrato hasta el 30 de septiembre de 2022. - Anexo de fecha 5 de octubre de 2022, donde se Prórroga el contrato hasta el 31 de octubre d

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veintiséis de abril de dos mil veinticuatro. Vistos: Comparece ante este tribunal doña BELEN ELIZABETH NAMUNCURA HUAIQUIFILO, cédula de identidad N° 18.531.923 - 7, Ejecutiva de Trazabilidad, domiciliada para estos efectos en Miraflores 113, oficina 51, comuna y ciudad de Santiago, y de conformidad a los artículos 3, 7, 8, 9, 162, 446 y sigui

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