ENEL DISTRIBUCION CHILE S.A./CEPEDA
Rol
C-1838-2023
Fecha
8 de febrero de 2024
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 03 de febrero de 2023, don Felipe Andr Contreras Carrasco,é abogado, mandatario judicial y en representaci n de Enel Distribuci n Chile S.A,ó ó persona jur dica del giro de distribuci n y venta de energ a el ctrica, representadaí ó í é legalmente por don Carlos Andres Freude Moreno, abogado, ambos domiciliados en Hu rfanos N 886, oficina 1211, Santiago, deduce demanda en juicio ordinario de cobroé ° de pesos en contra de don Williams Cepeda Beltr n, de qui n ignora profesi n u oficio,á é ó domiciliado en La Rioja N 4906, comuna de Renca, Santiago.° Funda su demanda en que su representada otorg servicios de energ a el ctrica aló í é demandado, respecto del inmueble ubicado en La Rioja N 4906, comuna de Renca,° Santiago y que hasta la fecha no ha pagado lo correspondiente, constando en la Boleta Electr nica N 290473102, N de Cliente 803451, con fecha de vencimiento 27 deó º º diciembre de 2022 por la suma de $5.530.888.- Expresa que el suministro de energ a el ctrica se efectu sin reclamo alguno porí é ó la parte demandada, m s mantiene impaga la deuda impaga del servicio prestado.á En definitiva solicita se condene al demandado antes individualizado al pago de $5.530.888.-, m s intereses, reajustes y costas.á Con fecha 03 de mayo de 2023, se tuvo por contestada la demanda en rebeld a.í Con fecha 11 de octubre de 2023, se efectu el llamado a conciliaci n sin queó ó prosperara dej ndose expresa constancia de ello en autos.á Con fecha 12 de octubre de 2023, se recibi la causa a prueba rindi ndose la queó é consta en autos. Con fecha 10 de enero de 2024, se cit a las partes a o r sentencia.ó í
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1 ) Que con fecha 03 de febrero de 2023, don Felipe Andr Contreras Carrasco,° é abogado, mandatario judicial y en representaci n de Enel Distribuci n Chile S.A,ó ó persona jur dica del giro de distribuci n y venta de energ a el ctrica, representadaí ó í é legalmente por don Carlos Andres Freude Moreno, abogado, ambos domiciliados en Hu rfanos N 886, oficina 1211, Santiago, deduce demanda en juicio ordinario de cobroé ° Código: VWDSXLDYZXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1838-2023 Foja: 1 de pesos en contra de don Williams Cepeda Beltr n, de qui n ignora profesi n u oficio,á é ó domiciliado en La Rioja N 4906, comuna de Renca, Santiago conforme a los° fundamentos de hecho y derecho rese ados en la parte expositiva, y en definitiva solicitañ se condene al demandado ya individualizado, al pago de $5.530.888 m s intereses,á reajustes y costas. 2 ) Que, pese a encontrarse v lidamente emplazado el demandado en autos, ste° á é no compareci ni rindi probanza alguna.ó ó 3 ) Que, el art culo 1698 del C digo Civil dispone que incumbe probar las° í ó obligaciones o su extinci n al que alega aquellas o sta.ó é 4 ) Que, conforme lo anterior, correspond a al actor acreditar la existencia cuyo° í cobro se pretende en estos autos. Al efecto acompa Boleta Electr nica N 290473102, N de Cliente 803451, conñó ó º º fecha de vencimiento 27 de diciembre de 2022, emitida por Enel Distribuci n Chile S.Aó que informa deuda pendiente por $5.530.888.- respecto de la propiedad ubicada en La Rioja N 4906, comuna de Renca,, Santiago, asociada al nombre de don Luis Williams° Cepeda Beltr n, no objetado por la contraria.á 5 ) Que, de la prueba antes enunciada y analizada, fluye que se encuentra° acreditada la obligaci n que la actora pretende en estos autos.ó 6 ) Que, no habi ndose alegado ni acreditado que la demanda se haya efectuado° é el pago de la suma antes referida, no cabe sino acoger la demanda por el monto demandado. 7 ) Que, de los dem s antecedentes en nada alteran lo concluido° á precedentemente.
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo adem s presente lo dispuesto por losá art culos 1545 y 1546 del C digo Civil, y 144,160,170 254 y siguientes, 262 y 426 delí ó C digo de Procedimiento Civil y la ley 18.933ó SE DECLARA: Que se acoge la demanda de fecha 03 de febrero de 2023 en todas sus partes, co costas. Reg strese, notif quese y en su oportunidad arch vense.í í í Pronunciada por do a Claudia Donoso Niemeyer, Juez Titular; Autorizada por donñ Erwin C rdenas Jofr , Secretario Subroganteá é Código: VWDSXLDYZXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1838-2023 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, ocho de Febrero de dos mil veinticuatro Código: VWDSXLDYZXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-02-08T10:58:26-0300
Texto Completo (Preview)
C-1838-2023 Foja: 1 FOJA: 24 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1838-2023 CARATULADO : ENEL DISTRIBUCION CHILE S.A./CEPEDA Santiago, ocho de Febrero de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 03 de febrero de 2023, don Felipe Andr Contreras Carrasco,é abogado, mandatario judicial y en representaci n de Enel Distribuci n Chile S.A,ó ó persona
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