HERRERA/
Rol
V-67-2023
Fecha
7 de febrero de 2024
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 12 de abril de 2023, a folio N 1, compareci la abogada do a ° ó ñ CATALINA DE LOS ANGELES FUENTES QUINTEROS en representaci n de ó don JOHN JES S HERRERA GONZ LEZ, Ú Á trabajador dependiente, domiciliado en Pasaje Ignacio de Loyola N 1086, Villa San Benito, comuna de Rengo, quien solicit se° ó autorice el cambio de su apellido paterno HERRERA“ ”, y se sustituya por “CRIS STOMOÓ ”, quedando en definitiva su nombre y apellidos como JOHN“ JES S CRIS STOMO GONZ LEZÚ Ó Á ”. Fund su solicitud se alando que, producto de una relaci n ocasional entre susó ñ ó padres, don NO JES S HERRERA ROJAS y do a MAR A ISABEL DEL CARMENÉ Ú ñ Í GONZ LEZ GONZ LEZ, su representado naci el d a 17 de enero de 2003,Á Á ó í inscribi ndose el nacimiento bajo el n mero 52 del a o 2003 en la circunscripci n deé ú ñ ó Rengo del Servicio de Registro Civil e Identificaci n.ó Agreg que, la madre biol gica de su representado manten a una relaci n deó ó í ó conviviente con don VITALIANO SEGUNDO CRIS STOMO VERA, de la cualÓ nacieron 3 hijos en com n, siendo su representado, un hijo nacido producto de unaú infidelidad por parte de su madre. Expuso que, desde el nacimiento de su representado, don VITALIANO SEGUNDO CRIS STOMO VERA se hizo cargo de la crianza de ste, haci ndoloÓ é é parte de la familia que manten a con MAR A ISABEL DEL CARMEN GONZ LEZí Í Á GONZ LEZ, entreg ndole todo lo que un infante necesita para su completo desarrollo.Á á Indico que, el padre biol gico de su representado, don NO JES S HERRERAó É Ú ROJAS, nunca fue un padre presente en su desarrollo, s lo asist a aproximadamente unaó í vez al mes a su domicilio a entregar una suma desconocida de dinero a la madre de este, y as aportar con los gastos.í Mencion que, su representado a los 15 a os aproximadamente tomoó ñ conocimiento que su padre biol gico era don NO JES S HERRERA ROJAS, por loó É Ú que, todo el tiempo que este visito su domicilio, nunca tuvo una relaci n de paternidadó con el mismo. Relat que, as fue como
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con el objeto de acreditar sus asertos el solicitante acompa añó los presentes autos las siguientes probanzas: 1) Certificado de nacimiento del solicitante de fecha 11 de enero de 2023; 2) Certificado de defunci n de don No Herrera Rojas deó é fecha 12 de enero de 2023; 3) Certificado de defunci n de do a Mar a Gonz lezó ñ í á Gonz lez de fecha 12 de enero de 2023; á Código: DTNQXLTRXYQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEGUNDO: Que, el art culo 1 de la Ley 17.344, dispone que í ° “Toda persona tiene derecho a usar los nombres y apellidos con que haya sido individualizada en su respectiva inscripción de nacimiento. Sin perjuicio de los casos en que las leyes autorizan la rectificación de inscripciones del Registro Civil, o el uso de nombres y apellidos distintos de los originarios a consecuencia de una legitimación, legitimación adoptiva o adopción, cualquiera persona podr á solicitar, por una sola vez, que se la autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en los casos siguientes: a) Cuando unos u otros sean ridículos, risibles o la menoscaban moral o materialmente. b) Cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios, y c) En los casos de filiación no matrimonial o en que no se encuentre determinada la filiación, para agregar un apellido cuando la persona hubiera sido inscrita con uno solo o para cambiar uno de los que se hubieren impuesto al nacido, cuando fueren iguales. En los casos en que una persona haya sido conocida durante más de cinco años, con uno o más de los nombres propios que figuran en su partida de nacimiento, el titular podr á solicitar que se supriman en la inscripción, en la de su matrimonio y en las de nacimiento y en las de nacimiento de sus descendientes menores de edad, en su caso, el o los nombres que no hubieren usado...” TERCERO: Que, del an lisis de los antecedentes aportados por el solicitante yá el oficio de respuesta del Registro Civil e Identificaci n, permite tener por acreditadoó que el solicitante fue inscrito bajo el N mero 52, del a o 2003, de la circunscripci n deú ñ ó Rengo, con el nombre civil de JOHN JES S HERRERA GONZ LEZÚ Á , nacido el 17 de enero de 2003, consign ndose en el rubro correspondiente á al padre a don No Jes sé ú Herrera Rojas, y en el correspondiente a la madre a do a ñ Mar a Isabel del Carmení Gonz lez Gonz lez.á á CUARTO: Que, del informe del Registro Civil rolante a folio 5, consta adem sá que en la referida inscripci n de nacimiento, a la fecha de la revisi n de la misma en laó ó base de datos computacional del Servicio, consta subinscripci n de Cuidado Personaló Judicial, por sentencia de fecha 1 de junio de 2018, del Juzgado de Familia de Rengo, mediante la cual otorg el Cuidado Personal del menor a don Vitaliano Segundoó Cris stomo Vera, practicada con fecha 20 de jun
Fallo
Por tanto, es evidente que ha sufrido un grave menoscabo al llevar en su nombre el apellido de su padre biol gico, el cual nunca vio como su figura paterna ni gener lazosó ó con este, haci ndolo constantemente pensar que l es distinto a todos sus hermanos poré é no llevar el mismo apellido. Con fecha 12 de mayo de 2023, a folio 5, se recibi informe N 2073, emitido poró ° el Servicio de Registro Civil e Identificaci n.ó Con fecha 17 de agosto de 2023, a folio 10, se rindi informaci n sumaria deó ó testigos. Con fecha 18 de noviembre de 2023, a folio 12, se acompa publicaci n de lañó ó solicitud de autos en el ejemplar N 43.690 del Diario Oficial de Chile de fecha 2 de° noviembre de 2023. Con fecha 18 de diciembre de 2023, a folio 17, se certific por el Secretarioó Subrogante de este Tribunal, que no existe oposici n alguna de terceros en autos, conó respecto a la solicitud de cambio de nombre de conformidad al art culo 2 de la Leyí 17.344. Con fecha 8 de enero de 2024, a folio 19, qued la presente causa en estado deó autos para fallo. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con el objeto de acreditar sus asertos el solicitante acompa añó los presentes autos las siguientes probanzas: 1) Certificado de nacimiento del solicitante de fecha 11 de enero de 2023; 2) Certificado de defunci n de don No Herrera Rojas deó é fecha 12 de enero de 2023; 3) Certificado de defunci n de do a Mar a Gonz lezó ñ í á Gonz lez de fecha 12 de enero de 2023; á Código: DTNQXLTRXYQ Este d
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Rengoº CAUSA ROL : V-67-2023 CARATULADO : HERRERA/ Rengo, siete de Febrero de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 12 de abril de 2023, a folio N 1, compareci la abogada do a ° ó ñ CATALINA DE LOS ANGELES FUENTES QUINTEROS en representaci n de ó don JOHN JES S HERRERA GONZ LEZ, Ú Á trabajador dependiente, domiciliado en Pasaje Igna
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