Juzgado de Letras del Trabajo de Los Angeles

SEPÚLVEDA/DEMARCO S.A.

Rol

T-122-2023

Fecha

26 de abril de 2024

Materia

Art. 19 Nº 16 CPR. Libertad de Trabajo y su protección, Costas, Daño moral, Despido injustificado, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia de juicio en procedimiento de tutela de derechos fundamentales en los antecedentes Rit N° T-122-2023, compareciendo don ALEJANDRO ALBERTO SEPÚLVEDA SANHUEZA, domiciliado en calle María Luisa Bombal número 1146 de la población Escritores de Chile de esta ciudad, asistido en juicio por el abogado don Cristian Toro Espinoza; y la demandada DEMARCO S.A., persona jurídica del rubro de recolección de desechos y representaciones industriales, representada por don Pablo Ormeño Gallegos, jefe de sucursal, ambos domiciliados en avenida Las Industrias Ruta Cinco Sur, kilómetro 510, bodega número 8 de esta comuna, asistida en juicio por el abogado don José Antonio Gómez Masses.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Alejandro Alberto Sepúlveda Sanhueza interpuso demanda en procedimiento de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales y, en subsidio, dedujo demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones laborales en contra de Demarco S.A., representada por don Pablo Ormeño Gallegos, solicitando en definitiva se haga lugar a la misma y se declare: a) Que se acoge la denuncia de autos interpuesta en contra de la denunciada, declarándose en consecuencia la existencia de vulneración de sus garantías fundamentales con ocasión de su autodespido, las cuales están amparadas en el artículo 489 del Código del Trabajo. b) Y que, en definitiva, se condene a la demandada a pagarle: b.1) Por concepto de tutela de derechos fundamentales, once remuneraciones, equivalentes a $15.250.334. b.2) Por concepto de daño moral la suma de $20.000.000.- b.3) Por indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $776.488.- b.4) Recargo del treinta por ciento en conformidad al artículo 168 del Código del Trabajo, por ser el despido injustificado a todas luces, lo que asciende a la cantidad de $2.562.410.- b.5) Restitución del descuento en la Administradora de Fondos de Cesantía $1.421.779.- b.6) Los demás intereses, reajustes, multas y costas que procedan en conformidad a la normativa y el mérito del proceso b.7) Que, en subsidio se condene a la demandada a pagar las sumas mayores o menores respecto a los conceptos, indemnizaciones y recargos que el Tribunal determine de conformidad al mérito del proceso y razones de equidad. b.8) Que las sumas anteriormente señaladas deberán ser pagadas debidamente reajustadas y con intereses. b.9) Que, se ordene el registro de la sentencia condenatoria en el Registro de Condenas de la Dirección del Trabajo de conformidad a lo prevenido en inciso final del artículo 495 del Código del Trabajo. b.10) Se inhabilite a la referida sociedad a contratar con empresas del estado, en los términos del artículo 4 de la ley 19.886. b.11) Que se condena en costas a la demandada. En subsidio, pide tener por interpuesta demanda de despido injustificado y cobro prestaciones laborales, solicitando en definitiva dar lugar a las siguientes prestaciones: a) Declarar que su despido es injustificado e improcedente. b) Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $776.488.- c) Daño moral causado por el incumplimiento de la obligación de protección y seguridad de los trabajadores, ascendente a $20.000.000.- d) Recargo del 30 % en conformidad al artículo 168 del Código del Trabajo, por ser el despido injustificado a todas luces, la que asciende a la suma de 2.562.410. e) Recargo del treinta por ciento en conformidad al artículo 168 del Código del Trabajo, por ser el despido injustificado a todas luces, lo que asciende a la cantidad de $2.562.410.- f) Restitución del descuento en la Administradora de Fondos de Cesantía $1.421.779.- g) Que se condene en costas a la demanda en caso de oposición. h)

Fallo

por tanto, no sólo a los poderes públicos, sino también a los sociales, desarrollando así una eficacia horizontal o pluridireccional. Expone que se infringieron incluso las normas que prohíben un trato discriminatorio y aseguran a ser tratados en forma igualitaria a todos los ciudadanos y habitantes de la República, más cuando se le obligó a concurrir a un Centro de Salud y pagado por su patrimonio negándole la atención de la Mutualidad y faltando el empleador a su deber de protección y cuidado establecido en el artículo 184 del Código del Trabajo. Señala que en dicho sentido, se debe tener presente que el desarrollo del contrato de trabajo debe ser ejercitado con respeto a las garantías constitucionales de igualdad ante la ley y la protección en el ejercicio de sus derechos contemplados en los números 2 y 3 del artículo 19 de la Carta Fundamental exigibles a todos en conformidad al artículo 6, más tomando en consideración el accidente sufrido. Indica que dicha relación laboral ha vulnerado su integridad física y psíquica, garantía consagrada en el número 1 del artículo 19 de la Carta Magna. Ejemplo de ello, es que producto de los hechos que rodearon nuestra relación laboral, sufrió y aún sigue sufriendo malestares físicos y psíquicos lo que a todas luces influye en su vida personal hasta el día de hoy, todo ello como consecuencia de la conducta desplegada por su empleador. Agrega que asimismo, implica una falta grave a los derechos irrenunciables que como trabajador le a

Texto Completo (Preview)

Los Ángeles, veintiséis de abril de dos mil veinticuatro.      VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia de juicio en procedimiento de tutela de derechos fundamentales en los antecedentes Rit N° T-122-2023, compareciendo don ALEJANDRO ALBERTO SEPÚLVEDA SANHUEZA, domiciliado en calle María Luisa Bombal número 1146 de la población Escritores de Chile de esta ciudad, asistido en jui

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica