4º Juzgado Civil de Santiago

SCOTIABANK CHILE S. A./REYES

Rol

C-11702-2023

Fecha

5 de febrero de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1 comparece el abogado Roberto Grant del R o, mandatarioí judicial de SCOTIABANK CHILE, sociedad an nima bancaria, cuyo gerenteó general es Diego Patricio Masola, todos con domicilio en Avenida Costanera Sur N 2710, Torre A, piso 23, comuna de Las Condes, e interpone demandaº ejecutiva en contra de VICTOR MANUEL D AZ LE N, ignora profesi n uÍ Ó ó oficio, domiciliado en Pinto El Greco N 4702, comuna de Pedro Aguirre Cerda,° solicitando que se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contraó por la cantidad de $35.605.488, m s intereses y costas.á Manifiesta que su representada es due a de los siguientes pagar s:ñ é 1) Pagar N é ° 710113112872, suscrito por la suma de $15.645.281 por concepto de capital, que ste se oblig a pagar en 48 cuotas mensuales yé ó sucesivas a partir del 5 de mayo de 2021. Afirma que se estableci en el pagar que el simple retardo en el pago deó é todo o parte de una cualquiera de las cuotas, o en el evento de la terminaci n deló contrato de trabajo del deudor vigente a la fecha de suscripci n del pagar ,ó é facultar a al acreedor a exigir el pago ntegro de la suma adeudadaí í consider ndose la obligaci n como de plazo vencido, capitaliz ndose los interesesá ó á devengados y no pagados. Advierte que el demandado no ha pagado desde la cuota N 20, que° venc a el 5 de diciembre de 2023, en adelante.í 2) Pagar a la vista N é ° 710137578864, suscrito en representaci n deló demandado, por la suma de $537.136, emitido el 4 de julio de 2023, en el que se liber al acreedor de la obligaci n de protesto, el cual a la fecha no ha sidoó ó solucionado. 3) Pagar a la vista N é ° 10137578856, suscrito en representaci n deló demandado, por la suma de $525.005, emitido el 4 de julio de 2023, en el que se liber al acreedor de la obligaci n de protesto, el cual a la fecha no ha sidoó ó solucionado. Código: XXSJXLCXDVP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 4) Pagar a la vist

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Scotiabank Chile solicit y obtuvo que se despacharaó mandamiento de ejecuci n y embargo en contra de Randy Moore Reyes Ruiz, enó raz n de los pagar s que invoca al efecto.ó é SEGUNDO: Que la parte ejecutada opuso las excepciones que a continuaci n se pasan a explicar.ó En primer lugar, la de falsedad, sustentada en que no ha conferido mandato al actor para que este, obrando en su nombre a trav s del apoderadoé Sebasti n Rammsy Cruz, suscriba los pagar s 2), 3) y 4) presentados a cobro. á é Y, en segundo lugar, la referida a la falta de requisitos del t tulo paraí detentar m rito ejecutivo, basada en que la autorizaci n notarial de la firmaé ó estampada en los pagar s que se cobran en autos, no se hizo ajust ndose a laé á forma que prescribe la ley, dado que el ministro de fe no habr a corroborado queí la r brica consignada en el t tulo fuera efectivamente la de su suscriptor, seg nú í ú dispone el N 10 del art culo 401 del C digo Org nico de Tribunales, por lo que° í ó á tal autorizaci n no ha tenido la virtud de conferir m rito ejecutivo a dichoó é documento. Código: XXSJXLCXDVP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TERCERO: Que la parte ejecutante, sobre la primera alegaci n, indicó ó que los t tulos cuyo pago reclama no adolecen de adulteraciones oí de suplantaci nó de personas en cuanto a su suscripci n. Respecto a la segunda defensa, adujo laó improcedencia f ctica y jur dica de la misma. á í CUARTO: Que la excepci n de falsedad del t tulo concurre en los casosó í en que el documento proviene de un autor diverso a quien lo emite, o bien en que fue enmendado o alterado. QUINTO: Que recayendo sobre el ejecutado la carga de acreditar que el mandato en virtud del cual se suscribieron tres de los cuatro pagar s presentado aé cobro en este juicio, no fue suscrito por l, deviniendo as los t tulos en falsos,é í í cabe se alar que no rindi probanza alguna que permita corroborar, o al menosñ ó hacer presumible, dicha hip tesis. Por consiguiente, no apareciendo desvirtuada laó presunci n de autenticidad de que gozan los pagar s fundantes de esta ejecuci n,ó é ó y que proviene de la actuaci n notarial exigida en el inciso segundo del numeraló cuarto del art culo 434 del C digo de Procedimiento Civil, cumplidaí ó satisfactoriamente en autos, la alegaci n de falsedad esgrimida por el demandadoó ser desestimada. á SEXTO: Que trat ndose de la segunda excepci n opuesta es precisoá ó recordar que el art culo 425 del C digo Org nico de Tribunales expresa que í ó á “Los notarios podr n autorizar las firmas que se estampen en documentos privados,á siempre que den fe del conocimiento o de la identidad de los firmantes .” Adem s, conviene recalcar que el concepto á “autorizaci n notarialó debe ser” entendido en su sentido procesal, como expresi n t cnica, conforme al art culo 21ó é í del C digo Civil, como legalizaci n que pone el escribano en alguna escritura oó ó instrum

Fallo

se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibi laó causa a prueba en lo pertinente. A folio 33 se cit a las partes para o r sentencia. ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Scotiabank Chile solicit y obtuvo que se despacharaó mandamiento de ejecuci n y embargo en contra de Randy Moore Reyes Ruiz, enó raz n de los pagar s que invoca al efecto.ó é SEGUNDO: Que la parte ejecutada opuso las excepciones que a continuaci n se pasan a explicar.ó En primer lugar, la de falsedad, sustentada en que no ha conferido mandato al actor para que este, obrando en su nombre a trav s del apoderadoé Sebasti n Rammsy Cruz, suscriba los pagar s 2), 3) y 4) presentados a cobro. á é Y, en segundo lugar, la referida a la falta de requisitos del t tulo paraí detentar m rito ejecutivo, basada en que la autorizaci n notarial de la firmaé ó estampada en los pagar s que se cobran en autos, no se hizo ajust ndose a laé á forma que prescribe la ley, dado que el ministro de fe no habr a corroborado queí la r brica consignada en el t tulo fuera efectivamente la de su suscriptor, seg nú í ú dispone el N 10 del art culo 401 del C digo Org nico de Tribunales, por lo que° í ó á tal autorizaci n no ha tenido la virtud de conferir m rito ejecutivo a dichoó é documento. Código: XXSJXLCXDVP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TERCERO: Que la parte ejecutante, sobre la primera alegaci n, indicó ó que los t tulos cuyo pago reclama no adolecen d

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-11702-2023 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./REYES Santiago, cinco de febrero de dos mil veinticuatro VISTO: A folio 1 comparece el abogado Roberto Grant del R o, mandatarioí judicial de SCOTIABANK CHILE, sociedad an nima bancaria, cuyo gerenteó general es Diego Patricio Masola, todos con domicilio en Avenida Co

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