PER MARMOLEJO SPA/
Rol
V-50-2023
Fecha
5 de febrero de 2024
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, de fecha 04 de Septiembre de 2023, comparece doña DANIELA PAZ SANTIDRIAN SALAS, chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad N° 17.023.129-5, en representación, según se acreditará, de la sociedad PER MARMOLEJO SpA, sociedad chilena del giro industrial y generación de energía eléctrica, rol único tributario N° 77.677.412-K, ambas domiciliadas para estos efectos en Avenida Pedro de Valdivia N° 273, oficina 506, comuna de Providencia, provincia de Santiago, Región Metropolitana, y señala que, habiendo efectuado trabajos de prospección minera en terrenos abiertos e incultos en la comuna de Bulnes, provincia de Diguillín, región del Ñuble, su representada ha encontrado sustancias mineras concesibles, por lo cual, y en la calidad que inviste, viene en solicitar un pedimento que su representada denominará “EL VECINO I”. A folio 8, de fecha 29 de Noviembre de 2023, se remite informe favorable del SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGÍA Y MINERÍA, en adelante,SERNAGEOMÍN. A folio 11 se dejaron los autos para fallo.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: A folio 1, de fecha 04 de Septiembre de 2023, comparece doña DANIELA PAZ SANTIDRIAN SALAS, chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad N° 17.023.129-5, en representación, según se acreditará, de la sociedad PER MARMOLEJO SpA, sociedad chilena del giro industrial y generación de energía eléctrica, rol único tributario N° 77.677.412-K, ambas domiciliadas para estos efectos en Avenida Pedro de Valdivia N° 273, oficina 506, comuna de Providencia, provincia de Santiago, Región Metropolitana, y señala que, habiendo efectuado trabajos de prospección minera en terrenos abiertos e incultos en la comuna de Bulnes, provincia de Diguillín, región del Ñuble, su representada ha encontrado sustancias mineras concesibles, por lo cual, y en la Código: XRSGXLWFXVP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl calidad que inviste, viene en solicitar un pedimento que su representada denominará “EL VECINO I”. SEGUNDO: Que a folio 4 se certifica por el ministro de fe del Tribunal, que la solicitud de pedimento minero, fue ingresada el día 04 de Septiembre de 2023, a las 10:19:08 horas. TERCERO: Que a folio 5, se acompañan documentos consistentes en: 1. Comprobante de Tesorería, que acredita pago de la tasa del pedimento. 2. Comprobante de Tesorería, que acredita el pago de la patente proporcional establecida en el artículo 144 del Código de Minería. 3. Copia autorizada de la inscripción del pedimento en el Registro de Descubrimientos, a fojas 73 número 25 del año 2023 del Conservador de Minas de Bulnes. 4. Ejemplar del Boletín Oficial de Minería, número 43.660 de fecha 25 de septiembre de 2023, en el cual consta la publicación electrónica de la inscripción del pedimento indicado en el número 3 precedente. 5. Plano en el que se señala la configuración de la concesión de exploración, las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices, y la relación en rumbo y distancia del vértice 1 con el Punto Medio indicado en el pedimento. CUARTO: Que a folio 5, se remite informe del Servicio Nacional de Geología y Minería, el cual es favorable, en cuanto a los aspectos técnicos relacionados con la Solicitud y Plano de la referida concesión, encontrándose conforme con las disposiciones legales vigentes, toda vez que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y ésta queda comprendida dentro del terreno pedido; QUINTO: El pedimento solicitado tendrá la forma de un cuadrado, cuyos lados orientados de Norte-Sur UTM. medirán 1.000,00 metros, y los lados orientados en la dirección Este-Oeste UTM. medirán 1.000,00 metros, cortándose sus diagonales en el Punto Medio ya individualizado, encerrando una superficie total de 100 hectáreas. SEXTO: Que las coordenadas U.T.M. del Punto Medio (P.M.) y de los vértices del perímetro de la cara superior del pedimento “EL VECINO I”, referidas al Elipsoide de Referencia Internacional 1924,
Fallo
Por tanto, en mérito de los antecedentes y documentos acompañados, informe favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería, y lo dispuesto en los artículos 42, 43, 44, 57 y siguientes del Código de Minería, se resuelve: APRUÉBASE el plano, y queda CONSTITUIDA la concesión de exploración denominada “EL VECINO I”, en favor de PER MARMOLEJO SpA., sobre terrenos abiertos e incultos ubicados en la comuna de Bulnes, provincia de Diguillín, región del Ñuble, cuyas coordenadas U.T.M.: Norte 5.927.971,00 metros y Este 755.964,00 metros, referidas al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Sudamericano La Canoa de 1956, Zona 19 S. El pedimento solicitado tendrá la forma de un cuadrado, cuyos lados orientados de Norte-Sur UTM. medirán 1.000,00 metros, y los lados orientados en la dirección Este-Oeste UTM. medirán 1.000,00 metros, cortándose sus diagonales en el Punto Medio ya individualizado, encerrando una superficie total de 100 hectáreas. Extráctese la presente sentencia constitutiva tal como lo estipula el artículo 90 del Código de Minería y publíquese en forma legal. Remítase la presente sentencia con firma electrónica avanzada, al Servicio Nacional de Geología y Minería, mediante correo electrónico. Anótese y regístrese en el portal de tramitación electrónica, notifíquese y archívese en su oportunidad. Resolvió doña CLAUDIA AGUAYO DOLMESTCH, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Bulnes, cinc
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Bulnes CAUSA ROL : V-50-2023 CARATULADO : PER MARMOLEJO SpA/ Bulnes, cinco de Febrero de dos mil veinticuatro. VISTO: A folio 1, de fecha 04 de Septiembre de 2023, comparece doña DANIELA PAZ SANTIDRIAN SALAS, chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad N° 17.023.129-5, en representación, según se acreditará, de la s
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