Juzgado de Letras de Tomé

RIVERO/

Rol

V-114-2023

Fecha

5 de febrero de 2024

Materia

CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1 .-º Que con fecha 29 de septiembre del 2023, se presenta don VICTOR MANUEL ZARATE FUENTEALBA, auxiliar de servicios, RUT N 8.698.557-8,° domiciliado en Las Carabelas N 1059, Bellavista, Tom , solicitando se declare el° é extrav o del VALE VISTA, N de operaci n 0300-00972521533, tomado a nombreí ° ó de GLORIA JACQUELINE RIVERO BADILLA el 21 de septiembre de 2023, por un capital de $ 24.000.000.- (veinticuatro millones de pesos) del Banco del Estado, Sucursal Tom . é Funda la solicitud, en que el viernes 22 de septiembre del a o en curso,ñ celebrar an un contrato de compraventa de un bien inmueble con do a GLORIAí ñ JACQUELINE RIVERO BADILLA y su hermana do a CARMEN ROSAñ RIVERO BADILLA, por tal motivo, tom un Vale Vista el cual pasa a detallar.ó Que, el Banco Estado de Chile, sucursal Tom , domiciliado en Ignacio Serrano Né ° 1102, comuna de Tom , emiti el siguientes documento, el cual se encuentraé ó extraviado: VALE VISTA, N de operaci n 0300-00972521533, tomado a nombre° ó de GLORIA JACQUELINE RIVERO BADILLA el 21 de septiembre de 2023, por un capital de $ 24.000.000 (veinticuatro millones de pesos), folio N 008224034.° Agrega, que al salir del Banco Estado sucursal Tom , luego de tomar este Valeé Vista, su hija quien portaba dicho documento bancario, fue abordada por antisociales quienes le robaron la cartera en la cual portaba el Vale Vista individualizado, de lo cual dio oportuno aviso a la entidad financiera, el mismo d a,í es decir, el 21 de septiembre de 2023. Que la denuncia por el robo del Vale Vista se registra en el Parte N 1519 de Carabineros de Chile, Primera Comisaria de° Tom . Que dicho vale vista, jam s fue entregado a la beneficiaria, ya que elé á contrato que se pretend a celebrar no se pudo llevar a cabo, por lo que hoy se ve ení la necesidad de solicitar al tribunal la reconstituci n del documento bancarioó individualizado. El art. 88 y siguientes de la ley 18.092, complementado con la ley 18.552 contempla una gesti n voluntaria que las personas deben seguir en el casoó de hallarse en la situaci n descrita para el caso de extraviar los t tulosó í Código: HXDVXLXHVSP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 individualizados, es as , que considerando que el certificado de dep sito extraviadoí ó es un documento necesario para ejercer el derecho literal expresado en el mismo, resulta del todo necesario solicitar que se declare el extrav o de los instrumentosí individualizados anteriormente, y que se le autorice para ejercer los derechos que le corresponden para su reconstituci n, raz n por la cual realiza esta gesti n. Poró ó ó tanto, en m rito de lo expuesto, y seg n lo dispone el art. 88 y siguientes de la leyé ú 18.092, la ley 18.552, y dem s disposiciones legales que sean procedentes; Ruega seá acceda a lo solicitado, esto es: 1- Que se declare el extrav o de los instrumentosí individualizados en el cuerpo de la presentaci n. 2- Se orden al B

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Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Tomé CAUSA ROL : V-114-2023 CARATULADO : RIVERO/ Tome, cinco de Febrero de dos mil veinticuatro VISTOS Y CONSIDERANDO: 1 .-º Que con fecha 29 de septiembre del 2023, se presenta don VICTOR MANUEL ZARATE FUENTEALBA, auxiliar de servicios, RUT N 8.698.557-8,° domiciliado en Las Carabelas N 1059, Bellavista, Tom , solicitando se d

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