3º Juzgado Civil de Temuco

CONSEJO DEFENSA DEL ESTADO/

Rol

V-188-2023

Fecha

1 de febrero de 2024

Materia

EXPROPIACIÓN, CONSIGNACIÓN MONTO PROVISORIO ART.17 D.L.2186

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Al folio 09, con fecha 12 de diciembre de 2023, comparece don Francisco Jeldres Ojeda, abogado, en representación de don GUSTAVO ADOLFO MAITRE URREJOLA, odontólogo, domiciliado en camino a Botrolhue N° 1284, comuna de Temuco y solicita el giro de cheque, por la suma que corresponde a los fondos consignados con motivo de la expropiación que ha sufrido la propiedad de su representado.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que al folio 16 consta certificación secretarial de fecha 18 de enero de 2024, que da cuenta que ningún otro interesado se haya presentado, dentro del plazo legal, haciendo valer sus derechos o créditos sobre la suma depositada. SEGUNDO: Que al folio 09 se agregó copia de inscripción de dominio del inmueble expropiado, rolante a fojas 1530 N°1272 del Registro de Propiedad del año 2023 del sr. Conservador de Bienes Raíces de Curacautín; agregada igualmente conforme las instrucciones dadas por el Acuerdo del Tribunal Pleno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de fecha 17 de junio de 2014, al folio 14; copia autorizada en la que consta que la propiedad expropiada, correspondiente al Lote A Uno A Seis, pertenece al solicitante, quien lo adquirió por compra que hizo a don Roberto Carlos Quintana Burgos. Rol de avalúo N°63−599, de la comuna de Lonquimay. TERCERO: Que a folio 19 rola certificado avalúo de la propiedad Rol N° 00063 – 00599 de la comuna de Lonquimay, constando que ésta se encuentra afecta al pago de contribuciones de bienes raíces, agregándose certificado al folio 09 de la Tesorería General de la República de Chile en que se acredita que no registra deuda vencida a la fecha en el sistema de cuenta única tributaria. CUARTO: Que en consecuencia se cumplen todos los requisitos legales que hacen procedente el pago al peticionario, ordenándose el giro del cheque, como se dirá. Y visto además lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978 sobre Procedimiento de Expropiaciones y artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

SE RESUELVE: Que HA LUGAR a la solicitud del folio 09, se ordena el PAGO DEL MONTO CONSIGNADO POR EXPROPIACIÓN y en consecuencia EFECTÚESE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA a nombre de don GUSTAVO ADOLFO MAITRE URREJOLA, con cargo a la Boleta Bancaria N°5001005028 de fecha 25 de agosto de 2023, por la suma de $6.418.528 (seis millones cuatrocientos dieciocho mil quinientos veintiocho pesos). Cúmplase con las instrucciones sobre giro y retiro de cheques de la Excma. Corte Suprema de Justicia de fecha 7 de junio de 2013 y Código: JXHZXLFRXPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Rol V-188-2023 Acta N°87–2014, del Tribunal Pleno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de fecha 17 de junio de 2014, en especial el Numeral Cuarto de la misma. Anótese, regístrese, notifíquese y dese copia al interesado. Rol V-188-2023. DICTADA POR DOÑA PATRICIA ALEJANDRA RÍOS ROJAS, JUEZ DEL TERCER JUZGADO CIVIL DE TEMUCO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Temuco, uno de febrero de dos mil veinticuatro. Código: JXHZXLFRXPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-02-01T16:29:58-0300

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Rol V-188-2023 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado Civil de Temuco CAUSA ROL : V-188-2023 CARATULADO : CONSEJO dEFENSA DEL ESTADO/ Temuco, uno de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS: Al folio 09, con fecha 12 de diciembre de 2023, comparece don Francisco Jeldres Ojeda, abogado, en representación de don GUSTAVO ADOLFO MAITRE URREJOLA, odontólogo, domiciliado en camino a Botrolh

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