BAEZA/SONACOL S.A.
Rol
C-18632-2020
Fecha
1 de febrero de 2024
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En presentaci n de 23 de agosto de 2021 comparece la abogadaó Mildred Ch vez Maderaá , en representaci n de ó Constanza Ignacia Baeza Zubeld a, í domiciliadas en calle Luis Thayer Ojeda N 0180, oficina 1.407,° comuna de Providencia, demandando en juicio ordinario de indemnizaci nó de perjuicios a la Sociedad Nacional de Oleoductos SA, representada por don Esteban Papic Politeo, domiciliados en avenida Isabel La Cat licaó N 4.472, comuna de Las Condes.º Indica que su representada es due a delñ Lote II del plano de loteo de la subdivisi n del predio denominado Hijuela La Vi a del Fundo Laó ñ Rinconada de Maip , comuna de Maip , cuya superficie es de 5,20ú ú hect reas.á El 2018 se percat que en el acceso de la propiedad hab a postesó í pertenecientes a la demandada que indicaban la existencia de un gasoducto subterr neo que impide el libre acceso desde el camino pavimentado a laá propiedad. Se contact con la empresa due a del ó ñ gasoducto para solucionar el problema, sin obtener respuesta favorable. El terreno tiene una altura superior de 2 a 3 metros con respecto a la rasante del camino y el gasoducto atraviesa la propiedad de forma paralela al camino pavimentado de todo el lado oriente y norte del terreno, siendo el l mite oriente el nico acceso al camino asfaltado que recorre la propiedad.í ú Esto impide tener acceso a l mediante veh culos y realizar las excavacionesé í necesarias para un cierre, ya que los ductos, que est n entre 1,2 metros yá 1,8 metros medidos sobre mont culos que recorren toda la franja de accesoí al terreno, quedar an a la vista.í La propiedad fue adquirida en un remate p blico, en virtud del cualú el tribunal alz toda clase de hipotecas y grav menes incluidas lasó á servidumbres que ten a a esa fecha.í De acuerdo al art culo 4 del DS N 280 del Ministerio de Econom a,í ° í Fomento y Reconstrucci n del a o 2009, los propietarios y/o operadoresó ñ Código: XZBTXLPBSNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validad
Fundamentos
CONSIDERANDO: I.- En cuanto a la demandada principal. Código: XZBTXLPBSNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 PRIMERO: Que el inciso 1 del art culo 1698 del C digo Civil° í ó establece que Incumbe probar las obligaciones o su“ extinci n al que alegaó aquellas o esta . ” SEGUNDO: Que la demandante a fin de acreditar su pretensi nó acompa los siguientes documentos: ñó 1.- Certificado de inscripci n de dominio de fojas 65.840 N 92.049ó ° del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Santiagoí del 2018 a nombre de la actora principal respecto del Lote II del plano de loteo de la subdivisi n del predio denominado Hijuela La Vi a del Fundoó ñ La Rinconada de Maip , comuna de Maip , adquirido por compra a donú ú Ren n Baeza Castillo.á 2.- Certificado de hipotecas, grav menes, interdicciones yá prohibiciones de enajenar del inmueble de propiedad de la actora de 23 de abril de 2018, sin anotaciones. 3.- Set de fotograf as correspondientes a la misma propiedad.í TERCERO: Que adem s se vali del testimonio de los siguientesá ó testigos: - Pablo Andr s Mu oz S nchez, abogado, quien relat que el terrenoé ñ á ó de propiedad de la actora se encuentra rodeado por dos tuber as que noí permiten el acceso de veh culos, lo que le consta a trav s de materialí é topogr fico. La demandante le coment que por esta raz n no ha podidoá ó ó utilizar ni gozar del terreno, caus ndole perjuicios. Adem s, le se al que noá á ñ ó ten a conocimiento de las tuber as hasta que realiz un viaje al lugar.í í ó - Juan Pablo Barr a Zamorano, psic logo cl nico, el que se al que haí ó í ñ ó mantenido una relaci n profesional con la actora desde el 2019, quien es suó paciente. Relata que la actora ha visto truncado sus proyectos familiares y econ micos debido a los ductos de gas en el terreno de su propiedad. Haó tenido que realizar grandes cambios en su vida, lo que le produjo retraimiento a nivel social y disminuci n de ingresos. Agrega que a trav s deó é su lenguaje corporal denota tristeza, pena, depresi n, inestabilidadó emocional. - V ctor Julio Solorza Ibarra, factor de comercio, quien indic que ení ó alg n momento la demandada tuvo una servidumbre sobre la propiedad deú la actora, pero cuando esta la adquiri estaba libre de grav menes. En eló á Código: XZBTXLPBSNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 a o 2019 fue al terreno para hacer unos trabajos cuando apareci gente deñ ó la demandada que les prohibieron pasar todo tipo de maquinarias por encima de las ca er as ya que era muy peligroso, suspendiendo todañ í actividad. La ca er a pasa por todo el per metro del terreno. Producto de loñ í í relatado la demandante sufri perjuicios econ micos, hab a todo unó ó í proyecto que no se pudo hacer. El terreno es de 5 hect reas, en esa rea elá á metro cuadrado de terreno estaba a 1 o 1,5 UF y han pasado m s de 10á a os. La actora
Fallo
por tanto, le corresponde a la demandada hacer todas las obras necesarias, ya sea enterrando m s laá ca er a, haciendo un bypass o bien protegi ndolas con obras estructurales.ñ í é Sin embargo la protecci n de la ca er a tal como est seguir a impidiendoó ñ í á í el acceso, ya que cualquier excavaci n para unir el camino con el predio,ó dejar a las ca er as en el aire.í ñ í El art culo 10 del DS N 280 previene que, si una construcci n,í ° ó edificaci n u obra civil interfiriera con las distancias m nimas a edificios queó í se hubiera considerado en la construcci n de una red de transporte o deó distribuci n de gas, el propietario u operador de la red afectada deberó á establecer las medidas adicionales de seguridad que sea pertinente adoptar, las cuales deber n ser informadas a la Superintendencia de Electricidad yá Combustible. A la fecha la demandada no ha pagado nada por concepto de arriendo por ocupaci n de la propiedad, no ha ejecutado obra alguna paraó acceder y sigue usando la propiedad obteniendo un provecho econ mico aó costa de la propietaria del terreno. Esto se le hizo ver en carta certificada en la cual se le indica que debe pagar arriendo por todo el tiempo de ocupaci n, pasado y futuro hasta el d a en que d soluci n al acceso libre aó í é ó la propiedad. Se le est privando de su derecho como due a soberana respecto delá ñ inmueble, amparado por el inciso 3 del art culo 19 N 24 de la° í ° Constituci n Pol tica de la Republica.ó í La demandante compr el predio l
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Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-18632-2020 CARATULADO : BAEZA/SONACOL S.A. Santiago, uno de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS: En presentaci n de 23 de agosto de 2021 comparece la abogadaó Mildred Ch vez Maderaá , en representaci n de ó Constanza Ignacia Baeza Zubeld a, í domiciliadas en calle Luis Thayer Ojeda N 0180, oficina 1.
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