RAMOS/MUNICIPALIDAD INDEPENDENCIA
Rol
O-7249-2023
Fecha
22 de abril de 2024
Materia
Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Indemnización por años de servicios, Nulidad del despido, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: Señala que, el 5 de febrero del 2019 ingresó a trabajar de forma exclusiva para la Municipalidad de Independencia, como psicóloga para el programa "Familias de Subsistema de Seguridades y Oportunidades del Ministerio de Desarrollo Social y Familia", el cual se enmarcaba en el convenio entre la Municipalidad de Independencia y el Ministerio de Desarrollo Social y Familia. Mi cargo se denominaba "Apoyo Familiar" y lo ejerció ininterrumpidamente hasta el momento de su despido indirecto (9 de agosto de 2023). Refiere que, al momento de su despido indirecto la jornada de trabajo era de 44 horas semanales distribuidas de lunes a viernes y en los horarios de atención de la municipalidad, en modalidad mixta, esto es, presencial y teletrabajo. Su última remuneración mensual al momento de mi despido indirecto era de $1.214.700 bruto. Expone que sus funciones como psicóloga del programa "Familias de Subsistema de Seguridades y Oportunidades del Ministerio de Desarrollo Social y Familia", consistían en: > Acompañamiento psicosocial y sociolaboral a determinadas familias de la comuna, familias que son asignadas desde el Ministerio de Desarrollo Social y Familia. > Realizar sesiones presenciales o telefónicas con las familias para trabajar temáticas que le permitan mejorar su condición psicosocial y sociolaboral. > Realizar con las familias sesiones individuales o grupales. > Orientar, apoyar, guiar a las familias (personas sujetas al programa) respecto de conexión con la red municipal. > Ocuparme de las invitaciones y/o citaciones a participar al programa a través de un programa que se llama EJE. > Promover, informar y explicar a las familias de la comuna de Independencia, todo sobre el programa, beneficios y condiciones. > Acompañamiento individualizado > Ayuda para las Postulaciones a los programas empleabilidad FOSIS Familia > Sesiones metodológicas con integrantes de las familias > Orientación a personas y familiar para postular a trabajos dependientes. > Ori
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece doña Ruth Ramos Castillo, cédula de identidad número 17.733.336-0, psicóloga, domiciliada en Catedral 1350, departamento 1908, comuna de Santiago, e interpone demanda en procedimiento de Aplicación General, por reconocimiento de relación laboral, despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales, en contra de su ex empleador la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA, RUT N° 69.255.500-7, representada legalmente por don Gonzalo Andres Duran Bartoni, cédula nacional de identidad N° 10.338.254-8, Alcalde, ambos domiciliados en la calle Avenida Independencia 753, Independencia, ciudad de Santiago, fundada en los siguientes hechos: Señala que, el 5 de febrero del 2019 ingresó a trabajar de forma exclusiva para la Municipalidad de Independencia, como psicóloga para el programa "Familias de Subsistema de Seguridades y Oportunidades del Ministerio de Desarrollo Social y Familia", el cual se enmarcaba en el convenio entre la Municipalidad de Independencia y el Ministerio de Desarrollo Social y Familia. Mi cargo se denominaba "Apoyo Familiar" y lo ejerció ininterrumpidamente hasta el momento de su despido indirecto (9 de agosto de 2023). Refiere que, al momento de su despido indirecto la jornada de trabajo era de 44 horas semanales distribuidas de lunes a viernes y en los horarios de atención de la municipalidad, en modalidad mixta, esto es, presencial y teletrabajo. Su última remuneración mensual al momento de mi despido indirecto era de $1.214.700 bruto. Expone que sus funciones como psicóloga del programa "Familias de Subsistema de Seguridades y Oportunidades del Ministerio de Desarrollo Social y Familia", consistían en: > Acompañamiento psicosocial y sociolaboral a determinadas familias de la comuna, familias que son asignadas desde el Ministerio de Desarrollo Social y Familia. > Realizar sesiones presenciales o telefónicas con las familias para trabajar temáticas que le permitan mejorar su condición psicosocial y sociolaboral. > Realizar con las familias sesiones individuales o grupales. > Orientar, apoyar, guiar a las familias (personas sujetas al programa) respecto de conexión con la red municipal. > Ocuparme de las invitaciones y/o citaciones a participar al programa a través de un programa que se llama EJE. > Promover, informar y explicar a las familias de la comuna de Independencia, todo sobre el programa, beneficios y condiciones. > Acompañamiento individualizado > Ayuda para las Postulaciones a los programas empleabilidad FOSIS Familia > Sesiones metodológicas con integrantes de las familias > Orientación a personas y familiar para postular a trabajos dependientes. > Orientación a personas y familiar para emprendimientos > Registro de sesiones en el sistema > Salidas a terreno. > Asistencia a reuniones de equipo, exposición de casos con problemas de las familias > Planificar sesiones grupales y comunitarias. > Gestión con la red comunal para la derivación de
Fallo
Por tanto, resulta improcedente la intervención de los Juzgados de Letras del Trabajo, pues nuestro ordenamiento constitucional y legal expresamente determinan que no es un Tribunal del Trabajo el llamado a conocer de un conflicto de relevancia jurídica como el que se ha presentado. En definitiva, señala que este tribunal está legalmente impedido de conocer esta demanda, y, por tanto, es absolutamente incompetente para conocer la presente controversia, en razón de que los problemas de relevancia jurídica que se presentan con ocasión del contrato quedan entregados a la justicia civil. Solicita se acoja la excepción opuesta y rechazando la demanda. En el primer otrosí, subsidiariamente contesta solicitando el rechazo de la demanda en todas sus partes. Refiere que la actora, comenzó a prestar servicios en virtud de contratos a honorarios, conforme al artículo 2.006 y siguientes del Código Civil, según se detallan a continuación: a) Contrato a honorarios de fecha 12 de marzo del año 2019, suscrito entre la Municipalidad de Independencia y doña Ruth Ramos Castillo, cuya labor encomendada fue “Apoyo Integral Programa Seguridad y Oportunidades Psicosocial”, supervisada por la Dirección de Desarrollo Comunitario. Por el período comprendido entre el 05 de febrero de 2019 y el 31 de diciembre del año 2019, o hasta que sean necesarios sus servicios, sin que exceda al 31 de diciembre del año 2019, el cual fue aprobado por Decreto Alcaldicio Exento N°1334/2019. b) Anexo de contrato a h
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veintidós de abril de dos mil veinticuatro. No siendo coincidente la fecha de dictación de la sentencia definitiva, incorporada con esta fecha, con aquella que se fijó en la audiencia de juicio y, para los efectos de notificación de la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 429 del Código del Trabajo, rija para efectos de notif
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