TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE/SILVA
Rol
C-7080-2023
Fecha
31 de enero de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
C-7080-2023 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 19 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-7080-2023 CARATULADO : TESORER A GENERAL DE LA REP BLICA DEÍ Ú CHILE/SILVA Santiago, treinta y uno de Enero de dos mil veinticuatro Vistos, Con fecha 27 DE ABRIL DE 2023, comparece JOAQU NÍ CARRILLO MORENO, abogado, mandatario judicial y actuando en representaci n convencional de banco ITA CORPBANCA, hoy BANCOó Ú ITA CORPBANCA, sociedad an nima bancaria, cuyo representante legalÚ ó es su Gerente General don Gabriel Amado De Moura, ingeniero comercial, C.I. N 25.345.916-6, y dicho banco, a su vez, en representaci n° ó convencional de la Tesorer a General de la Rep blica, Rut N 60.805.000-í ú ° 0, representada legalmente por don Hern n Nobizelli Reyes, contadorá auditor, C.I. N 12.242.809-5, instituci n cesionaria de los pagar s cuyoº ó é cobro se persigue por esta v a, todos con domicilio para estos efectos ení calle M laga N 89, Piso 9, Comuna de Las Condes, ciudad de Santiago,á ° Regi n Metropolitana, e interpone demanda en juicio ejecutivo de Cobroó de pagar , en contra de TANIA CAMILA SILVA ESPINOZA, se ignoraé profesi n u oficio, domiciliada en PASAJE JOSEFA VICU A N 1632,ó Ñ ° VILLA DON ADOLFO, COMUNA DE MAIPU, REGION METROPOLITANA. Funda su demanda indicando que la demandada de autos es deudora vencida de los siguientes pagar s:é 1) Pagar a la orden de Ita Corpbanca, hoy Banco Ita Chile, poré ú ú un monto en capital de 5,0500.- Unidades de Fomento, suscrito con fecha 10 DE MARZO DE 2023, y con vencimiento el d a 10 DE ABRRIL DEí 2023, el cual fue cedido mediante endoso a la Tesorer a General de laí Rep blica.ú Código: JMLXXLYHCEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-7080-2023 2) Pagar a la orden de Ita Corpbanca, hoy Banco Ita Chile, poré ú ú un monto en capital de 106,2046.- Unidades de Fomento, suscrito con fecha 10 DE MARZO DE 2023, y con vencimiento el d a 10 DE ABRRIL DEí 2023,
Fundamentos
fundamentos que en su escrito presenta. Que con fecha 22 de noviembre de 2023, se tuvo por evacuado el traslado,
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibieron a prueba rindi ndose la que consta en autos.é Que con fecha 24 de enero de 2024, encontr ndose la causa ená estado, se cit a las partes para o r sentencia.ó í CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en lo relativo a la excepci n del n mero 11 deló ú art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, la concesi n deí ó ó esperas o pr rroga del plazo, esta se constituye como una convenci n por laó ó cual el acreedor renuncia a hacer exigible la obligaci n en el t rminoó é primigeniamente estipulado, modific ndola en dicho aspecto, otorgando uná nuevo lapso al deudor para el pago de la prestaci n a que se encuentraó obligado. SEGUNDO: Que, conforme lo dispone el art culo 1698 del C digoí ó Civil, corresponde al ejecutado el acreditar los antecedentes f cticos en queá funda sus excepciones. TERCERO: Que la parte ejecutada, en orden a acreditar sus dichos, no rindi probanza alguna, situaci n que conducir a desestimar laó ó á excepciones en comento, como se dir en lo dispositivo de esta sentencia.á CUARTO: Que, por fundarse las excepciones de los numero 7 y 14 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil en similares argumentos,í ó se analizar n a continuaci n de forma conjunta. á ó QUINTO: Que, trat ndose del fundamento en virtud del se haná deducido las excepciones y que en espec fico dice relaci n con el hecho deí ó haber obrado el mandatario fuera de los l mites del mandato y fuera de lasí f
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C-7080-2023 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 19 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-7080-2023 CARATULADO : TESORER A GENERAL DE LA REP BLICA DEÍ Ú CHILE/SILVA Santiago, treinta y uno de Enero de dos mil veinticuatro Vistos, Con fecha 27 DE ABRIL DE 2023, comparece JOAQU NÍ CARRILLO MORENO, abogado, mandatario judicial y actuando en representaci n convencional de banco
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