UNIVERSIDAD DE CHILE/ARAYA
Rol
C-30088-2019
Fecha
31 de enero de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece don Fernando Javier Molina Lamilla, abogado, en representaci n convencional de ó UNIVERSIDAD DE CHILE, Instituci n de Educaci n Superior, representada legalmente por don Ennioó ó Vivaldi V jar, m dico cirujano, todos domiciliados para estos efectos ené é calle Diagonal Paraguay N 265, piso 4, Oficina 401, comuna de Santiago,° quien viene en interponer demanda ejecutiva en contra de don RICARDO JAVIER ARAYA FARIAS, ignora profesi n u oficio, con domicilio enó calle Santa Victoria N 411, Depto. N 1312, Comuna de Santiago, Regi n° ° ó Metropolitana y en contra de do a ñ GLORIA FARIAS MU OZÑ , ignora profesi n u oficio, con domicilio en Avenida M xico N 9175, Comuna deó é ° La Florida, Regi n Metropolitana. ó Funda su pretensi n en el hecho de ser su representada due a de unó ñ pagar suscrito por los demandados, el Sr. Araya Far as en calidad deé í deudor principal y la Sra. Far as Mu oz en calidad de avalista, fiadora,í ñ codeudor solidario, a favor de Universidad de Chile, del pagar poré Aranceles Universitarios, ya devengados, N° 3416980, por la cantidad de 125,15 Unidades de Fomento, pagadera en 12 cuotas, iguales, mensuales y sucesivas, cada una por la suma de 1,9 UF, y una nica cuota por 106,94ú UF que corresponde al saldo insoluto de la deuda devengada, con vencimiento el ltimo d a de cada mes, a contar del 31 de enero de 2018ú í hasta el 31 de enero de 2019, ambas fechas incluidas, devengando un inter s del 4% anual. Indica que se pactaron intereses moratorios y cl usulaé á de aceleraci n.ó Código: XHXXXLYRXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-30088-2019 Foja: 1 Hace presente que llegado el d a de su vencimiento, ninguna de lasí cuotas fueron pagadas, siendo protestado por falta de pago con fecha 17 de abril de 2019, raz n por la cual viene en hacer exigible por medio de laó demanda el total adeudado, lo que a la fecha alcanza la suma de 106,96 Unidades de Fomento,
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, UNIVERSIDAD DE CHILE acciona en procedimiento ejecutivo en contra de don RICARDO JAVIER ARAYA FARIAS, en calidad de deudor principal, y en contra de do añ GLORIA Código: XHXXXLYRXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-30088-2019 Foja: 1 FARIAS MU OZ, Ñ en calidad de avalista, fiadora, codeudor solidario, de acuerdo a los argumentos rese ados en la parte expositiva de este fallo.ñ SEGUNDO: Que, la parte ejecutada opuso la excepci n del art culoó í 464 N 17 del C digo de Procedimiento Civil, conforme fuere anotado° ó previamente. TERCERO: Que, en consecuencia, la debida decisi n del asuntoó pasa por corroborar si concurren los presupuestos f cticos de procedenciaá de la excepci n intentada, esto es, los requisitos legales para hacer lugar a laó prescripci n extintiva de la acci n.ó ó CUARTO: Que, en cuanto a la excepci n de prescripci n, ó ó debe tenerse presente lo establecido en el art culo 2514 del C digo Civil, el cualí ó dispone la prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos exige“ ó solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se hayaó hecho exigible . ” Asimismo, y atendido que la ejecuci n versa sobre unó pagar , é dicha norma debe relacionarse necesariamente con aquella contenida en el art culo 98 de la Ley N 18.092, la cual a la letra indica í º “El plazo de prescripci n de las acciones cambiarias del portador contra losó obligados al pago es de un a o, contado desde el d a del vencimiento delñ í documento .” Del examen del t tulo cambiario, se aprecia que su importe fueí parcializado en 12 cuotas, siendo la primera de ellas fijada con vencimiento para el d a í 31 de enero de 2018. Ante el no pago en dicha oportunidad fue protestado por falta de pago con fecha 17 de abril de 2019, momento desde el cual los ejecutados incurrieron en mora. Sentado lo anterior, debemos analizar si, desde la mora del deudor ha transcurrido sin interrupci n o suspensi n el plazo de consumaci nó ó ó establecido para los instrumentos cambiarios. De esta forma, constatando que entre la fecha de la mora, y la notificaci n y posterior requerimiento deó pago de los deudores,--lo cual se verific eló 12 y 14 de diciembre de 2023, respectivamente--, ha trascurrido ntegramente el plazo de un a o queí ñ establece la Ley N 18.092 respecto al t tulo de marras, la excepci n habr° í ó á de ser acogida, m xime si la parte ejecutante se ha allanado a la ella.á Código: XHXXXLYRXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-30088-2019 Foja: 1 SEXTO: Que, debiendo alegarse la prescripci n por quien quiereó aprovecharse de ella, y atendido el allanamiento de la parte ejecutante,´ cada parte soportar sus costas.á
Fallo
POR TANTO, visto lo dispuesto en el art culo 1698, 2492, 2514 yí siguientes del C digo Civil, 139, 140, 170, 434, 438, 459 y siguientes, 464ó N 17, 465, 466 y 471 del C digo de Procedimiento Civil y la° ó reglamentaci n pertinente de la Ley N 18.092, se resuelve: ó ° I.- Que, se acoge la excepci n contenida en el numeral 17 deló art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil en forma ntegra,í ó í poni ndose t rmino a la ejecuci n.é é ó II.- Que, cada parte soportar sus costas.á Reg strese y notif quese.í í Rol C-30088-2019 Pronunciada por do a Lorena Isabel Cajas Villarroel, Juez Suplente.ñ Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta y uno de Enero de dos mil veinticuatro. Código: XHXXXLYRXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-30088-2019 Foja: 1 Código: XHXXXLYRXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-01-31T13:56:48-0300
Texto Completo (Preview)
C-30088-2019 Foja: 1 FOJA: 47 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 22 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-30088-2019 CARATULADO : UNIVERSIDAD DE CHILE/ARAYA Santiago, treinta y uno de Enero de dos mil veinticuatro. VISTO: A folio 1, comparece don Fernando Javier Molina Lamilla, abogado, en representaci n convencional de ó UNIVERSIDAD DE CHILE, Instituci n de Educaci n Superior, re
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