HERNÁNDEZ/
Rol
V-120-2023
Fecha
31 de enero de 2024
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en estos autos voluntarios, a folio 1, con fecha 13 de junio de 2023, comparecen PAULA DANIELA HERNÁNDEZ MENA, cédula nacional de identidad número 18.342.489-0, soltera, ingeniera comercial, en su calidad de madre del niño, y JOSÉ WALTERIO HERNÁNDEZ ARAVENA, cédula nacional de identidad número 10.499.652-3, casado, comerciante, quien ejerce el cuidado personal de JOSÉ PABLO CHIGUAY HERNÁNDEZ, cédula nacional de identidad número 23.749.001-0, estudiante, de 12 años de edad, todos domiciliados en calle 2 norte número 3495, departamento 109A, comuna de Talca, de conformidad a lo establecido en el artículo 1° inciso 2° letra b de la ley 17.344, solicitando se modifique el nombre de su nieto e hijo respectivamente, “JOSÉ PABLO CHIGUAY HERNÁNDEZ”, quedando como JOSÉ PABLO HERNÁNDEZ MENA, ello en consideración a los siguientes hechos y fundamentos de derecho: Señalan que durante toda la vida el niño ha sido conocido con el apellido “HERNÁNDEZ MENA”, y no con el apellido “CHIGUAY HERNÁNDEZ”. Sostienen que José Pablo Chiguay Hernández tiene 12 años, hijo de la solicitante de autos, es un niño que nació sin haber sido programado, y de un padre que ha sido muy irresponsable desde el embarazo inclusive. Tiene una relación muy especial con su abuelo, tanto es así, que en el mismo año 2011 los padres de manera voluntaria le otorgaron el cuidado personal. José siente que es su verdadero padre, debido a esto nunca ha sentido como suyo el apellido Chiguay. Refieren que en el colegio lo empezaron a nombrar por José Hernández Mena, todos los profesores también lo conocen por ese nombre, y no por José Pablo Chiguay. Código: RSXPXLDTXZN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 De acuerdo a lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la ley 4.808, y letra b de la ley 17.344, solicita tener por interpuesta solicitud de cambio de nombre, darle curso progresivo y, en definitiva, acoger la solicitud ordenando se modifique la partida de nacimiento que actualmente está inscrito a nombre de JOSÉ PABLO CHIGUAY HERNÁNDEZ, número de inscripción 1.884, del año 2.011 de la circunscripción de Linares, disponiendo que se inscriba como JOSÉ PABLO HERNÁNDEZ MENA. SEGUNDO: Que obran en apoyo de la solicitud de autos los siguientes antecedentes: A folio 1: -Certificado de nacimiento del inscrito José Pablo Chiguay Hernández, R.U.N. 23.749.001-0, de circunscripción de Linares, número de inscripción 1.884, del registro del año 2011, en el que consta una sub inscripción: “CUIDADO PERSONAL JUDICIAL POR SENTENCIA DE FECHA: 30-09-2011 DEL JUZGADO DE FAMILIA PARRAL SE OTORGA EL CUIDADO PERSONAL DEL MENOR: JOSÉ PABLO CHIGUAY HERNÁNDEZ SERA EJERCIDO POR: JOSÉ WALTERIO HERNÁNDEZ ARAVENA REQUIRENTE: JUZGADO DE FAMILIA PARRAL CEDULA DE IDENTIDAD NRO.: FECHA SUBINSCRIPCION: 30 Septiembre 2011”. A folio 6: -Se agregó informe del Registro Civil e Identificación, que indica lo siguiente: “1.- Consta en nu
Fallo
se declara: Que HA LUGAR a la solicitud de cambio de nombre presentada a folio 1, ordenándose al señor Oficial del Registro Civil e Identificación de Talca proceder al cambio de nombre en la partida de nacimiento número 1.884 Registro del año 2011 de la Circunscripción de Linares, correspondiente a JOSÉ PABLO CHIGUAY HERNÁNDEZ, cédula nacional de identidad número 23.749.001-0, para que en lo sucesivo figure como JOSÉ PABLO HERNÁNDEZ MENA. Código: RSXPXLDTXZN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívense estos antecedentes. ROL V-120-2023 Dictada por don Óscar Vásquez Marín, Juez Interino del Segundo Juzgado de Letras de Talca, quien suscribe mediante firma electrónica avanzada. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. En Talca, a treinta y uno de enero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario lo que precede. Código: RSXPXLDTXZN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-01-31T12:58:15-0300
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 35 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Talcaº CAUSA ROL : V-120-2023 CARATULADO : HERN NDEZ/Á Talca, treinta y uno de enero de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en estos autos voluntarios, a folio 1, con fecha 13 de junio de 2023, comparecen PAULA DANIELA HERNÁNDEZ MENA, cédula nacional de identidad número 18.342.489-0, soltera, in
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