DURÁN/INVERSIONES TRES HERMANOS SPA
Rol
O-89-2024
Fecha
22 de abril de 2024
Materia
Costas, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de estos autos. Teniendo en cuenta que la demandada fue notificada en su oportunidad y no habiendo contestado la demanda, consta en los antecedentes de la causa que se tuvo por evacuado el trámite de contestación de la demanda en rebeldía de la demandada Inversiones Tres Hermanos Spa. Acto seguido el Tribunal tuvo por fracasado el llamado a conciliación a las partes atendida la no comparecencia de la parte demandada estando debidamente emplazada. Asimismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 453 N° 3 inciso segundo del Código del Trabajo, no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, el Tribunal omitió la recepción de la causa a prueba y procedió a dictar sentencia de manera inmediata. Copiapó, a veintidós de abril de dos mil veinticuatro. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó, se inició la causa RIT: O-89-2024, RUC: 24-4-0558950-4, en procedimiento de aplicación general, compareciendo el demandante don Jordán Israel Durán Oliveros, operador de maquinaria, con domicilio en Calle Janequeo N° 1192, Población Balmaceda Norte, Copiapó, representado legalmente por su abogado de la Oficina de Defensa Laboral de Copiapó don René Navarro Albiña, y en rebeldía de la demandada Inversiones Tres Hermanos Spa., RUT N° 77.109.531-3, empresa del giro de su denominación, representada legalmente por don Roberto Nilson Suárez Neira, RUT N° 19.933.350-K, ambos con domicilio en Pasaje Granada N° 4048, Villa El Español, Copiapó. Por estas consideraciones entonces, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 8, 55, 73, 162, 168, 420 letra a), 446 a 459 del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que SE ACOGE la demanda por despido carente de causa legal y cobro de prestaciones laborales interpuesta por don Jordán Israel Durán Oliveros y se condena a la empresa Inversiones Tres Hermanos Spa., al pago de: a).- Feriado legal/proporcional por $2.233.125.- (dos millones doscientos treinta y tr
Fallo
Por estas consideraciones entonces, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 8, 55, 73, 162, 168, 420 letra a), 446 a 459 del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que SE ACOGE la demanda por despido carente de causa legal y cobro de prestaciones laborales interpuesta por don Jordán Israel Durán Oliveros y se condena a la empresa Inversiones Tres Hermanos Spa., al pago de: a).- Feriado legal/proporcional por $2.233.125.- (dos millones doscientos treinta y tres mil ciento veinticinco pesos); b).- Indemnización sustitutiva del aviso previo por $750.000.- (setecientos cincuenta mil pesos); c).- Indemnización correspondiente a tres años de servicio por $2.250.000.- (dos millones doscientos cincuenta mil pesos), aumentada en un 50% conforme el artículo 168 letra b) del Código del Trabajo por $1.125.000.- (un millón ciento veinticinco mil pesos); d) Saldo de remuneración de enero de 2024 por $375.000.- (trescientos setenta y cinco mil pesos). II.- Que las sumas señaladas precedentemente deberán pagarse con todos los reajustes e intereses que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que se condena en costas personales a la demandada por haber resultado totalmente vencida, las que se regulan en la suma de 650.000.- (seiscientos cincuenta mil pesos).- IV.- Ejecutoriada que se encuentre la presente sentencia, cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día, en caso contrario certifíquese dicha circunstancia y pasen los antecedentes a la Uni
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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA EN PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN GENERAL FECHA 22 de abril de 2024 RUC 24-4-0558950-4 RIT O-89-2024 MAGISTRADO JOSÉ MARCELO ÁLVAREZ RIVERA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Héctor Cortés Vásquez SALA 1 HORA DE INICIO 8:33 HORA DE TERMINO 8:45 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440558950-4-1336 PARTE DEMANDANTE Jordán Israel Durán Oliveros ABOGADO René David Navarro Albi
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