2º Juzgado de Letras de Talca

SCHORR/SALGADO

Rol

C-3018-2020

Fecha

30 de enero de 2024

Materia

OTROS ORDINARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que con fecha 9 de noviembre de 2020 (folio 1), comparece don RICARDO JORGE SCHORR SEPÚLVEDA, chileno, corredor de propiedades, cédula de identidad número 7.997.312-2, domiciliado en calle 1 poniente 1060, oficina 56, Talca, quien interpone acción innominada declaratoria de dominio, en contra de la COMUNIDAD DE COPROPIETARIOS DEL EDIFICIO CAMPANARIO DE TALCA, representada legalmente por su administrador el señor RENÉ BASILIO SALGADO MOLINA, chileno, contador, cédula de identidad número 6.800.188-9, domiciliado en calle 1 poniente 1060, oficina 52, Talca. Posteriormente, a folio 36, con fecha 20 de junio de 2022, comparece don Diego Rivera González, abogado, en representación de don RICARDO JORGE SCHORR SEPÚLVEDA, rectificando la demanda, y en la representación que inviste, interpone demanda de acción declarativa de dominio, en contra de la COMUNIDAD DE COPROPIETARIOS DEL EDIFICIO CAMPANARIO, RUT número 56.015.190-K, representada por su administradora señora JUANA SOLEDAD QUEZADA MARTINEZ, cédula de identidad número 9.892.311-K, o a quien la subrogue o reemplace, ambos con domicilio para estos efectos en calle 1 poniente N° 1060, oficina 52, comuna de Talca, región del Maule, a fin de que se declare el dominio único y exclusivo del actor respecto de los estacionamientos N° 4 y N° 5, ambos ubicados en el Edificio Campanario, de calle uno poniente N° 1060, entre uno y dos sur, de la comuna y provincia de Talca, en razón de los

Fundamentos

fundamentos que expone: Señala que su representado es propietario inscrito de dos oficinas y dos estacionamientos ubicados en el Edificio Campanario de la ciudad de Talca, condominio que se encuentra sujeto a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria N° 21.442, de 1 de abril de 2022, publicada en Diario Oficial el día 13 de abril de 2022. Indica que la oficina N° 55 y el estacionamiento N° 4, se encuentran inscritas a fojas 27.672 N° 10.537 del Registro de Propiedad del Conservador de Código: TLXEXLRBCNN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Bienes Raíces de Talca, correspondiente al año 2014. Por su parte, la oficina N° 56 y el estacionamiento N°5, se encuentran inscritas a fojas 39 N° 37 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talca, correspondiente al año 2019, ambas vigentes a la fecha. Sostiene que don Ricardo Schorr es único y exclusivo dueño de ambas oficinas y sus respectivos estacionamientos, y afirma que a pesar de que el señor Schorr cuenta con sendas inscripciones de dominio, la administración del Edificio, encabezada -anteriormente- por el señor René Basilio Salgado Molina, efectuó constantes trabas al ejercicio de su derecho real de dominio respecto de los estacionamientos N° 4 y N° 5, lo que evidentemente generó dudas en el Condominio acerca de su derecho. Expresa que este problema se ha arrastrado por años y en ambos estacionamientos se han materializado desde el momento que los adquirió, es decir, desde el año 2014 y 2019 respectivamente. Indica que resulta importante mencionar que el problema que expone también ha perjudicado a otros propietarios, pues, durante el año 2009, ciertos propietarios se vieron afectados por los actos de la administración del Edificio, y se vieron en la obligación de deducir un recurso de protección en contra de la administración existente a la fecha, ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Talca, y que se tramitó bajo el Rol N° 387-2009. Añade que durante el año 2019, y conforme persistían las perturbaciones, don Ricardo Schorr dedujo una querella infraccional en contra de la administración del Edificio Campanario en razón de que esta persistía en el desconocimiento de su derecho de propiedad, y que consistió en que esta última le indicaba a los demás copropietarios que era posible utilizar sus estacionamientos de manera libre, además de la instalación de objetos que limitaban o impedían su uso. Expresa que en la actualidad la situación se ha mantenido contenida, pues existe una nueva administración, la que si bien no reconoce el derecho de dominio de su representado respecto de sus estacionamientos, al menos no ha realizado nuevas perturbaciones a su derecho, pero nada obsta que situaciones como las ya expuestas se repitan en el futuro, cuestión que es preferible evitar, siendo la única forma una sentencia dictada por un Tribunal la República, que no solo declare el dominio de don Ricardo Schorr, sin

Fallo

por tanto como un bien singular. En cuanto al Reglamento de Copropiedad del Edificio Campanario, señala que la escritura pública que lo contiene, de fecha 24 de mayo de 1982 se inscribió en el Conservador de Bienes Raíces de Talca a fojas 300 vuelta, N° 262 del Registro respectivo del año 1982. Destaca una de sus cláusulas, que va en estrecha relación con lo que se ha señalado durante este escrito, y es que su representado es dueño de las oficinas y estacionamientos indicados, lo que es refrendado en el mismo Reglamento, que hace una clara diferenciación entre los bienes comunes y estacionamientos. Cita la cláusula tercera, artículos N° 1 y 2 y señala que no solo los títulos dejan clara la situación que detenta su representado respecto de sus estacionamientos, sino que el propio Reglamento hace una clara diferenciación entre lo que son bienes comunes y aquellos de exclusividad de sus dueños, como lo son los estacionamientos, es decir, se está ante bienes entendidos como “unidades”. Agrega que respecto del derecho de dominio de que es titular don Ricardo Schorr Sepúlveda respecto de los estacionamientos N° 4 y N° 5 del Edificio Campanario, está amparado por el artículo 924 del Código Civil y expresa que consagra la norma rectora en materia de prueba de la posesión de los derechos reales inscritos, que no es otra que la inscripción, las que en ambos casos es detentada por su representado. En relación a la posesión inscrita de su representada, expresa que resulta útil consign

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 120 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Talcaº CAUSA ROL : C-3018-2020 CARATULADO : SCHORR/SALGADO Talca, treinta de enero de dos mil veinticuatro. VISTO: Que con fecha 9 de noviembre de 2020 (folio 1), comparece don RICARDO JORGE SCHORR SEPÚLVEDA, chileno, corredor de propiedades, cédula de identidad número 7.997.312-2, domiciliado en calle

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