Juzgado de Letras del Trabajo de Punta Arenas

DIRECCIÓN DEL TRABAJO/CERVECERÍA AUSTRAL S.A

Rol

T-35-2023

Fecha

19 de abril de 2024

Materia

Otras Materias Sindicales

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Que, comparece doña Tamara Kirigin Díaz, en representación de la Inspección Provincial del Trabajo de Magallanes, quien interpone denuncia de tutela laboral por práctica antisindical contra de la empresa Cervecería Austral S.A., representada por don Ignacio González Elorrieta. Señala que con fecha 07 de febrero de 2023, el Sindicato de Trabajadores de Cervecería Austral y Comercial Patagona Ltda., denuncio la existencia de prácticas antisindicales por reajuste de sueldo base, en particular el aumento de sueldo a personas no sindicalizadas y pertenecientes al otro sindicato, distintos a los obtenidos por negociación colectiva. Expresa que en atención a lo anterior, se inició un proceso de investigación procediendo a revisar la documentación de 194 trabajadores desde el mes de agosto de 2022 a enero 2023, respecto de 189 trabajadores. Refiere que respecto del sindicato denunciante la fecha de la última negociación colectiva es en agosto de 2022, con duración desde el 01 de agosto de 2022 al 31 de julio de 2024. Respecto del Sindicato de Trabajadores de Comercial patagona 9la ultima negociación es de octubre de 2020, duración desde el 01 de septiembre de 2020 al 31 de agosto de 2023. Señala que del total de trabajadores, desglosa que existen 61 trabajadores sin sindicalizar y dentro de aquellos hubo 23 trabajadores con aumento de sueldo base. Añade que de los 42 trabajadores pertenecientes al sindicato Patagona, solo hubo aumento para 6, y finalmente de los 86 miembros del sindicato Cervecería, no hubo aumento. Destaca que las condiciones de los referidos aumentos de sueldo base corresponden a: 1) Aumento voluntario según resultado de evaluación de desempeño 2021; 2) Acuerdo de las partes: Aumento voluntario por porcentaje; 3) Aumento por acuerdo de partes; 4) Aumento promedio de remuneración según sindicalización; 5) Afiliación al Sindicato de trabajadores de empresa Cervecería Austral S.A. , y Comercial Patagona Ltda. Expresa respecto del punto 1, aument

Fundamentos

motivos de aumento de remuneraciones son similares: 1) Don Danilo Álvarez S., lo señalado; 2) Doña Fanny Aravena Pérez, aumento para ser igualado con pares masculinos que realizan la misma función (jefe de patio); 3) Doña Camila Caro C., aumento por cambio de cargo, asume como jefe de logística, e IPC; 4) Doña Carolina Gutiérrez U., asume el cargo de Analista de planificación, e IPC; 5) Don Christopher Marilican T., aumento por evaluación de desempeño, Jefe de Bodega desde noviembre 2019, e IPC; 6) Don Juan Marilican V., trabajador beneficiado con evaluación de desempeño, Jefe de Bodega desde 2019, sólo ha recibido reajuste de IPC; 7) Doña Geraldine Villalobos V., asume Jefatura de Trad Marketing, e IPC. Añade que respecto de los 5 trabajadores del Sindicato de Comercial Patagona, el aumento es porque el Contrato Colectivo de aquellos no posee una estandarización de remuneraciones en relación a los cargos, y por aquello la negociación de remuneración de los sueldo base es individual. Destaca que hay personal que pertenece al Sindicato Denunciante que ha recibido el aumento de su sueldo base en mayo 2022 por $65.000.- que corresponde al caso del trabajador don Rodrigo Ojeda Osorio Operador de fermentación. Destaca que el único trabajado del Sindicato Patagona que tiene un sueldo base superior al del Sindicato de Austral corresponde la Sr. Padilla Sánchez, quien ingreso en 1992, y fuera de este caso los aumentos de sueldo base son superiores al del otro sindicato. Alega la improcedencia de todas las peticiones concretas de la enuncia. Solicita en definitiva, tener por contestada la denuncia y su rechazo en todas sus partes con costas. Que, en audiencia de preparación de juicio oral, evacuado el traslado de las excepciones opuestas, su decisión queda para definitiva. Realizado el llamado a conciliación se tuvo por frustrado. Junto con lo anterior, se fijaron hechos a probar: 1) Efectividad que la acción se encuentra caduca. Hechos y circunstancias; 2) Efectividad de los hechos expuestos en la demanda. Hechos y circunstancias; 3) Efectividad que la denunciada afectó la libertad sindical de los trabajadores del Sindicato de Trabajadores de Empresa de Cervecería Austral S.A. y Comercial Patagona Ltda. Hechos y circunstancias. Hechos y circunstancias; 4) Pertinencia de ordenar el pago de un bono compensatorio mensual equivalente al 2% del sueldo base a todos los trabajadores pertenecientes al Sindicato de Trabajadores de empresa de Cervecería Austral S.A. y Comercial Patagona Ltda. CONSIDERANDO PRIMERO: Que, la acción deducida por doña Tamara Kirigin Díaz, abogada, en representación, de la Inspección Provincial del Trabajo de Magallanes, tuvo por objeto se declare la existencia de prácticas antisindicales ejecutadas contra del Sindicato de Trabajadores de Empresa de Cervecería Austral S.A. y Comercial Patagona Ltda., y la condena al pago de multa y pago de prestaciones que detalla, en atención a los fundamentos referidos precedentemente. SEGUNDO:

Fallo

por tanto, no debe recompensarse por la misma causa a quienes no están afiliados. Añade que se constató la existencia de 5 trabajadores no pertenecientes al sindicato denunciante con incrementos de sueldo base por anexo de contrato, y así sólo existe un anexo con modificación de funciones entregando la empresa un aumento en el mes en que no hubo variación. Destaca, que junto con lo anterior de los 13 incrementos pactados, ninguno pertenece al sindicato denunciante, y la justificación de ajuste de los niveles de renta por cargo, no es válida en atención a la prohibición de extender los beneficios de los instrumentos colectivos habiéndose pactado la nivelación en la negociación con la organización que presento la denuncia. Advierte que respecto del aumento de remuneraciones a trabajadores del sindicato de Comercial Patagona que laboran en las mismas funciones que se desempeñan los socios de la organización denunciante, con los que no se ha pactado incrementos distintos de los de la negociación colectiva. Sostiene la existencia de los indicios atentatorios contra la libertad sindical, y solicita como medida reparatoria el pago de un bono compensatorio. Solicita en definitiva, previa cita de las disposiciones legales tener por interpuesta denuncia por práctica antisindical en contra de la empresa Cervecería Austral S.A., acogerla y en definitiva declarar: 1) Que la denunciada ha incurrido en prácticas antisindicales en contra del Sindicato de Trabajadores de Empresa de Cervec

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“INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE MAGALLANES contra CERVECERÍA AUSTRAL S.A,” Punta Arenas, diecinueve de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS Que, comparece doña Tamara Kirigin Díaz, en representación de la Inspección Provincial del Trabajo de Magallanes, quien interpone denuncia de tutela laboral por práctica antisindical contra de la empresa Cervecería Austral S.A., representada por don Ig

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