1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

VERA/POLLO STOP SPA

Rol

M-339-2024

Fecha

18 de abril de 2024

Materia

Costas, Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos sustanciales pertinentes y controvertidos, el tribunal recibe la causa a prueba fijando los siguientes puntos: 1. Fecha de término de los servicios. 2. Hechos y circunstancias invocadas por el empleador para poner término a la relación laboral en relación a la causal aplicada. Tercero. Hechos acreditados y valoración de la prueba. Qué apreciaba la prueba rendida de acuerdo a las normas de la sana crítica, esto es, respetando las razones jurídicas y simplemente lógicas, técnicas o de experiencia en cuya virtud se le ha asignado valor o se las ha desestimado, se ha tomado en especial consideración la multiplicidad,gravedad precisión en concordancia o conexión de las pruebas con que se han se han presentado en el proceso la cual resulta coherente y armónica en sí misma, como en su conjunto, es dable tener por acreditado en lo siguiente. 1. Que la demandante presto servicios para la empresa demandada desde el 28 de diciembre del año 2018 hasta el 31 de octubre del año 2023.Ejerciendo a la fecha de su desvinculación las funciones de gerente sénior. 2. Que la remuneración de la trabajadora para los efectos de este proceso ascendía a la suma de $881.593. 3. Que la actora fue despedida por decisión unilateral de su empleador, quien invocó la causal de necesidades de la empresa prevista en el inciso 1° del artículo 161 del Código del Trabajo. 4. Que con fecha 10 de noviembre del año 2023, la actora suscribió finiquito del contrato de trabajo, en el cual estampó expresa reserva de derechos, oportunidad en la que percibió por concepto de indemnización por años de servicio la suma de $ 4.407.970 y le fue descontado por concepto del aporte del empleador al seguro de cesantía la suma de $734.503. 5. Que la demandada Pollo Stop Limitada, solicitó la reorganización concursal otorgándose esta con fecha 3 de noviembre del año 2023, en causa RIT C-17.916- 2023 por el 29º Juzgado Civil de Santiago. Cuarto. En cuanto a la justificación del despido. Que la actora ha ejercido la ac

Fallo

Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 5,7, 10, 160, 161, 162, 168, 172, 173, 446, 453,454 500 y siguientes del Código del Trabajo, Ley 19.728. Se resuelve. I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña ROXANA ANDREÍNA VERA LÓPEZ, cédula nacional de identidad número 26.839.218-1, en contra de Restaurante Pollo Stop Limitada rol único tributario 76.952.970 - 5 representada legalmente por doña María Elena García Chávez, cédula nacional de identidad, número 9.381.731-1, todos previamente individualizados y se declara que el despido de la actora ocurrido con fecha 31 de octubre del año 2023 es improcedente, en consecuencia, se condena a la demandada a pagar a la actora lo siguiente. A) La suma de $1.322.391 por concepto de recargo del 30% de la indemnización por años de servicio. B) La suma de $734.503 por concepto de aporte del empleador al seguro de cesantía II. Que las sumas precedentemente señaladas deberán ser pagadas con los intereses y reajustes que se establecen en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que no siendo ninguna de las partes completamente vencida, cada parte pagará sus costas. IV. Ejecutoriada que sea la presente resolución cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día, de lo contrario remítase los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago para su cumplimiento compulsivo. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT : M-339-2024 RUC : 24- 4-0544108-6 Pronun

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, dieciocho de abril de dos mil veinticuatro. Vistos. Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a efecto audiencia única en procedimiento monitorio por despido improcedente y cobro de prestaciones, en los autos RIT M-339-2024. La demanda fue interpuesta por doña ROXANA ANDREÍNA VERA LÓPEZ, cédula nacional de id

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica