SOCIEDAD AGRICOLA SANTA ANGELA AVICOLA SANTA ANGELA CON DIRECCION GENERAL DEL TRABAJO
Rol
I-24-2024
Fecha
17 de abril de 2024
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos señalados en la demanda respecto, especialmente, que la demandada cometió un error de hecho al cursar Multa N°1155/24/2, de fecha 23 de enero de 2024. Que, de conformidad a lo prevenido por el artículo 453 N°3 inciso final del Código del Trabajo, no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos que resolver se da por concluida la presente audiencia y se procede a dictar sentencia en forma inmediata. Por estas consideraciones y conforme lo prevenido por los artículos 420, 425, 446 y siguientes del Código del Trabajo, especialmente el artículo 503, todos del Código del Trabajo, SE DECLARA: I.- Que, se ACOGE, en todas sus partes, la demanda impetrada por don HÉCTOR MAURO ÁLVAREZ FORTTE, abogado, en representación de SOCIEDAD AGRÍCOLA SANTA ÁNGELA LIMITADA, representada por don GIORGIO PIERO NAPOLI CORVALÁN, todos con domicilio en calle Simón Bolívar N°202, Oficina 505, Edificio Finanzas de la comuna de Iquique; en contra de don MELVIN RIVERA ERAZO, en su calidad de Jefe de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE IQUIQUE, ambos con domicilio en calle Patricio Lynch 1332-1334. En consecuencia, se ordena dejar sin efecto la Multa N°155/24/2, de fecha 23 de enero de 2024, por haber cometido error de hecho al cursar dicha multa. II.- Que, habiéndose acogido la demanda en lo principal, no se emitirá pronunciamiento respecto de la petición subsidiaria, por innecesario. III.- Que, no se condena en costas a la demandada, por no haberse opuesto a la demanda. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Dirigió la audiencia doña MARCELA MABEL DÍAZ MÉNDEZ, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición del interviniente. Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique, diecisiete de abril de dos mil veinticuatro.
Fallo
Por estas consideraciones y conforme lo prevenido por los artículos 420, 425, 446 y siguientes del Código del Trabajo, especialmente el artículo 503, todos del Código del Trabajo, SE DECLARA: I.- Que, se ACOGE, en todas sus partes, la demanda impetrada por don HÉCTOR MAURO ÁLVAREZ FORTTE, abogado, en representación de SOCIEDAD AGRÍCOLA SANTA ÁNGELA LIMITADA, representada por don GIORGIO PIERO NAPOLI CORVALÁN, todos con domicilio en calle Simón Bolívar N°202, Oficina 505, Edificio Finanzas de la comuna de Iquique; en contra de don MELVIN RIVERA ERAZO, en su calidad de Jefe de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE IQUIQUE, ambos con domicilio en calle Patricio Lynch 1332-1334. En consecuencia, se ordena dejar sin efecto la Multa N°155/24/2, de fecha 23 de enero de 2024, por haber cometido error de hecho al cursar dicha multa. II.- Que, habiéndose acogido la demanda en lo principal, no se emitirá pronunciamiento respecto de la petición subsidiaria, por innecesario. III.- Que, no se condena en costas a la demandada, por no haberse opuesto a la demanda. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Dirigió la audiencia doña MARCELA MABEL DÍAZ MÉNDEZ, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición del interviniente. Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique, diecisiete de abril de dos mil veinticuatro.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA UNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO Videoconferencia FECHA Iquique, diecisiete de abril del dos mil veinticuatro RUC 24-4-0559378-1 RIT I-24-2024 MAGISTRADO MARCELA MABEL DIAZ MENDEZ ADMINISTRATIVO Cristian A. Aguilera Pizarro (sala 3) HORA DE INICIO 10:14 horas HORA DE TERMINO 10:22 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2440559378-1-1334-240417-00-01 hasta el audio 2440559378-1-1
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