SERVICIOS FINANCIEROS Y ADMINISTRACIÓN DE CREDITOS COMERCIALES S.A./OROZCO
Rol
C-2881-2023
Fecha
24 de enero de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece do añ HEDY MATTHEI FORNET, abogado, mandataria judicial. domiciliada en Miraflores 130, piso 27, Santiago y correo electr nico ó notificacionliderbci@hmycia.com , en representaci nó convencional de SERVICIOS FINANCIEROS Y ADMINISTRACI NÓ DE CR DITOS COMERCIALES S.A., É sociedad comercial, representada convencionalmente por su gerente de cobranzas, do a Mar añ í Bel n Encalada, chilena, casada ingeniera comercial, c dula de identidad né é ° 16.096.930-k, y su gerente de riesgo, don Adri n Enrique Alarc n Beltr n,á ó á chileno, casado, ingeniero comercial, c dula de identidad n 13.291.103-7,é ° todos domiciliados para estos efectos, en Miraflores 130, piso 27, Santiago, y expone: Que viene en deducir demanda ejecutiva en contra de MIGUEL ANGEL OROZCO BOBADILLA ignora profesi n u oficio, conó domicilio en la calle CARMEN DE LAS ROSAS 4, comuna de MELIPILLA, Se ala que su representada es due a del pagar que se acompa a,ñ ñ é ñ por la suma de $4.648.360. -, por concepto de capital, con vencimiento el d a í 25-07-2023, suscrito por un apoderado de SERVICIOS FINANCIEROS Y ADMINISTRACI N DE CR DITOSÓ É COMERCIALES S.A., quien a su vez act a en representaci n de laú ó deudora, don( a)ñ MIGUEL ANGEL OROZCO BOBADILLA. Todo ello en virtud de mandato especial otorgado por el propio deudor en el Contrato de Apertura de L nea de Cr dito acompa ado en la demanda.í é ñ Indica que el deudor no pag en su totalidad el pagar indicado en eló é p rrafo anterior a la fecha de su vencimiento y que a la fecha deá presentaci n de esta demanda a n no lo ha hecho, encontr ndose por tantoó ú á Código: NLEXXLMXFBL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2881-2023 Foja: 1 en mora desde la fecha de vencimiento en el pago de la suma de $4.648.360.-, por concepto de capital. Adem s y, en conformidad a lo dispuesto en el mismo pagar ,á é corresponde la aplicaci n de intereses moratorios desde la fecha deló vencimiento d
Fundamentos
fundamentos y peticiones referidas en lo expositivo del fallo. SEGUNDO: Que el apoderado del ejecutada don Miguel Angel Orozco Bobadilla, opuso a la ejecuci n las siguientes excepciones: ó 1.- La excepci n del art culo 464 N 2 del C digo deó í º ó Procedimiento Civil, esto es, la falta de capacidad del demandante, o de personer a o representaci n legal del que comparezca a suí ó nombre: Se ala la contraria que acompa a en un otros de su demandañ ñ í ejecutiva, copia de escritura p blica donde supuestamente consta laú personer a de HEDY MATTHEI FORNET. Al efecto, opone la excepci ní ó del art culo 464 N 2 del C digo de Procedimiento Civil, dado que laí º ó contraria no acompa o debidamente a dicha presentaci n, ñ ó copia con vigencia que permita acreditar que su personer a respecto de dicha entidadí se encuentra vigente a la fecha de hoy. Código: NLEXXLMXFBL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2881-2023 Foja: 1 2. La excepci n del art culo 464 N 11 del C digo deó í º ó Procedimiento Civil, esto es, "la concesi n de esperas o pr rroga deló ó plazo". Vengo por este acto en oponer la excepci n contemplada enó el art culo 464 n mero 11 del C digo de Procedimiento Civil,í ú ó respecto a la obligaci n cuyo ejecutivo pretende la contraria en suó libelo, en atenci n a lo siguiente: ó La contraria no se ala en su libelo que personalmente, miñ representado ha tenido muchos di logos destinados a llegar a puerto y poderá con esto saldar la deuda que mi representado mantiene con el demandante, raz n por lo que considera absolutamente extra o que haya iniciado laó ñ ejecuci n de la obligaci n. ó ó Es m s, resulta que en los hechos y teniendo su representado siempreá plena intenci n de dar cumplimiento efectivo a sus obligaciones, este se haó acercado a dependencias del ejecutante, a fin de regularizar la situaci n conó este, y se le indic que, no habr a inconveniente en conceder un plazoó í prudente para regularizar su situaci n. ó Es por lo anteriormente expuesto, que opone la correspondiente excepci n, fundada en el n mero 11 del art culo 464 del C digo deó ú í ó Procedimiento Civil, a fin que la actora, reconozca que concedió oportunamente a esta parte la respectiva prorroga, a fin de dar cumplimiento efectivo a las obligaciones contra das. í 3.- La excepci n del art culo 464 N 7 del C digo deó í º ó Procedimiento Civil, esto es, "la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tengaí fuerza ejecutiva, sea absolutamente o sea en relaci n con eló demandado: En este sentido la contraria al momento de presentar su libelo, no ha acreditado al tribunal pago efectivo de impuesto de timbres y estampillas respecto del pagar que invoca como titulo ejecutivo. Es por lo anterior, queé esta parte opone la respectiva excepci n del art culo 464 n mero 7 deló í ú C digo de Procedimiento Civil, a fin que la contraria acredite el pago deló respectivo impu
Fallo
por tantoó ú á Código: NLEXXLMXFBL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2881-2023 Foja: 1 en mora desde la fecha de vencimiento en el pago de la suma de $4.648.360.-, por concepto de capital. Adem s y, en conformidad a lo dispuesto en el mismo pagar ,á é corresponde la aplicaci n de intereses moratorios desde la fecha deló vencimiento del pagar y hasta su pago ntegro y efectivo, que equivalen alé í inter s m ximo convencional para operaciones de cr dito y dinero noé á é reajustables. En consecuencia, el monto total adeudado a su representada asciende a la suma de$4.648.360., por concepto de capital, m s los interesesá moratorios y costas. Precisa que consta del pagar que se acompa a, el deudor relev alé ñ ó portador del documento de la obligaci n de protesto y la firma deló representante de la sociedad aceptante por mandato se encuentra autorizada ante notario, por lo que el t tulo goza de m rito ejecutivo de acuerdo a loí é establecido en el art culo 434 n 4 del C digo de Procedimiento Civil.í ° ó Por todo lo anteriormente expuesto, la obligaci n consta en un t tuloó í ejecutivo, adem s, la obligaci n es l quida, actualmente exigible y su acci ná ó í ó no se encuentra prescrita. Previas citas legales, solicita tener por deducida demanda ejecutiva en contra de don( a)ñ MIGUEL ANGEL OROZCO BOBADILLA, individualizado(a) precedentemente, y con su m rito ordenar se despacheé mandamiento de ejecuci n y embargo
Texto Completo (Preview)
C-2881-2023 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Melipillaº CAUSA ROL : C-2881-2023 CARATULADO : SERVICIOS FINANCIEROS Y ADMINISTRACI N DE CREDITOS COMERCIALES S.A./OROZCOÓ Melipilla, veinticuatro de Enero de dos mil veinticuatro.- VISTOS: Comparece do añ HEDY MATTHEI FORNET, abogado, mandataria judicial. domiciliada en Miraflores 130, piso 27, Santiago y correo
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