8º Juzgado Civil de Santiago

SORIA/

Rol

V-330-2023

Fecha

24 de enero de 2024

Materia

CURADOR, NOMBRAMIENTO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO. Que en presentación de folio 1, de fecha 7 de diciembre de 2023, compareció doña María Teresa Soria Herrera, casada, chilena, dueña de casa, cédula nacional de identidad N° 6.144.106-9, domiciliada en El Helecho Poniente 1076, comuna de Maipú, Región Metropolitana, quien solicita la declaración de interdicción por causa de demencia y nombramiento de curador general, en favor de su cónyuge, don Gastón Alberto Rojas Zamorano, chileno, cédula nacional de identidad N° 7.550.765-8, de su mismo domicilio. Expone que su marido, que se encuentra viviendo bajo sus cuidados, sufre de un grado global de discapacidad severa de 100,00%, conforme consta en Credencial del Registro Nacional de Discapacidad del Servicio de Registro Civil e Identificación, Folio: 600003333531. Por su grado de discapacidad depende absolutamente de la compareciente, para su cuidado y para la administración de su patrimonio, toda vez que es imposible que de manera individual lo consiga. En cuanto al derecho, cita el artículo 2, y el inciso segundo del artículo 4, ambos de la Ley N° 18.600, de cuya lectura concluye que en tal cuerpo normativo el legislador reconoce la aplicación de un procedimiento voluntario para la solicitud de interdicción, entregando atribuciones al tribunal para fallar de plano, en el evento de que se acompañe el respectivo certificado de discapacidad. Seguidamente cita el artículo 824 del Código de Procedimiento Civil, como también los artículos 459, 443 y 462 del Código Civil, sosteniendo que la solicitud deducida se ajusta a los mismos. En lo conclusivo, previa cita de normas legales, solicita tener por presentada solicitud de declaración de interdicción por demencia de su cónyuge Gastón Alberto Rojas Zamorano, ya individualizado, acogerla a tramitación de acuerdo al procedimiento simplificado de la Ley 18.600, decretar la interdicción definitiva por demencia, quedando privado de la administración de sus bienes, disponiendo la inscripción y las publicaciones

Fundamentos

fundamentos de sus pretensiones, la solicitante acompañó los siguientes documentos: 1. Credencial de Discapacidad de don Gastón Alberto Rojas Zamorano, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, con fecha 17 de abril de 2023. 2. Resolución de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez, COMPIN, de fecha 17 de marzo de 2023, que declara el 100% de discapacidad de don Gastón Alberto Rojas Zamorano, la que tiene un origen principal mental psíquico, 3. Certificado de matrimonio N° 107, Registro E, circunscripción moneda, que da cuenta de aquel celebrado entre doña María Teresa Soria Herrera y don Gastón Alberto Rojas Zamorano, con fecha 20 de febrero 1981, sin anotaciones marginales, y emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, el 7 de febrero de 2023. 4. Certificado Médico Hospital El Carmen, de fecha 7 de septiembre de 2023. 5. Informe Biomédico Funcional, emitido por el mismo Hospital El Carmen, sin fecha. TERCERO. Que, apreciados dichos instrumentos prudencialmente, esto es, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 819 del Código de Procedimiento Civil, se tiene por acreditado que respecto de don Gastón Alberto Rojas Zamorano, su declaración de discapacidad mental se encuentra inscrita en el Servicio de Registro Civil e Identificación, por lo que resulta aplicable el procedimiento regulado en el artículo 4 de la Ley 18.600, como también que la solicitante, en su calidad de cónyuge de don Gastón Alberto Rojas Zamorano, es de aquellas personas que pueden provocar la declaración de interdicción por causa de demencia, de conformidad al artículo 459 del Código Civil, en relación con el artículo 443 del mismo cuerpo legal. CUARTO. Que en folio 11 se agregó la audiencia de inspección personal efectuada por el tribunal, la que se verificó con fecha 4 de enero de 2024, por video conferencia a través de la plataforma Zoom, conforme fuera solicitado por la parte solicitante, de conformidad al derecho que le confiere el artículo 77 bis del Código de Procedimiento Civil. En tal diligencia, el presunto interdicto, don Gastón Alberto Rojas Zamorano, compareció asistido por la solicitante, a quienes se conoció por la exhibición de sus respectivas cédulas de identidad. Código: XDDKXLWXMWK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Expone la solicitante que la diligencia se lleva a efecto en la residencia en la que está internado su marido, llamado Hogar Alto La florida, ubicado en calle Santa Lucia N° 10864, comuna de La Florida, quien agrega que se trata de una residencia permanente y que el presunto interdicto se encuentra en su dormitorio. Luego, dando inicio a la entrevista, es enfocado el presunto interdicto, quien aparece acostado en una cama, con los ojos cerrados, la boca abierta, evidentemente dormido, indicando la solicitante que su esposo duerme todo el día, y que sólo a veces abre los ojos. Seguidamente, se pide a la solicitant

Fallo

SE DECLARA: I.- Que ha lugar a lo solicitado en folio 1; en consecuencia, se declara la interdicción definitiva por causa de demencia de don don Gastón Alberto Rojas Zamorano, cédula nacional de identidad N° 7.550.765-8, ya individualizado en autos. ऀII. Que se nombra como curadora general, legítima y definitiva a su cónyuge, doña María Teresa Soria Herrera, cédula nacional de identidad N° 6.144.106-9, ya individualizada, a quien se releva de las obligaciones de rendir caución y de reducir a escritura pública la presente sentencia, sirviendo de suficiente título de discernimiento una copia autorizada de la resolución que disponga su nombramiento para ejercer el cargo, debiendo confeccionar oportunamente inventario solemne de los bienes pupilares. ऀIII. Notifíquese a la persona nombrada, para que previa aceptación del cargo y juramento de rigor, proceda a su cometido. IV. Comuníquese lo resuelto al Servicio Electoral, debiendo además inscribirse en el Registro de Interdicciones del Conservador de Bienes Raíces de esta ciudad y notificarse al público mediante tres avisos en un periódico de circulación nacional, publicación que deberá limitarse a señalar que don Gastón Alberto Rojas Zamorano, cédula nacional de identidad N° 7.550.765-8, domiciliado en el Hogar Alto La Florida, ubicado en calle Santa Lucia N° 10864, comuna de La Florida, no tiene la libre administración de sus bienes. Regístrese, notifíquese y archívese. ऀRol: V-330-2023 DICTADA POR DON SANTIAGO PABLO QUEVEDO R

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NOMENCLATURA??: 1. [40]Sentencia?? JUZGADO ???: 8º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL???: V-330-2023 CARATULADO??: SORIA/ Santiago, veinticuatro de Enero de dos mil veinticuatro VISTOS: PRIMERO. Que en presentación de folio 1, de fecha 7 de diciembre de 2023, compareció doña María Teresa Soria Herrera, casada, chilena, dueña de casa, cédula nacional de identidad N° 6.144.106-9, domiciliada en El

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