2º Juzgado Civil de Temuco

NÚÑEZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TEMUCO

Rol

C-3259-2023

Fecha

23 de enero de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 4 de julio de 2023 comparece don Javier Alejandro Galarce Carrasco, abogado, RUT 17.142.528-k, con domicilio en Av. Los Fundadores 180, de la comuna de Temuco, y en representación de doña Janery Benedicta Núñez Martínez, chilena, casada y separada de bienes, nutricionista y profesora de biología, RUT 19.635.337-2, con domicilio en calle Trizano N° 245 de la comuna de Temuco, quien viene en interponer demanda de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Temuco, persona jurídica de Derecho público, RUT 69.190.700-7, representada legalmente por don Roberto Neira Aburto, chileno, RUT 13.517.002-K, en su calidad de alcalde, ambos domiciliados para estos efectos en calle Arturo Prat N° 650 de la comuna de Temuco, a fin de que en definitiva se declare la prescripción de la obligaciones que más adelante se indicarán, por los argumentos de hecho y de derecho que en su libelo expone. Con fecha 14 de julio de 2023 consta notificación de conformidad al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil de la demanda al demandado. Con fecha 10 de octubre de 2023 se lleva a cabo audiencia de conciliación, la que se tiene por frustrada atendido a la incomparecencia del demandado. Con fecha 16 de octubre de 2023 se recibe la causa a prueba, resolución que se notifica al demandado el 7 de noviembre de 2023 y al demandante el 29 de noviembre de 2023. Con fecha 5 de enero de 2024 se cita a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 4 de julio de 2023 don Javier Alejandro Galarce Carrasco, abogado, RUT 17.142.528-k, con Código: VQBTXLCJQSK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3259-2023 Foja: 1 domicilio en Av. Los Fundadores 180, de la comuna de Temuco, en representación de doña Janery Benedicta Núñez Martínez, chilena, casada y separada de bienes, nutricionista y profesora de biología, RUT 19.635.337-2, con domicilio en calle Trizano N° 245 de la comuna de Temuco, dedujo demanda de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Temuco, persona jurídica de Derecho público, RUT 69.190.700-7, representada legalmente por don Roberto Neira Aburto, chileno, RUT 13.517.002-K, en su calidad de alcalde, ambos domiciliados para estos efectos en calle Arturo Prat N° 650 de la comuna de Temuco, a fin de que en definitiva se declare la prescripción de la obligaciones que más adelante se indicarán, por los argumentos de hecho y de derecho que a continuación se reproducen: LOS HECHOS: Mi representada es dueña del vehículo inscripción FJWX-99 tipo station wagon marca Chevrolet modelo Traverse II LT AWD 3,6 año 2013, color azul oscuro metálico número de chasis 1GNKV8ED7CJ314965, según da cuenta certificado de inscripción y anotaciones vigentes en el Registro de Vehículos Motorizados acompañado a un otrosí de presentación. Dicho vehículo, de acuerdo a lo informado por el Departamento de Tránsito de la Municipalidad demandada, registra deuda pendiente por concepto de permiso de circulación, desde marzo de 2013 hasta marzo 2023. Cabe hacer presente que de acuerdo con la normativa que a continuación se expone, los periodos adeudados respecto de los años 2017, 2018, 2019 y 2020, por concepto de permiso de circulación a la referida municipalidad, se encuentran prescritos desde el mes de marzo de 2023 para los años 2017, 2018 y 2019 y desde junio de 2023, para el año 2020, periodo en el cual debe ser pagado el referido derecho municipal. Los montos adeudados y reajustados a la fecha ascienden a la fecha a la suma de: Año 2017: $1.086.346, vencimiento 31 de marzo de 2017. Año 2018: $904.089 vencimiento 31 de marzo de 2018. Año 2019: $660.142 vencimiento 31 de marzo de 2019. Año 2020: $479.594 vencimiento 30 de junio de 2020. Haciendo un total de $3.130.171, cuyo monto desde ya solicito se declare su prescripción como deuda. DEL DERECHO Y EN PARTICULAR DE LA PRESCRIPCIÓN COMO MEDIO DE EXTINGUIR LAS ACCIONES JUDICIALES. Que, de acuerdo a la normativa civil, en particular respecto de acciones que prescriben en corto tiempo, el artículo 2521 inciso primero del Código Civil señala que “Prescriben en tres años las Código: VQBTXLCJQSK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3259-2023 Foja: 1 acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos”, como es del caso de derech

Fallo

Por tanto, en virtud de lo expuesto y lo dispuesto en artículos 2493, 2514, 2518 y 2521 del Código Civil, artículos 12 y 15 del Código: VQBTXLCJQSK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3259-2023 Foja: 1 Decreto 2385 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 3.063 de 1979 sobre Rentas Municipales, artículos 2 N° 32 y 42 del DFL 1 que fija texto refundido coordinado y sistematizado de la ley del Tránsito, y artículos 254 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, solicito tener por interpuesta demanda de prescripción extintiva en juicio ordinario, en contra de la Ilustre Municipalidad de Temuco, representada por don Roberto Neira Aburto, ambos ya individualizados, acogerla a tramitación y en definitiva declarar que las obligaciones por concepto de pago de permiso de circulación, comprendidas entre el año 2017, 2018, 2019 y 2020, las que en total ascienden a la suma de $3.130.171, o la suma que se estime pertinente, se encuentran prescritas. SEGUNDO: Que, el demandado no contestó la demanda oportunamente , por lo que se procedió a citar a audiencia de conciliación, la que se celebró con fecha 10 de octubre de 2023, teniéndose por frustrada atendido a la incomparecencia del demandado. TERCERO: Que con fecha 16 de octubre de 2023 se recibió la causa a prueba, resolución que se notifica al demandado el 7 de noviembre de 2023 y al demandante el 29 de noviembre de 2023, rindiéndose

Texto Completo (Preview)

C-3259-2023 Foja: 1 FOJA: 37 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-3259-2023 CARATULADO : N EZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DEÚÑ TEMUCO Temuco, veintitr s de Enero de dos mil veinticuatroé VISTOS: Con fecha 4 de julio de 2023 comparece don Javier Alejandro Galarce Carrasco, abogado, RUT 17.142.528-k, con domicilio en Av. Los Fundadores 180, de la comuna

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