16º Juzgado Civil de Santiago

MILLAQUÉN/ILUST. MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO

Rol

C-17729-2023

Fecha

23 de enero de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que, con fecha 18 de octubre de dos mil veintitr s, comparece doné Luis Hern n Millaquen Quezada, comerciante, domiciliado en calleá Santiago Concha N 2288, comuna de Santiago, quien deduce acci n de° ó declaraci n de prescripci n en contra la Ilustre Municipalidad de Santiago,ó ó representada legalmente por do a Irac Luiza Hassler Jacob, ambasñ í domiciliadas en Plaza de Armas sin n mero, palacio Consistorial, comunaú de Santiago. Que, con fecha 26 de diciembre de dos mil veintitr s, comparece laé Municipalidad demandada, quien contesta la acci n allan ndose.ó á Que, con fecha 4 de enero de dos mil veinticuatro, no existiendo hechos substanciales, pertinentes y controvertidos, en virtud de lo fijado en el art culo 313 del C digo de Procedimiento Civil, se omite la citaci n aí ó ó audiencia de conciliaci n, as como la recepci n de la causa a prueba,ó í ó cit ndose a las partes a o r sentencia.á í

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, comparece don Luis Hern n Millaquen Quezadaá quien deduce acci n de declaraci n de prescripci n en contra la Ilustreó ó ó Municipalidad de Santiago, todos ya individualizados. Menciona que desde el 1 de enero de mil novecientos noventa y tres inici actividades comerciales como persona natural ante el Servicio deó Código: TJVVXLCFCNK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Impuestos Internos, sin que haya realizado pago alguno de la patente comercial por desconocimiento de esa carga tributaria. Es a contar del a o dos mil veinte en donde comienza a darñ cumplimiento a esa carga, conociendo en ese momento la circunstancia de encontrarse pendiente de pago las cuotas comprendidas entre el primer semestre del a o mil novecientos noventa y tres hasta el dos mil diecinueve,ñ por un total de $36.502.256 pesos. Cabe decir que este monto jam s fue perseguido por la Municipalidadá demandada, encontr ndose en la actualidad prescritas las accionesá tendientes al cobro. Previas citas legales, solicita tener por deducida acci n de declaraci nó ó de prescripci n en contra la Ilustre Municipalidad de Santiago, yaó individualizada, y en definitiva, declarar la prescripci n de las obligacionesó por concepto de patente municipal por los periodos comprendidos entre el primer semestre del a o mil novecientos noventa y tres hasta el primerñ semestre del a o dos mil diecinueve, ambas inclusive,ñ Segundo: Que, la demandada contesta la acci n, allan ndose.ó á Tercero: Que, a fin de acreditar sus dichos, la actora acompa a lañ siguiente instrumental.  Certificado de deuda emitido por la Ilustre Municipalidad de Santiago, con fecha 28 de septiembre de dos mil veintitr s.é  Certificados de pago de patente municipal correspondientes al segundo semestre del a o dos mil diecinueve hasta el segundoñ semestre del a o dos mil veintitr s.ñ é  Certificado de inicio de actividades emitido por el Servicio de Impuestos Internos. Cuarto: Que, la demandada no acompa a diligencia probatoriañ alguna. Código: TJVVXLCFCNK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Quinto: Que, la prescripci n extintiva es un modo de extinguir lasó obligaciones y derechos ajenos, por no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante un cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem sá requisitos legales. Sexto: Que, la prescripci n se inserta en un sistema jur dicoó í proteccional que tiene como objetivo principal el otorgar certeza y seguridad a las relaciones jur dicas que ligan a los sujetos de derecho y laí debida tutela o protecci n de los mismos, instando en definitiva a que losó part cipes de dichas relaciones no se hallen vinculadas en forma indefinida,í provocando con ello incertidumbre y falta de consolidaci n de las diversasó situaciones jur dicas. í Si bien el ordenamiento, por una parte otorga la protecci

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 1698,í 2514, 2518 y 2521 del C digo Civil, 160, 170 y 703 del C digo deó ó Procedimiento Civil, y Decreto Ley N 3036, se declara que; ° I. Se ACOGE la demanda deducida a lo principal de presentaci n de fecha 18 de octubre de dos mil veintitr s, enó é Código: TJVVXLCFCNK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 cuanto se declaran prescritas las acciones tendientes a obtener el cobro de la deuda por concepto de patente municipal que mantiene don Luis Hern n Millaquen Quezada con laá municipalidad demandada, relativa al cobro de las cuotas correspondientes a al primer semestre del a o mil novecientosñ noventa y tres hasta el primer semestre del a o dos milñ diecinueve, ambas inclusive II. Se exime a la demandada del pago de las costas. Reg strese, notif quese y arch vense los autos en su oportunidad.í í í Rol N C-17729-2023.° Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintitr s de Enero de dos mil veinticuatro.é Código: TJVVXLCFCNK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-01-23T12:39:18-0300

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-17729-2023 CARATULADO : MILLAQU N/ILUST. MUNICIPALIDAD DEÉ SANTIAGO Santiago, veintitr s de Enero de dos mil veinticuatro.é Vistos: Que, con fecha 18 de octubre de dos mil veintitr s, comparece doné Luis Hern n Millaquen Quezada, comerciante, domiciliado en calleá Santiago Concha N 2

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