MILLAQUÉN/ILUST. MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO
Rol
C-17729-2023
Fecha
23 de enero de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que, con fecha 18 de octubre de dos mil veintitr s, comparece doné Luis Hern n Millaquen Quezada, comerciante, domiciliado en calleá Santiago Concha N 2288, comuna de Santiago, quien deduce acci n de° ó declaraci n de prescripci n en contra la Ilustre Municipalidad de Santiago,ó ó representada legalmente por do a Irac Luiza Hassler Jacob, ambasñ í domiciliadas en Plaza de Armas sin n mero, palacio Consistorial, comunaú de Santiago. Que, con fecha 26 de diciembre de dos mil veintitr s, comparece laé Municipalidad demandada, quien contesta la acci n allan ndose.ó á Que, con fecha 4 de enero de dos mil veinticuatro, no existiendo hechos substanciales, pertinentes y controvertidos, en virtud de lo fijado en el art culo 313 del C digo de Procedimiento Civil, se omite la citaci n aí ó ó audiencia de conciliaci n, as como la recepci n de la causa a prueba,ó í ó cit ndose a las partes a o r sentencia.á í
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, comparece don Luis Hern n Millaquen Quezadaá quien deduce acci n de declaraci n de prescripci n en contra la Ilustreó ó ó Municipalidad de Santiago, todos ya individualizados. Menciona que desde el 1 de enero de mil novecientos noventa y tres inici actividades comerciales como persona natural ante el Servicio deó Código: TJVVXLCFCNK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Impuestos Internos, sin que haya realizado pago alguno de la patente comercial por desconocimiento de esa carga tributaria. Es a contar del a o dos mil veinte en donde comienza a darñ cumplimiento a esa carga, conociendo en ese momento la circunstancia de encontrarse pendiente de pago las cuotas comprendidas entre el primer semestre del a o mil novecientos noventa y tres hasta el dos mil diecinueve,ñ por un total de $36.502.256 pesos. Cabe decir que este monto jam s fue perseguido por la Municipalidadá demandada, encontr ndose en la actualidad prescritas las accionesá tendientes al cobro. Previas citas legales, solicita tener por deducida acci n de declaraci nó ó de prescripci n en contra la Ilustre Municipalidad de Santiago, yaó individualizada, y en definitiva, declarar la prescripci n de las obligacionesó por concepto de patente municipal por los periodos comprendidos entre el primer semestre del a o mil novecientos noventa y tres hasta el primerñ semestre del a o dos mil diecinueve, ambas inclusive,ñ Segundo: Que, la demandada contesta la acci n, allan ndose.ó á Tercero: Que, a fin de acreditar sus dichos, la actora acompa a lañ siguiente instrumental. Certificado de deuda emitido por la Ilustre Municipalidad de Santiago, con fecha 28 de septiembre de dos mil veintitr s.é Certificados de pago de patente municipal correspondientes al segundo semestre del a o dos mil diecinueve hasta el segundoñ semestre del a o dos mil veintitr s.ñ é Certificado de inicio de actividades emitido por el Servicio de Impuestos Internos. Cuarto: Que, la demandada no acompa a diligencia probatoriañ alguna. Código: TJVVXLCFCNK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Quinto: Que, la prescripci n extintiva es un modo de extinguir lasó obligaciones y derechos ajenos, por no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante un cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem sá requisitos legales. Sexto: Que, la prescripci n se inserta en un sistema jur dicoó í proteccional que tiene como objetivo principal el otorgar certeza y seguridad a las relaciones jur dicas que ligan a los sujetos de derecho y laí debida tutela o protecci n de los mismos, instando en definitiva a que losó part cipes de dichas relaciones no se hallen vinculadas en forma indefinida,í provocando con ello incertidumbre y falta de consolidaci n de las diversasó situaciones jur dicas. í Si bien el ordenamiento, por una parte otorga la protecci
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 1698,í 2514, 2518 y 2521 del C digo Civil, 160, 170 y 703 del C digo deó ó Procedimiento Civil, y Decreto Ley N 3036, se declara que; ° I. Se ACOGE la demanda deducida a lo principal de presentaci n de fecha 18 de octubre de dos mil veintitr s, enó é Código: TJVVXLCFCNK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 cuanto se declaran prescritas las acciones tendientes a obtener el cobro de la deuda por concepto de patente municipal que mantiene don Luis Hern n Millaquen Quezada con laá municipalidad demandada, relativa al cobro de las cuotas correspondientes a al primer semestre del a o mil novecientosñ noventa y tres hasta el primer semestre del a o dos milñ diecinueve, ambas inclusive II. Se exime a la demandada del pago de las costas. Reg strese, notif quese y arch vense los autos en su oportunidad.í í í Rol N C-17729-2023.° Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintitr s de Enero de dos mil veinticuatro.é Código: TJVVXLCFCNK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-01-23T12:39:18-0300
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-17729-2023 CARATULADO : MILLAQU N/ILUST. MUNICIPALIDAD DEÉ SANTIAGO Santiago, veintitr s de Enero de dos mil veinticuatro.é Vistos: Que, con fecha 18 de octubre de dos mil veintitr s, comparece doné Luis Hern n Millaquen Quezada, comerciante, domiciliado en calleá Santiago Concha N 2
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