3º Juzgado de Letras de Iquique

COMPAÑIA MINERA TECK QUEBRADA BLANCA S.A./

Rol

V-77-2023

Fecha

23 de enero de 2024

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: A folio 1, comparece doña Rosa Ester Araneda Orrego, Ingeniero Geomensor, en representación de la Compañía Minera Teck Quebrada Blanca S.A., del giro de su denominación, con domicilio en Esmeralda N° 340, piso 9 de esta ciudad, presentando solicitud de pedimento minero, denominado “CARO”, cuya superficie abarca 200 hectáreas, pidiendo en definitiva se otorgue en favor de su representada dicha concesión de exploración. SEGUNDO: Dicho pedimento se inscribió a fojas 200, Nº 113, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Iquique, correspondiente al año 2023, y fue publicado el 5 de junio de 2023, en el Boletín Oficial de Minería. TERCERO: A folio 9 consta el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería consignando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes, y que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superior de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. CUARTO: Las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración “CARO”, son: VERTICE NORTE (m.) ESTE (m.) P.M.: 7.701.500,00 376.200,00 V1: 7.702.000,00 375.200,00 V2: 7.702.000,00 377.200,00 V3: 7.701.000,00 377.200,00 V4: 7.701.000,00 375.200,00 Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 34 y siguientes, 55, 56, 57, 58, 86, 87, 88, 89, y 90 del Código de Minería, 42, 43 y 44 de su reglamento,

Fallo

se declara que: I. SE APRUEBA el plano y SE DECLARA CONSTITUIDA la concesión minera de exploración denominada “CARO”, de 200 hectáreas de superficie, a favor de la Compañía Minera Teck Quebrada Blanca S.A. Código: VRTPXLXFMHK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II. Publíquese el extracto a que se refiere el artículo 90 del Código de Minería. III. Inscríbase esta sentencia, y archívese una copia del plano aprobado en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Alto Hospicio. Entréguese por el interesado el original del plano aprobado al Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol V-77-2023. Dictada por DAVID ORLANDO SEPÚLVEDA CID, Juez Suplente del Tercer Juzgado de Letras de Iquique. Se deja constancia del cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Iquique, a veintitrés de enero de dos mil veinticuatro. Código: VRTPXLXFMHK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-01-23T12:47:38-0300

Texto Completo (Preview)

Iquique, a veintitrés de enero de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: A folio 1, comparece doña Rosa Ester Araneda Orrego, Ingeniero Geomensor, en representación de la Compañía Minera Teck Quebrada Blanca S.A., del giro de su denominación, con domicilio en Esmeralda N° 340, piso 9 de esta ciudad, presentando solicitud de pedimento minero, denominado “CARO”, cuya superficie abarca

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica