ADAMS/INMOBILIARIA MACUL S.A.
Rol
C-17454-2018
Fecha
22 de enero de 2024
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece don MARTIN DAVID ADAMS, profesor, domiciliado en Avenida Quilín Sur N° 10.691, Condominio Piedemonte, casa 52, comuna de Peñalolén, quien deduce demanda en juicio ordinario de indemnización de perjuicios por lo dispuesto en los artículos 16, 18 y 19 de la Ley General de Urbanismo y Construcción, en contra de INMOBILIARIA MACUL S.A., sociedad anónima del giro de su denominación, representada por don Juan de Dios Vial Echeverría, factor de comercio, todos domiciliados en Avenida Departamental N° 8.250, comuna de Peñalolén. Funda su acción en que por escritura pública otorgada con fecha 28 de marzo de 2013 ante el Notario de Santiago don Raúl Undurraga Laso adquirió por compra efectuada a Inmobiliaria Macul S.A. la propiedad ubicada en casa N° 52 de la Etapa Uno, del lote Trece, ubicado en Avenida Quilín Sur N° 10.691-52, del Condominio Piedemonte, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, vivienda que sirve de domicilio, residencia y morada tanto al compareciente como a su familia compuesta por su cónyuge e hijos menores. Refiere que junto con ello compró también derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno que corresponde al Lote trece del piano respectivo, cuyos deslindes son los siguientes: NORTE, con Avenida Quilín Sur; SUR, con Avenida Departamental; ORIENTE, con Lote catorce y PONIENTE, con Lote once y Lote doce. Código: HRVLXLFCQCK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Señala que el precio de dicha compraventa fue la suma equivalente a 9.528 Unidades de Fomento, lo que representa a la fecha $257.977.365.-, pagados al contado. Agrega que el dominio respecto de dicho inmueble se encuentra inscrito a su nombre a fojas 29.195 número 44.387 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2013. Manifiesta que la motivación
Fundamentos
considerando que no se incluían dentro del equipamiento de la casa, procedieron por cuenta propia a realizar una serie de mejoras, principalmente en el jardín posterior, tales como la construcción de áreas verdes, riego, terrazas, etc., todo con el propósito de mejorar las condiciones de confort para su familia, pero sin que ello implicara afectar elementos constructivos de la propiedad. Añade que lamentablemente la ilusión de vivir en las condiciones ofrecidas y la elevada inversión para adquirir la vivienda y mejorarla en aspectos relevantes para su uso, al poco tiempo se fue desvaneciendo y se transformó en una verdadera pesadilla producto de una serie de defectos constructivos que presentaba la casa y que principalmente se tradujeron en gravísimos problemas de humedad Código: HRVLXLFCQCK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 que generaban no solo daños en muros exteriores e interiores, sino que afectaba también gravemente la calidad de vida del compareciente y de su familia. En efecto, a partir de aproximadamente el mes de diciembre de 2014, se empezaron a evidenciar graves problemas de humedad producto de lo que inicialmente entendieron que eran filtraciones o fugas de agua provenientes del exterior y que afectaban los muros interiores de la vivienda, en términos que hacía inviable su ocupación normal, debiendo en algunos casos ya extremos vernos en la obligación de trasladar a sus hijos de habitación para evitar que la humedad que invadía la casa les causara daños a su salud. Indica que la situación anterior y los efectos visibles de ello se hicieron cada vez más recurrentes y provocaron daños visibles en estucos y pintura interior y exterior de la vivienda y fisuras en los muros, todo lo cual motivó sucesivos y reiterados reclamos de su parte hacia la demandada, quien una y otra vez se limitaba a repintar las zonas afectadas, sin dar una explicación ni mucho menos una solución al problema que originaba estos daños, limitándose de un modo casi automático a señalar que correspondía a “una mantención que debe realizar el propietario a los muros, porque debe considerar que las superficies deben pintarse periódicamente, ya que por efectos del tiempo, el sol y especialmente de la humedad, las pinturas envejecen, pierden colorido y brillo e incluso pueden llegar a desprenderse y en el caso de los muros exteriores, se deben proteger de la absorción de la humedad, en especial muros sur.”, sin advertir que la propiedad le fue entregada el 26 de abril de 2013 y los problemas de humedad que la afectaron se iniciaron en ese mismo año y fueron reclamados en diciembre de 2014, lo que descartaba tan burda explicación. Expone que lo anterior se prolongó a lo largo de los últimos cuatro años, sin que jamás la demandada haya asumido de un modo efectivo la responsabilidad en estos hechos y, lo más grave, jamás haya dado solución al problema que posteriormente han establecido a
Fallo
Por tanto, lo que ellos concluyeron es que la humedad que genera daños en los muros, el primer metro desde el piso hacia arriba, estaría relacionado con la absorción de humedad de la parte inferior. Eso es lo único que ellos vieron. Respecto a si ¿esos daños son imputables a la construcción por parte de la empresa? Respondió que lo que pasa es que, en cualquier proyecto de construcción, o en obra. Hay distintas etapas, una etapa es la etapa de diseño, y otra es la etapa de construcción, y otra es la etapa de pruebas, como ellos no tienen los antecedentes completos, no pueden pronunciarse sobre si la responsabilidad seria de la inmobiliaria, de la constructora, o de alguna inspección que estuviese, lo que ellos constataron es que efectivamente en la parte inferior, donde está la fundación, no hay ninguna mmm… no hay ninguna evidencia en el fondo de que exista un sistema de impermeabilización, y el comportamiento frente a las pruebas que se realizaron, fue que efectivamente hay una absorción muy alta en ese punto, y Código: HRVLXLFCQCK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 de acuerdo a la metodología que ellos hicieron, señala que por ese sector estaría absorbiendo humedad, los muros. No así en la parte superior, la que funciona perfectamente, y de hecho las pruebas y resultados que están en su informe demuestran que la absorción es cero. Entonces él no puede determinar responsabilidades, o sea ¿a
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 84 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 26º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-17454-2018 CARATULADO : ADAMS/INMOBILIARIA MACUL S.A. Santiago, veintidós de Enero de dos mil veinticuatro VISTOS: Comparece don MARTIN DAVID ADAMS, profesor, domiciliado en Avenida Quilín Sur N° 10.691, Condominio Piedemonte, casa 52, comuna de Peñalolén, quien deduce demanda en ju
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