2º Juzgado de Letras de Talca

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/GARRIDO

Rol

C-174-2023

Fecha

22 de enero de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Que a folio 1, comparece don Álvaro Enrique Opaso Barrientos, abogado, en representación de BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES, persona jurídica bancaria del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en 3 Oriente Nº1693 (esquina 6 Norte) Talca, interpone demanda ejecutiva en don CRISTIAN ANDRES MORA URBINA, ignora profesión u oficio, con domicilio(s) en Loteo Lomas de Caupolicán sitio 8, Pencahue y/o en 8 Norte N°1551, de la Ciudad de Talca y doña HAILINK TAMARA GARRIDO URRUTIA, ignora profesión u oficio, con domicilio en Loteo Lomas de Caupolicán, Sitio 8, Pencahue, en calidad de avalista y codeudora solidaria de las obligaciones que dan cuenta los referidos pagarés. Indica que su representado es dueño de los siguientes pagarés: -Nº D26499976237 suscrito con fecha 22 de Febrero de 2022, por la suma de $21.490.147.- por concepto de capital, y que la deudora incurrió en mora a contar de la cuota con vencimiento el día 20 de Septiembre de 2022, adeudando a la fecha la cantidad de $20.466.807. -N° D26499976238, suscrito con fecha 22 de Febrero de 2022, por la suma de $12.948.041.-, por concepto de capital y que la deudora incurrió en mora a contar de la cuota con vencimiento el día 20 de Septiembre de 2022, adeudando a la fecha la cantidad de $13.166.054.- Indica que en ambos pagarés se estipuló que en caso de mora o simple retardo en el pago del referido pagaré, daría derecho al banco para exigir de inmediato, como si fuere de plazo vencido, el total de la obligación que estuviere pendiente, la cual comenzaría a devengar, desde el día de la mora o simple retardo, y hasta el de su completo y efectivo pago, el interés máximo que la Ley permita estipular. Señala que la firma de los suscriptores de los pagarés fue autorizada en las obligaciones ya individualizadas en el cuerpo de éste escrito, por Notario público, por lo que dichos pagarés, tienen mérito ejecutivo en su contra y que las obligaciones son Código: XSSPXLMLBCK Este documento tiene f

Fallo

se declara: - Que se RECHAZA la objeción de documento planteada por el ejecutado. - Que se RECHAZAN las excepciones opuestas por el ejecutado en lo principal de su escrito de folio 21 y, en consecuencia, SE ACOGE en todas sus partes la demanda de folio 1, deducida por Álvaro Enrique Opaso Barrientos, abogado, en representación de BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES, en contra de don CRISTIAN ANDRES MORA URBINA, en su calidad de deudor principal y de doña HAILINK TAMARA GARRIDO URRUTIA, en su calidad de aval, ya individualizados, con costas. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Rol C-174-2023. Dictada por don Óscar Fernando Vásquez Marín, Juez Interino del Segundo Juzgado de Letras de Talca, quien suscribe mediante firma electrónica avanzada. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. En Talca, a veintidós de enero de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede. Código: XSSPXLMLBCK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-01-22T16:28:50-0300

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 26 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Talcaº CAUSA ROL : C-174-2023 CARATULADO : BANCO DE CR DITO EÉ INVERSIONES/GARRIDO Talca, veintidós de enero de dos mil veinticuatro. VISTO: Que a folio 1, comparece don Álvaro Enrique Opaso Barrientos, abogado, en representación de BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES, persona jurídica bancaria del giro de su denom

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica