3º Juzgado Civil de Temuco

CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO

Rol

V-40-2008

Fecha

22 de enero de 2024

Materia

EXPROPIACIÓN, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Al folio 15, con fecha 08 de junio de 2023, comparece don Juan Aedo Jara, abogado, en representación de don MARIO DEL CARMEN JARA MORA, gasfíter, domiciliado en el lugar Carén de la comuna de Curarrehue y solicita el giro de cheque, por la suma que corresponde a los fondos consignados con motivo de la expropiación que ha sufrido la propiedad de su representado.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que al folio 21 consta certificación secretarial de fecha 29 de junio de 2023, que da cuenta que ningún otro interesado se haya presentado, dentro del plazo legal, haciendo valer sus derechos o créditos sobre la suma depositada. SEGUNDO: Que al folio 28 se agregó copia de inscripción de dominio del inmueble expropiado, rolante a fojas 704 N°561 del Registro de Propiedad del año 2010 del sr. Conservador de Bienes Raíces de Pucón, en la que consta expresamente en anotación marginal que fue el lote afecto a la expropiación de esta causa en 121 m2 y 442 m2 como señala la solicitud del Fisco en el cuaderno digitalizado del folio 8; agregada igualmente conforme las instrucciones dadas por el Acuerdo del Tribunal Pleno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de fecha 17 de junio de 2014, al folio 32; copia autorizada en la que consta que la propiedad expropiada pertenece al solicitante compareciente. Rol de avalúo N°170−43, según anotación marginal de fecha 06 de mayo de 2010. TERCERO: Que a folio 36 se agregó el título de dominio anterior del inmueble expropiado, correspondiente a la copia especial de herencia rolante a fojas 1031, Nº728 del Registro de Propiedad del año 2007 del sr. Conservador de Bienes Raíces de Pucón, Rol de avalúo Nº170-20 de la comuna de Curarrehue, rol matriz al momento de la expropiación y que posteriormente al ser adjudicado como cuerpo cierto al solicitante de autos, se indica como rol de avalúo Nº 170-43 de la comuna de Curarrehue, por lo que se estará para efectos del pago de las contribuciones vigente este último rol. CUARTO: Que a folio 38 rola certificado avalúo de la propiedad Rol N° 00170–00043 de la comuna de Curarrehue, constando que ésta se encuentra afecta al pago de contribuciones de bienes raíces, agregándose certificado al folio 36 de la Tesorería General de la República de Chile en que se acredita que no registra deuda vencida a la fecha en el sistema de cuenta única tributaria. QUINTO: Que en consecuencia se cumplen todos los requisitos legales que hacen procedente el pago a la peticionaria, ordenándose el giro del cheque, como se dirá. Y visto además lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto Ley N ° 2.186 de 1978 sobre Procedimiento de Expropiaciones y artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

SE RESUELVE: Que HA LUGAR a la solicitud del folio 05, se ordena el PAGO DEL MONTO CONSIGNADO POR EXPROPIACIÓN y en consecuencia EFECTÚESE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA a nombre de don MARIO DEL CARMEN JARA MORA, con cargo a las Boletas Bancarias N°8384925 de Código: ELMZXLXJJXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Rol V-40-2008 fecha 24 de diciembre de 2007, por la suma de $181.261 (ciento ochenta y un mil doscientos sesenta y un pesos) y N°8386053 de fecha 27 de diciembre de 2007, por la suma de $888.502 (ochocientos ochenta y ocho mil quinientos dos pesos) Cúmplase con las instrucciones sobre giro y retiro de cheques de la Excma. Corte Suprema de Justicia de fecha 7 de junio de 2013 y Acta N°87– 2014, del Tribunal Pleno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de fecha 17 de junio de 2014, en especial el Numeral Cuarto de la misma. Anótese, regístrese, notifíquese y dese copia al interesado. Rol V-40-2008. DICTADA POR DOÑA PATRICIA ALEJANDRA RÍOS ROJAS, JUEZ DEL TERCER JUZGADO CIVIL DE TEMUCO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Temuco, veintidós de enero de dos mil veinticuatro. Código: ELMZXLXJJXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-01-22T14:47:43-0300 2024-01-22T14:49:03-0300

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Rol V-40-2008 NOMENCLATURA: 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado Civil de Temuco CAUSA ROL : V-40-2008 CARATULADO : CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO Temuco, veintidós de enero de dos mil veinticuatro. VISTOS: Al folio 15, con fecha 08 de junio de 2023, comparece don Juan Aedo Jara, abogado, en representación de don MARIO DEL CARMEN JARA MORA, gasfíter, domiciliado en el lugar Carén de la comuna de C

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